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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2001 (03/12/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 17

Pág. 213339 NORMAS LEGALES Lima, lunes 3 de diciembre de 2001 INDECOPI Aprueban Normas Técnicas Peruanas sobre Ges- tión Ambiental, Petróleo y derivados, Código de Barras, Cementos y Gas Licuado de Petróleo RESOLUCIÓN COMISIÓN DE REGLAMENTOS TÉCNICOS Y COMERCIALES Nº 0131-2001/INDECOPI-CRT Lima, 8 de noviembre de 2001 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Artículo 26º del Decreto Ley Nº 25868, Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, modificado por el Decreto Legislativo 807, corresponde a la Comisión de Reglamentos Técnicos y Comerciales, en su calidad de Organismo Nacional de Normalización, aprobar las Normas Técnicas recomendables para todos los sectores; Que, las actividades de Normalización deben realizarse sobre la base del Código de Buena Conducta para la Adopción, Elaboración y Aprobación de Normas que figura como Anexo 3 del Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio de la OMC, que fuera incorporado a la legislación nacional mediante Resolución Legislativa Nº 26407. Dicho Acuerdo viene siendo implementado por la Comisión a través del Sistema Peruano de Normalización, del cual forman parte el Reglamento de Elaboración y Aprobación de Normas Técnicas Peruanas y el Reglamento de Comités Técnicos de Normalización, aprobados mediante Resolución Nº 0072- 2000/INDECOPI-CRT, respectivamente; Que, toda vez que las actividades de elaboración y actualización de Normas Técnicas Peruanas deben realizarse con la participación de representantes de todos los sectores involucrados: producción, consumo y técnico, constituidos en Comités Técnicos de Normalización, la Comisión conformó los siguientes Comités Técnicos de Normalización Permanentes: a) Gestión Ambiental, b) Petróleo y derivados. Combustibles líquidos, y c) Codificación e intercambio electrónico de datos - Edi, de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento de Comités Técnicos de Normalización antes señalado; Que, los Comités Técnicos de Normalización indicados, presentaron Proyectos de Normas Técnicas Peruanas (PNTP) en las fechas siguientes: 1. Gestión Ambiental, 1 PNTP, el 28 de junio del 2001. 2. Petróleo y derivados. Combustibles líquidos, 2 PNTP, el 6 de agosto del 2001. 3. Codificación e intercambio electrónico de datos - EDI, 2 PNTP, el 4 de setiembre del 2001. Estos Proyectos de Normas Técnicas Peruanas fueron elaborados de acuerdo al Reglamento de Elaboración y Aprobación de Normas Técnicas Peruanas. El primer y segundo grupo de Proyectos de Normas Técnicas Peruanas fueron elaborados mediante el Sistema Ordinario, y sometidos a Discusión Pública por un período de sesenta días calendario y el tercer grupo de Proyectos de Normas Técnicas Peruanas fue elaborado mediante el Sistema de Adopción, y sometido a Discusión Pública por un período de treinta días calendario; Que, el primer, el segundo y el tercer grupo de Proyectos de Normas Técnicas Peruanas fueron sometidos a Discusión Pública, a partir del 3 de setiembre, 5 de setiembre y 2 de octubre del año en curso, respectivamente; Que, no habiéndose recibido observaciones a los Proyectos de Normas Técnicas Peruanas y luego de la evaluación correspondiente, la Secretaría Técnica de la Comisión recomendó su aprobación, como Normas Técnicas Peruanas; Estando a lo recomendado por la Secretaría Técnica, de conformidad con el Decreto Ley Nº 25868, el Decreto Legislativo Nº 807 y la Resolución Nº 0072-2000/ INDECOPI-CRT, la Comisión con el acuerdo unánime de sus miembros, reunidos en su sesión de fecha 8 de noviembre del 2001. RESUELVE: Primero.- APROBAR como Normas Técnicas Peruanas, las siguientes:NTP 900.017:2001 GESTIÓN AMBIENTAL. Emisiones atmosféricas. Determinaciones de emisiones de materia particu- lada de fuentes estacionarias. Método de filtración en chimenea. 1ª Edición. NTP 321.001:2001 PETRÓLEO Y DERIVADOS. Kerosene. Especifi- caciones. 2ª Edición. Reemplaza a la NTP 321.001:1986 NTP 321.002:2001 PETRÓLEO Y DERIVADOS. Petróleos industria- les. Especificaciones. 2ª Edición. Reemplaza a la NTP 321.002:1989 NTP-ISO/IEC 15421:2001 CÓDIGO DE BARRAS. Tecnología de la informa- ción. Técnicas para la identificación automática y captura de datos. Especificaciones para prueba de código de barras maestro. 1ª Edición. NTP-ISO/IEC 15426-1:2001 CÓDIGO DE BARRAS. Tecnología de la informa- ción. Técnicas para la identificación automática y captura de datos. Especificaciones de conformi- dad del verificador de código de barras. 1ª Edición. Segundo.- Dejar sin efecto las siguientes Normas Técnicas Peruanas: NTP 321.001:1986 PÉTROLEO Y DERIVADOS. Kerosene NTP 321.002:1989 PÉTROLEO Y DERIVADOS. Petróleo residual Regístrese y publíquese. AUGUSTO RUILOBA ROSSEL Presidente de la Comisión de Reglamentos Técnicos y Comerciales 35463 RESOLUCIÓN COMISIÓN DE REGLAMENTOS TÉCNICOS Y COMERCIALES Nº 0132-2001/INDECOPI-CRT Lima, 8 de noviembre de 2001 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Artículo 26º del Decreto Ley Nº 25868, Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, modificado por el Decreto Legislativo 807, corresponde a la Comisión de Reglamentos Técnicos y Comerciales, en su calidad de Organismo Nacional de Normalización, aprobar las Normas Técnicas recomendables para todos los sectores; Que, las actividades de Normalización deben realizarse sobre la base del Código de Buena Conducta para la Adopción, Elaboración y Aprobación de Normas que figura como Anexo 3 del Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio de la OMC, que fuera incorporado a la legislación nacional mediante Resolución Legislativa Nº 26407. Dicho Acuerdo viene siendo implementado por la Comisión a través del Sistema Peruano de Normalización, del cual forman parte el Reglamento de Elaboración y Aprobación de Normas Técnicas Peruanas y el Reglamento de Comités Técnicos de Normalización, aprobados mediante Resolución Nº 0072- 2000/INDECOPI-CRT, respectivamente; Que, toda vez que las actividades de elaboración y actualización de Normas Técnicas Peruanas deben realizarse con la participación de representantes de todos los sectores involucrados: producción, consumo y técnico, constituidos en Comités Técnicos de Normalización, la Comisión conformó el Comité Técnico de Normalización Permanente de Cementos, cales y yesos, de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento de Comités Técnicos de Normalización antes señalado; Que, el 3 de agosto del 2001, el Comité Técnico señalado presentó a la Secretaría Técnica de la Comisión 6 Proyectos de Normas Técnicas Peruanas, los cuales fueron elaborados de acuerdo al Reglamento de Elaboración y Aprobación de Normas Técnicas Peruanas mediante el Sistema Ordinario, y sometidos a Discusión Pública por un período de sesenta días calendario, contados a partir del 3 y 5 de setiembre del año en curso; Que, no habiéndose recibido observaciones a los Proyectos de Normas Técnicas Peruanas y luego de la evaluación correspondiente, la Secretaría Técnica de la Comisión recomendó la aprobación de los Proyectos de Normas Técnicas Peruanas, como Normas Técnicas Peruanas;