Norma Legal Oficial del día 29 de agosto del año 2001 (29/08/2001)


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CONSIDERANDO QUE:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 29 de agosto de 2001

Se ha recibido la invitacion del Federal Reserve Bank of Kansas City, para participar en el Vigesimo MORDAZA MORDAZA anual, organizado por esa institucion, denominado Economic Policy for the Information Economy; En el citado MORDAZA seran tratados temas relacionados con la evolucion economica de los paises y sus perspectivas, asi como materias vinculadas a la politica monetaria, cambiaria y fiscal; De conformidad con lo dispuesto por los Decretos Supremos Nºs. 048-2001-PCM y 053-2001-PCM; estando a lo acordado por el Directorio en sesion del 28 de junio pasado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA de la MORDAZA MORDAZA, Gerente General del Banco Central de Reserva del Peru, a la MORDAZA de MORDAZA Hole, Wyoming, del 30 de agosto al 1 de septiembre del 2001, a fin de intervenir en el certamen indicado en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- El gasto que irrogue dicho viaje sera como sigue: Pasajes Viaticos Inscripcion Tarifa unica de uso de aeropuerto TOTAL US$ US$ US$ US$ US$ 1 759,50 880,00 550,00 25,00 ------------3 214,50

Articulo 3º.- La presente Resolucion no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion del pago de derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominacion. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 29964

CONTRALORIA GENERAL
Autorizan a procurador iniciar acciones contra miembros de la Comision Reorganizadora de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA por presunta responsabilidad civil y penal
RESOLUCION DE CONTRALORIA GENERAL Nº 139-2001-CG MORDAZA, 27 de agosto de 2001 Visto, el Informe Especial Nº 035-2001-CG/B360, resultante del Examen Especial practicado en la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA, periodo octubre 1992 noviembre 2000; y, CONSIDERANDO: Que, la Contraloria General de la Republica ha efectuado un Examen Especial a la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA, con la finalidad de verificar selectivamente las operaciones relacionadas a las actividades academicas y administrativas desarrolladas durante el periodo de gestion de los miembros de la Comision Reorganizadora - CORE de dicha universidad, en cumplimiento de la Tercera Disposicion Transitoria de la Ley Nº 27366; Que, en el curso de la precitada accion de control se ha determinado que los miembros de la CORE percibieron mensualmente, por el periodo Nov.92 a Nov.2000, y con caracter fijo, importes de dinero que presupuestariamente eran afectados a la partida de servicios no personales, pagos que se realizaron bajo la forma de honorarios por un total de UN MILLON QUINIENTOS TREINTA Y SEIS MIL SETECIENTOS SESENTA Y 67/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 536 760,67) por ejercer funciones de gobierno, direccion, gestion asi como administracion de la universi-

dad, y que resultaron excesivos por un monto del orden de NOVECIENTOS SETENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y 43/100 NUEVOS SOLES (S/. 976 390,43), respecto de los importes remunerativos fijados para las autoridades de las Universidades Publicas mediante dispositivos legales; Que, adicionalmente a la percepcion anterior, se ha determinado en el precitado Informe Especial que los miembros de la CORE se beneficiaron ilegalmente, durante el periodo 1997 - 1999, con distintas bonificaciones y pagos por conceptos tales como Responsabilidades Directiva y Funcional; Supervision General y Coordinacion relacionadas con actividades propias de la universidad referidas a los diversos procesos de admision, concursos para nombramientos de docentes, organizacion de eventos academicos y ejecucion de convenios; no obstante constituir las mismas funciones inherentes a los cargos para los que fueron designados mediante Resolucion Suprema, pagos que se realizaron por un monto del orden de NOVECIENTOS TREINTA MIL SEISCIENTOS SESENTIUNO Y 21/100 NUEVOS SOLES (S/. 930 661,21). Asimismo, se ha determinado que dicha CORE beneficio ilegalmente a otros funcionarios de la Universidad, mediante el otorgamiento de importes economicos bajo el concepto de Bonificacion por Responsabilidad Directiva y Funcional, ascendentes a DOS MILLONES DOSCIENTOS DIECINUEVE MIL SETECIENTOS SETENTICINCO Y 37/100 NUEVOS SOLES (S/. 2 219 775,37), durante el periodo 1997 - 2000; Que, en efecto dichos pagos fueron otorgados unilateralmente por la Comision Reorganizadora en beneficio de sus miembros y de terceros excediendo atribuciones y sin sustento legal, aprovechando la condicion de MORDAZA organo de gobierno de la universidad que tenia la capacidad decisoria, no obstante corresponderles cautelar el adecuado uso de los recursos publicos, pagos que se realizaron en el periodo enero 1993 - noviembre 2000; ocasionandose perjuicio economico al Estado que resulta imperativo resarcir asi como determinandose indicios razonables de comision del delito de Peculado, previsto y penado en el Articulo 387º del Codigo Penal, por cuanto funcionarios publicos se han apropiado y utilizado, para si mismos y para otros, de caudales cuya administracion le estaban confiados por razon de sus cargos; Que, de acuerdo a lo establecido en el Articulo 19º inciso f) del Decreto Ley Nº 26162 - Ley del Sistema Nacional de Control, en los casos de comprobarse la existencia de dano economico o indicios razonables de comision de delito durante la accion de control, es deber de la Contraloria General de la Republica disponer el inicio de las acciones legales respectivas, siendo en tal sentido necesario autorizar al senor Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que de inicio a las acciones legales correspondientes contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto; y, De conformidad con el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru y los Decretos Leyes Nºs. 17537 y 17667; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al senor Procurador Publico a cargo de atender los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado, inicie las acciones legales por los hechos expuestos, contra las personas comprendidas en el Informe de Vistos, remitiendosele para el efecto los antecedentes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA HIGAONNA DE MORDAZA Contralora General de la Republica 29965

JNE
Convocan a candidatos proclamado y no proclamada para que asuman cargos de MORDAZA y regidora del Concejo Distrital de Pachaconas
RESOLUCION Nº 621-2001-JNE MORDAZA, 27 de agosto de 2001

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