Norma Legal Oficial del día 09 de diciembre del año 2001 (09/12/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

MORDAZA, MORDAZA 9 de diciembre de 2001

NORMAS LEGALES

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Visto, el Expediente Nº 39147-2001 y demas documentos que se adjuntan; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 1495, del 28 de diciembre de 1966, se expidio cedula de montepio a favor de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de Lopez; Que, mediante el expediente del visto, la recurrente solicita se omita su apellido MORDAZA, conforme aparece en su Documento Nacional de Identidad, DNI, apreciandose que su nombre es MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de Lopez; Que, el Articulo 25º del Codigo Civil establece que la prueba referente al nombre resulta de su respectiva inscripcion en los Registros del Estado Civil, y el Articulo 26º del mismo cuerpo legal senala que toda persona tiene derecho a que se le designe por su nombre; Que, asimismo, el Articulo 24º de la invocada MORDAZA legal, senala que la mujer tiene derecho a llevar el apellido del marido, agregado al MORDAZA y a conservarlo mientras no contraiga MORDAZA matrimonio; Estando a lo opinado por la Unidad de Personal mediante el Informe Nº 144-2001-ME/SG-OA-UPER-AAPER; y, De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510 y los Decretos Supremos Nºs. 51-95ED y 002-96-ED; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar la Resolucion Suprema Nº 1495, del 28 de diciembre de 1966, en el sentido que el nombre correcto de la recurrente es MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, quedando subsistentes los demas extremos contenidos en la misma, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Transcribir la presente Resolucion a la Direccion de Educacion de MORDAZA, para su conocimiento y fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA GAMERO Ministro de Educacion 35992 RESOLUCION SUPREMA Nº 370-2001-ED MORDAZA, 8 de diciembre de 2001 Visto, el Expediente Nº 36383-2001 y demas documentos que se adjuntan; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 145, del 3 de marzo de 1971, se expidio cedula de cesantia a favor de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de Maravi; Que, mediante el expediente del visto, la recurrente solicita se omita su apellido MORDAZA, conforme aparece en su Documento Nacional de Identidad, DNI, apreciandose que su nombre es MORDAZA MORDAZA MORDAZA de Maravi; Que, el Articulo 25º del Codigo Civil establece que la prueba referente al nombre resulta de su respectiva inscripcion en los Registros del Estado Civil, y el Articulo 26º del mismo cuerpo legal senala que toda persona tiene derecho a que se le designe por su nombre;

Que, asimismo, el Articulo 24º de la invocada MORDAZA legal, senala que la mujer tiene derecho a llevar el apellido del marido, agregado al MORDAZA y a conservarlo mientras no contraiga MORDAZA matrimonio; Estando a lo opinado por la Unidad de Personal mediante el Informe Nº 139-2001-ME/SG-OA-UPERAAPER; y, De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510 y los Decretos Supremos Nºs. 51-95ED y 002-96-ED; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar la Resolucion Suprema Nº 145, del 3 de marzo de 1971, en el sentido que el nombre correcto de la recurrente es MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, quedando subsistentes los demas extremos contenidos en la misma, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Transcribir la presente Resolucion a la Direccion de Educacion de MORDAZA, para su conocimiento y fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA GAMERO Ministro de Educacion 35993 RESOLUCION SUPREMA Nº 371-2001-ED MORDAZA, 8 de diciembre de 2001 Visto, el Expediente Nº 36382-2001 y demas documentos que se adjuntan; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 1056, del 23 de diciembre de 1970, se expidio cedula de cesantia a favor de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de Navarro; Que, mediante el expediente del visto, la recurrente solicita se omita su apellido MORDAZA, conforme aparece en su Documento Nacional de Identidad, DNI, apreciandose que su nombre es MORDAZA MORDAZA MORDAZA de Navarro; Que, el Articulo 25º del Codigo Civil establece que la prueba referente al nombre resulta de su respectiva inscripcion en los Registros del Estado Civil, y el Articulo 26º del mismo cuerpo legal senala que toda persona tiene derecho a que se le designe por su nombre; Que, asimismo, el Articulo 24º de la invocada MORDAZA legal, senala que la mujer tiene derecho a llevar el apellido del marido, agregado al MORDAZA y a conservarlo mientras no contraiga MORDAZA matrimonio; Estando a lo opinado por la Unidad de Personal mediante el Informe Nº 133-2001-ME/SG-OA-UPER-AAPER; y, De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510 y los Decretos Supremos Nºs. 51-95ED y 002-96-ED; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar la Resolucion Suprema Nº 1056, del 23 de diciembre de 1970, en el sentido que el nombre correcto de la recurrente es MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, quedando subsistentes los demas extremos contenidos en la misma, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion.

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