Norma Legal Oficial del día 12 de diciembre del año 2001 (12/12/2001)


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LEY Nº 27587
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la Republica ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 12 de diciembre de 2001

LEY QUE DECLARA EL DIA 20 DE OCTUBRE DE CADA ANO "DIA DEL PERIODISTA DEPORTIVO"
Articulo unico.- Dia del Periodista Deportivo Declarase el dia 20 de octubre de cada ano como el "Dia del Periodista Deportivo". Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los veintidos dias del mes de noviembre de dos mil uno. MORDAZA FERRERO Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA PEASE MORDAZA Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los once dias del mes de diciembre del ano dos mil uno. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DANINO MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros 36150

cion Civil de Chicago suscrito por el Peru y aprobado por Resolucion Legislativa Nº 10358; Que, el literal h) del Articulo 83º del Decreto Legislativo Nº 809 - Ley General de Aduanas establece que el material para uso aeronautico destinado a la reparacion o mantenimiento, los equipos para recepcion de pasajeros, entre otros, necesarios para la operatividad de las naves nacionales o internacionales, ingresara libre de derechos de aduana y demas tributos; Que, mediante Decreto Supremo Nº 074-98-EF se precisan cuales son los bienes considerados como Material para Uso Aeronautico sujeto a los beneficios establecidos en las normas citadas en los considerandos precedentes; Que, el literal b) del referido Decreto Supremo establece que los equipos para recepcion de pasajeros en rampa estan considerados como Material para Uso Aeronautico; Que, para facilitar la operatividad del servicio de rampa que se presta a las aeronaves nacionales o internacionales en los aerodromos del MORDAZA, resulta conveniente precisar que forma parte de Material para Uso Aeronautico, que goza de los beneficios que otorga la Ley Nº 26355, el literal h) del Articulo 83º de la Ley General de Aduanas y el Decreto Supremo Nº 074-98-EF, los vehiculos debidamente acondicionados, destinados a la recepcion de pasajeros en rampa; De conformidad a lo establecido por el inciso 8) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; DECRETA: Articulo 1º.- Considerese como Material para Uso Aeronautico de acuerdo a lo dispuesto en el inciso h) del Articulo 83º de la Ley General de Aduanas aprobado por el Decreto Legislativo Nº 809 y modificatorias, a los vehiculos debidamente acondicionados, destinados a la recepcion de pasajeros en rampa, y que cuenten con la opinion favorable de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion. Sera de aplicacion al presente dispositivo lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 074-98-EF. Articulo 2º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y el Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los once dias del mes de diciembre del ano dos mil uno. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 36151

PODER EJECUTIVO ECONOMIA Y FINANZAS
Disponen considerar como Material para Uso Aeronautico a vehiculos debidamente acondicionados, destinados a la recepcion de pasajeros en rampa y que cuenten con opinion favorable del MTC
DECRETO SUPREMO Nº 227-2001-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 26355 establece que los equipos y materiales destinados al servicio de rampa que sea prestado a las aeronaves en los aeropuertos del MORDAZA, gozan de los beneficios que otorga el Articulo 24º del Convenio de Avia-

INTERIOR
Inician procedimiento disciplinario a ex Prefecto del departamento de MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1549-2001-IN/0901 MORDAZA, 4 de diciembre del 2001 Vista, el Acta Nº 01-2001-IN/0801 del 13.NOV.2001, de la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio del Interior (COESPROADMI) designada con R.M. Nº 1317-2001-IN/0901 del 26.OCT.2001, en relacion a la instauracion de MORDAZA Administrativo

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