Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2001 (09/12/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 13

Pág. 213631 NORMAS LEGALES Lima, domingo 9 de diciembre de 2001 relativos a la Policía Nacional del Perú, para que inicie las acciones legales pertinentes contra la Capitán Méd. PNP Iris Josefina ARANIBAR PINTO, a fin de que rein- tegre al Estado el total de los gastos ocasionados por el Residentado Médico que realizó en la Especialidad de Pediatría, desde el 1.MAY.97 hasta el 30.JUN.2000, incluidos los intereses legales generados a la fecha de reversión. Artículo 2º.- Remitir los actuados a dicha Procuradu- ría, para que accione en el área de su competencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO ROSPIGLIOSI C. Ministro del Interior 35264 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1475-2001-IN/PNP Lima, 23 de noviembre del 2001 Visto, el PARTE Nº 08-2000-SERV.CIG.HCPNP de 11.DIC.2000 y demás actuados, instruidos contra el Mayor Méd. PNP Manuel Jesús CACERES NINA, por la comi- sión de graves Faltas Contra la Moral, la Disciplina y el Servicio Policial; CONSIDERANDO: Que, el referido Oficial Superior realizó Residenta- do Médico en la Especialidad de Medicina Interna, des- de el 1.JUN.92 hasta el 31.MAY.95, cuyos gastos fue- ron sufragados por el Estado; consecuentemente que- dó comprometido en continuar prestando sus servicios profesionales en la Institución Policial por el doble del tiempo que duró dicha especialización, conforme con lo prescrito en el Art. 66º del Dec. Leg. Nº 745 - Ley de Situación Policial del Personal de la Policía Nacional del Perú; Que, no obstante ello y antes de cumplirse el período acotado el indicado servidor cometió graves Faltas Contra la Moral, la Disciplina y el Servicio Policial, por haber aban- donado definitivamente su habitual puesto de servicio en el Departamento de Medicina Interna del Hospital Central PNP, desde el 1.DIC.2000, al no haberse reincorporado al término de sus vacaciones, desconociéndose su paradero actual; Que, resulta necesario autorizar al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior relativos a la Policía Nacional del Perú, para que inicie las acciones legales pertinentes contra el mencionado Mayor Médico, por haber incumplido con su compromiso adquiri- do, a efectos de que reintegre al Estado el total de los gas- tos ocasionados por la Especialización que recibió, inclui- dos los intereses legales generados a la fecha de rever- sión; Lo prescrito en el Art. 47º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con lo estipulado por el D.L. Nº 17537 modificado por el D.L. Nº 17667; Lo dictaminado por la Oficina de Asesoría Legal de la Dirección de Personal PNP, en el Dictamen Nº 1093-2001- OAL-DAPO-DIPER-PNP de 30.MAR.2001; Lo propuesto por el General Director de Personal de la Policía Nacional del Perú; y, Lo opinado por el General de Policía Director General de la Policía Nacional del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior relati- vos a la Policía Nacional del Perú, para que inicie las ac- ciones legales pertinentes contra el Mayor Méd. PNP Ma- nuel Jesús CACERES NINA, a fin de que reintegre al Esta- do el total de los gastos ocasionados por el Residentado Médico que realizó en la Especialidad de Medicina Interna,desde el 1.JUN.92 hasta el 31.MAY.95, incluidos los intere- ses legales generados a la fecha de reversión. Artículo 2º.- Remitir los actuados a dicha Procuradu- ría, para que accione en el área de su competencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO ROSPIGLIOSI C. Ministro del Interior 35265 RELACIONES EXTERIORES Aprueban Reglamento Transitorio aplicable al proceso de promoción de los funcionarios del Servicio Diplomá- tico de la República correspondiente al año 2001 DECRETO SUPREMO Nº 095-2001-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo Nº 894, Ley del Servicio Diplomático de la República, establece los criterios ge- nerales aplicables para el proceso de promoción de los funcionarios del Servicio Diplomático de la República; Que, la mencionada Ley del Servicio Diplomático dis- pone que las normas a aplicar en el proceso de promoción serán determinadas por vía reglamentaria; Que, el Decreto Supremo Nº 040-97-RE, del 11 de no- viembre de 1997 aprobó el Reglamento aplicable al proce- so de promoción; Que, con carácter temporal aplicable al proceso de promoción del presente año, es necesario actualizar las disposiciones correspondientes, a fin de adecuarlas a los criterios de evaluación que requieren las actuales ne- cesidades del Servicio Diplomático de la República y a los requerimientos provenientes de la nueva estructura del Ministerio de Relaciones Exteriores, así como facili- tar la transición hacia un nuevo sistema integral de pro- mociones; De conformidad con el numeral 8) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú; DECRETA: Artículo Primero.- Derógase el Decreto Supremo Nº 040-97-RE, del 11 de noviembre de 1997. Artículo Segundo.- Apruébase el Reglamento Transi- torio aplicable al proceso de promoción de los funcionarios del Servicio Diplomático de la República correspondiente al año 2001, el cual consta de tres secciones y quince artí- culos, que forman parte integrante del presente Decreto Supremo. Artículo Tercero.- El Ministerio de Relaciones Exte- riores expedirá las disposiciones complementarias que sean necesarias para la aplicación del Reglamento Tran- sitorio. Artículo Cuarto.- Deróganse todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto Supremo. Artículo Quinto.- El presente Reglamento entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi- cial El Peruano. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los ocho días del mes de diciembre del año dos mil uno. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República DIEGO GARCIA-SAYAN LARRABURE Ministro de Relaciones Exteriores