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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2001 (03/12/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 2

Pág. 213324 NORMAS LEGALES Lima, lunes 3 de diciembre de 2001 PODER EJECUTIVO P C M Autorizan viaje de funcionario de PROMPERU a Uruguay y Argentina para participar en evento so- bre turismo RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 621-2001-PCM Lima, 1 de diciembre de 2001 Visto la Carta Nº 756.2001/PP.SE. de la Secretaria Ejecutiva de la Comisión de Promoción del Perú - PROMPERU; CONSIDERANDO: Que, el Instituto de Marketing Turístico - IMT y la Cámara Nacional de Turismo - CANATUR, han organizado el Workshop - Argentina/Uruguay que se llevará a cabo entre el 10 y el 13 de diciembre de 2001 en las ciudades de Montevideo - Uruguay y Buenos Aires - Argentina, respectivamente, con el objeto de promocionar los atractivos turísticos del Perú y motivar la venta de paquetes turísticos en un mercado prioritario, como lo es Argentina y potencial como lo es Uruguay, para de este modo reforzar el posicionamiento y promoción de nuestro país; Que los workshops constituyen uno de los más importantes canales de distribución para la promoción focalizada a los profesionales turísticos del país - mercado, ya que se trata de eventos exclusivamente dirigidos a los agentes de viaje, vendedores o potenciales vendedores de nuestra oferta, por lo que PromPerú prestará apoyo a dicho evento a través de la participación de una representante especializada; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 048-2001-PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 053-2001-PCM y Decreto Supremo Nº 004- 2000-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la señorita María del Pilar Lazarte Conroy, Subgerente de Turismo de la Comisión de Promoción del Perú - PROMPERU, a las ciudades de Montevideo, Uruguay y Buenos Aires, Argentina; del 9 al 14 de diciembre del 2001, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema, serán con cargo del Presupuesto de la Unidad Ejecutora 002, Comisión de Promoción del Perú - PROMPERU, del Pliego 001 Presidencia del Consejo de Ministros, de acuerdo al desagregado siguiente: Viáticos :US$1000.00 Pasajes Aéreos :US$199.04 Tarifa Corpac :US$25.00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la funcionaria designada deberá presentar a la Institución un informe detallado, describiendo las acciones realizadas durante el viaje autorizado, conjuntamente con la entrega de la rendición de cuentas correspondiente a los viáticos entregados. Artículo 4º.- El cumplimiento de la presente Resolución, no otorgará derechos a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ROBERTO DAÑINO ZAPATA Presidente del Consejo de Ministros 35577Autorizan viaje de funcionario del INEI a Colombia para participar en el evento "Ronda del Censo 2000" RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 622-2001-PCM Lima, 1 de diciembre de 2001 Visto el Oficio Nº 741-2001-INEI/OTPP-OECT de fecha 22 de noviembre del 2001 del Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI); CONSIDERANDO: Que, los países de la región están en pleno proceso de realización de los Censos de Población y Vivienda, correspondiente a la década del 2000, algunos de ellos ya han levantado sus censos, e incluso tienen resultados preliminares, otros están preparando la operación para el 2001 y una gran parte lo levantarán con posterioridad; Que el crecimiento de la demanda por información principalmente desagregada a niveles locales y la incorporación de nuevas tecnologías de procesamiento, recolección y análisis, el intercambio de experiencias entre los países se torna especialmente útil; Que, entre los compromisos asumidos por los países miembros de la Conferencia Estadística de las Américas (CEA) y del Comité Andino de Estadística figura el intercambio de información de las experiencias de los países que han concluido sus proyectos censales así como la utilización de mecanismos para que los países puedan participar como observadores en los procesos experimentales; Que, en este contexto, el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE) de Colombia, ha organizado un encuentro "Ronda del Censo 2000" que se realizará en la ciudad de Villa de Leyva - Bogotá, Colombia, del 13 al 15 de diciembre del 2001; Que el mencionado evento tiene como finalidad intercambiar y adquirir conocimientos y experiencias de nuevas metodologías para la realización de los censos de población y vivienda, así como conocer la experiencia de cada país en torno al Censo de la Ronda 2000; Que por la importancia e interés de este evento, se ha visto por conveniente la participación del Director Nacional de Censos y Encuestas del Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI); Que, en consecuencia, es necesario autorizar dicho viaje cuyos gastos serán asumidos bajo la modalidad de gastos compartidos, mientras que el DANE asumirá los gastos por concepto de viáticos y transporte interno, el INEI asumirá los gastos por concepto de pasajes aéreos y Tarifa CORPAC; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 909, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2001, y el Decreto Supremo Nº 048- 2001-PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 053-2001- PCM y Decreto Supremo Nº 004-2000-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del ingeniero Augusto Villón Torres, Director Nacional de Censos y Encuestas del Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) a la ciudad de Villa de Leyva - Bogotá, Colombia, del 12 al 15 de diciembre del 2001, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema, serán cubiertos con Recursos Ordinarios del Pliego 02 Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), de acuerdo al desagregado siguiente: Pasajes Aéreos :US$423.62 Tarifa CORPAC :US$25.00 Artículo 3º.- El cumplimiento de la presente Resolución no otorgará derechos a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ROBERTO DAÑINO ZAPATA Presidente del Consejo de Ministros 35578