Norma Legal Oficial del día 03 de diciembre del año 2001 (03/12/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 3 de diciembre de 2001

En uso de las atribuciones que le confiere la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702, y en uso de la facultad delegada mediante la Resolucion SBS Nº 807-99; RESUELVE: Articulo 1º.- Prorrogar por seis (6) meses el plazo a que se refiere el Articulo 215º de la Ley General, para que la Corporacion Financiera de Desarrollo -COFIDE- proceda a la enajenacion de los bienes senalados en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- La Corporacion Financiera de Desarrollo -COFIDE- debera constituir las provisiones correspondientes, conforme al procedimiento establecido en la Circular Nº B-2075-2000. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA HEYSEN MORDAZA Superintendente Adjunta de Banca ANEXO A LA RESOLUCION SBS Nº 891-2001 Relacion de bienes recibidos en dacion de pago de obligaciones de deudores, sobre los cuales se autoriza a la Corporacion Financiera de Desarrollo S.A. - COFIDE la prorroga del plazo para su enajenacion (venta), conforme a lo dispuesto en el Articulo 215º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702 y la Circular SBS Nº B-2075-2000.
FECHA DE DESCRIPCION/UBICACION VALOR DE PRORROGA ADJUDICACION ADJUDICACION DE (S/.) TENENCIA 2000.10.12 REAL 4, CENTRO EMPRESARIAL MORDAZA REAL, Av. MORDAZA MORDAZA Belaunde Nº 147-151-155, San MORDAZA, MORDAZA Centro Empresarial MORDAZA Real 11 222 743,55 2002.4.02

con una anticipacion de, por lo menos, quince (15) dias MORDAZA de su vencimiento, caso contrario la solicitud sera rechazada; Que, la indicada Circular establece la metodologia a seguir en el calculo de las provisiones a constituir por los bienes muebles e inmuebles en referencia; asimismo, establece que la valuacion de los inmuebles se realicen por peritos inscritos en el Registro de Peritos Valuadores (REPEV) a cargo de esta Superintendencia, bajo los criterios establecidos en el numeral 3 del capitulo IV de la Resolucion SBS Nº 572-97 y sus mormas modificatorias y complementarias; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluacion del Sistema Financiero "A" mediante Informe Nº DESF "A"-118-2001 y con la opinion favorable de la Superintendencia Adjunta de Asesoria Juridica; En uso de las atribuciones que le confiere la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702, y en uso de la facultad delegada mediante la Resolucion SBS Nº 807-99; RESUELVE: Articulo 1º.- Prorrogar por seis (6) meses el plazo a que se refiere el Articulo 215º de la Ley General, para que MORDAZA Leasing S.A. proceda a la enajenacion de los bienes senalados en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- MORDAZA Leasing S.A. debera constituir las provisiones correspondientes, conforme al procedimiento establecido en la Circular Nº B-2075-2000. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA HEYSEN MORDAZA Superintendente Adjunta de Banca ANEXO
Fecha de Adjud. MORDAZA Descripcion / Ubicacion Provision al Valor Neto 2001.9.30 * en Libros * * 21,506.00 12,831.00 8,554.00 62,928.50 105,864.00 41,952.50 70,576.00 Valor de Adjud.

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Prorrogan plazo otorgado a MORDAZA Leasing S.A. para que proceda a enajenar bienes muebles adjudicados en pago de deudas
RESOLUCION SBS Nº 896-2001 MORDAZA, 22 de noviembre del 2001 LA SUPERINTENDENTE ADJUNTA DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por MORDAZA Leasing S.A., para que se le otorgue prorroga del plazo para la enajenacion de bienes recibidos en dacion de pago de acreencias conforme a lo previsto por el Articulo 215º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, en adelante Ley General; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 215º de la Ley General establece que cuando, como consecuencia del pago de una deuda contraida previamente y de buena fe, se reciba o adjudique en pago total o parcial, bienes muebles e inmuebles, la empresa de que se trate debe enajenarlos en el plazo de un (1) ano, el mismo que podra ser prorrogado por esta Superintendencia por una sola vez y por un MORDAZA de seis (6) meses; Que, en el referido articulo se precisa que vencido dicho plazo, sin que se MORDAZA efectuado la venta o el arrendamiento financiero del bien, la empresa debera constituir una provision hasta por un monto equivalente al costo en libros de los bienes no vendidos; Que, la Circular Nº B-2075-2000 establece que las solicitudes para la prorroga del plazo establecido en el Articulo 215º de la Ley General, deberan ser presentadas

2000.12.27 Mueble Motor Industrial Perkins, Serie X 12880 2000.12.23 Mueble Camion XQ-1789, MORDAZA 105,881.00 MORDAZA Benz 2000.12.5 Mueble Cargador Retrorexcavador, 177,440.00 MORDAZA Fiatallis Modelo FT 900T, serie T 90932 2001.1.31 Mueble Motoniveladora MORDAZA 192,156.92 Caterpillar serie 74V-633, modelo 130G Saldos expresados en nuevos soles. Fuente: Anexo Nº 4-A al 30.9.01

106,030.11

84,823.89

35496

Autorizan al Banco Sudamericano la apertura de oficinas especiales en la provincia de MORDAZA
RESOLUCION SBS Nº 899-2001 MORDAZA, 22 de noviembre de 2001 LA SUPERINTENDENTE ADJUNTA DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por el Banco Sudamericano, para que se le autorice la apertura de dos (2) Oficinas Especiales con caracter Temporal, ubicadas en la provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que la citada empresa ha cumplido con presentar la documentacion pertinente que justifica la apertura solicitada; Estando a lo informado por el Intendente del Departamento de Evaluacion del Sistema Financiero "C" mediante Informes Nºs. DESF"C" 162-OT/2001, y DESF"C" 163-OT/2001; y, De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 30º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de

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