Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2001 (03/12/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 7

Pág. 213329 NORMAS LEGALES Lima, lunes 3 de diciembre de 2001 Autorizan a procuradora iniciar acciones legales a efectos de lograr la desafectación judicial de bien mueble de propiedad de la COOPOP RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 417-2001-PROMUDEH Lima, 29 de noviembre de 2001 Vistos el Oficio Nº 189-2001-PE/COOPOP de fecha 16 de agosto del 2001, de la Presidencia Ejecutiva de la Oficina Nacional de Cooperación Popular - COOPOP; CONSIDERANDO: Que mediante el Informe Nº 163-2001-GAJ/COOPOP de fecha 15 de agosto del 2001, la Gerencia de Asesoría Jurídica de la Oficina Nacional de Cooperación Popular - COOPOP manifiesta que en el proceso seguido por Segundo Alejandro Gil Chávez contra Marcial Uriarte Tumbajulca sobre Obligación de Dar Suma de Dinero, se ha concedido la medida cautelar de secuestro conservativo sobre los bienes del demandado, encontrándose entre ellos una Congeladora Coldex propiedad de COOPOP; Que a través del Oficio Nº 2760-2001-PROMUDEH-PP de fecha 25 de setiembre del 2001, la Procuraduría Pública del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano solicita la expedición de la Resolución Ministerial autorizando su actuación en resguardo de los derechos e intereses de COOPOP, para lo cual remite el original de la Factura Nº 030-0001290 extendida por Tiendas EFE - Sociedad Anónima a favor de la Unidad Operativa COOPOP - Trujillo que acredita debidamente la propiedad del mencionado bien; Que en tal sentido, resulta necesario autorizar a la Procuradora Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano, para que interponga las acciones judiciales que correspondan a efectos de lograr la desafectación judicial de la Congeladora Coldex propiedad de COOPOP en el proceso judicial seguido contra Marcial Uriarte Tumbajulca; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú, Decreto Ley Nº 17537 de Representación y Defensa del Estado en Juicio, modificado por Decreto Ley Nº 17667, Decreto Legislativo Nº 866 y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la Procuradora Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano, para que en representación y defensa de los intereses del Estado, inicie e impulse las acciones judiciales que correspondan a fin de lograr la desafectación judicial de la Congeladora marca Coldex, Código 71014001, CONS CH10, Serie 552278, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución así como los antecedentes del caso a la Procuradora Pública del PROMUDEH, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUZ DORIS SÁNCHEZ PINEDO Ministra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano 35480 Autorizan a procuradora iniciar acciones contra presuntas responsables de la comisión de deli- tos en agravio del Hogar "Virgen de Fátima" de Chejoña - Puno RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 418-2001-PROMUDEH Lima, 29 de noviembre de 2001 Vistos el Informe Nº 14-IE-03-2001-02-0309, de fecha 9 de octubre del 2001, de la Gerencia de Auditoría Interna del Instituto Nacional de Bienestar Familiar - INABIF;CONSIDERANDO: Que de acuerdo a los fundamentos de hecho y derecho del Informe Nº 14-IE-03-2001-02-0309, "Informe Especial sobre irregularidades en el Hogar Virgen de Fátima de Chejoña - Puno/Ene.-Ago.2001", de la Gerencia de Auditoría Interna del Instituto Nacional de Bienestar Familiar - INABIF, Organismo Público Descentralizado del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH, se ha evidenciado indicios razonables de presunta responsabilidad penal por parte de Lourdes Turpo Castillo, Educadora Integral del Hogar "Virgen de Fátima" de Chejoña - Puno, al haber presentado falso grado académico de Bachiller en Trabajo Social para obtener contratación como Educadora Integral, asimismo la señora Carmen Nina Chávez de Gallegos, Directora del Hogar mencionado, habría incurrido en irregularidades por las cuales le alcanzaría responsabilidad penal al haber hecho uso del vehículo de la Institución en beneficio propio y de terceros; Que en consecuencia resulta necesario autorizar a la señora Procuradora Pública encargada de la representación y defensa de los intereses del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH, a fin de que se inicie e impulse las acciones legales correspondientes con el objeto de salvaguardar los intereses de la Institución; De conformidad con lo establecido por el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú, Decreto Ley Nº 17537 Ley de Representación y Defensa Judicial del Estado, modificado por Decreto Ley Nº 17667 y el Decreto Legislativo Nº 866 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la Procuradora Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH para que en representación y defensa de los intereses del Estado, inicie e impulse las acciones legales que correspondan contra las personas señaladas en el Informe Nº 14-IE-03-2001-02-0309, y los que resulten responsables, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución así como los antecedentes del caso a la mencionada Procuradora Pública para los fines consiguientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUZ DORIS SANCHEZ PINEDO Ministra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano 35478 SALUD Aceptan renuncia de asesor del Despacho Ministe- rial RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 459-2001-SA Lima, 1 de diciembre del 2001 Vista la renuncia formulada por el doctor JUAN MANUEL RAMIREZ SOPPRANI; De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 276 y el Decreto Ley Nº 25515; Con la opinión favorable del Viceministro de Salud; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Aceptar, con efectividad al 28 de agosto del 2001, la renuncia formulada por el doctor JUAN MANUEL RAMIREZ SOPPRANI, al cargo de Asesor del Despacho Ministerial de Salud, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República LUIS SOLARI DE LA FUENTE Ministro de Salud 35572