Norma Legal Oficial del día 12 de diciembre del año 2001 (12/12/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 12 de diciembre de 2001

ESSALUD
Declaran de oficio la nulidad de concurso publico sobre contratacion de personal para el servicio de nutricion del Hospital Nacional MORDAZA Rebagliati Martins
RESOLUCION DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 521-PE-ESSALUD-2001 MORDAZA, 6 de diciembre del 2001 CONSIDERANDO: Que, el 21 de setiembre del 2001, se realizo el Acto Publico de MORDAZA de Propuestas del Concurso Publico Nº 0107P00011, Contratacion de personal para el servicio de nutricion del Hospital Nacional MORDAZA Rebagliati Martins, presentandose como postores; Overall Business S.A., Mantto S.R.L., SILSA y el consorcio SERCONSFA E.I.R.L.- Servicios Temporales Virgen de la Asuncion; Que, el 24 de setiembre del 2001, se llevo a cabo el Acto Publico de Adjudicacion, otorgandose la buena pro a Mantto S.R.L.; Que, el numeral 5.6 de las bases del Concurso Publico Nº 0107P00011, establece que en el sobre Nº 1 debe presentarse, entre otros documentos; documentos que acrediten prestaciones relacionadas con el objeto de la convocatoria; Que, segun el numeral 1.2 de las bases, el objeto del MORDAZA de seleccion es contratar personal para nutricion; Que, en la oferta tecnica de Mantto S.R.L. a folios 009 a 029, obran cinco contratos de servicios especializados, los cuales estan referidos a contratacion de personal para mantenimiento y conservacion, recojo y distribucion de ropa hospitalaria, auxiliares, encuadernadores, maquinistas; los cuales no tienen relacion con las prestaciones objeto de la convocatoria, toda vez que la similitud en las actividades debe versar sobre la naturaleza del servicio, diferenciandose solo por su magnitud y/o grado de dificultad; Que, los contratos presentados por Mantto S.R.L., no acreditan prestaciones relacionadas con el objeto de la convocatoria, no procederia otorgarle el puntaje maximo. Ello permite evidenciar que no se realizo una adecuada revision y evaluacion de las propuestas tecnicas, situacion que vulnera entre otros, los Principios de Imparcialidad y Transparencia, recogidos en los numerales 3 y 5 del Articulo 3º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, el Articulo 26º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que el Titular del Pliego o la MORDAZA autoridad administrativa de la Entidad, segun corresponda, podra declarar de oficio la nulidad del MORDAZA de seleccion por alguna de las causales establecidas en el Articulo 57º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, solo hasta MORDAZA de la celebracion del contrato, sin perjuicio de la que sea declarada en la resolucion recaida sobre los recursos impugnativos; Que, de acuerdo al Articulo 57º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, son nulos los actos administrativos cuando son dictados por organo incompetente, contravengan las normas legales, contengan un imposible juridico o prescindan de las normas esenciales del procedimiento; En uso de las atribuciones conferidas; SE RESUELVE: 1. DECLARAR de oficio la nulidad del Concurso Publico Nº 0107P00011, Contratacion de personal para el servicio de nutricion del Hospital Nacional MORDAZA Rebagliati Martins, en consecuencia dejar sin efecto el otorgamiento de la buena pro a favor de Mantto S.R.L. y, retrotraer el MORDAZA de seleccion, hasta la etapa de evaluacion tecnica.

2. DISPONER la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los cinco (5) dias siguientes a su expedicion. 3. DISPONER que la Secretaria General notifique la presente resolucion a los interesados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BASOMBRIO ZENDER Presidente Ejecutivo 36084

Designan miembro del MORDAZA Evaluador que designara a los integrantes del Consejo de Defensores de la Defensoria del Asegurado de ESSALUD
RESOLUCION DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 525-PE-ESSALUD-2001 MORDAZA, 10 de diciembre del 2001 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Presidencia Ejecutiva Nº 467-PE-ESSALUD-2001, de fecha 11 de setiembre del ano 2001, se designo, en representacion del Seguro Social de Salud, a los senores MORDAZA MORDAZA Costa y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Presidente y miembro, respectivamente, del MORDAZA Evaluador que designara a los integrantes del Consejo de Defensores de la Defensoria del Asegurado de ESSALUD; Que, posteriormente, mediante Resolucion de Presidencia Ejecutiva Nº 507-PE-ESSALUD-2001, de fecha 7 de noviembre del 2001, se constituyo el citado MORDAZA Evaluador senalandose a sus integrantes; Que, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA se ha visto imposibilitado, por motivos personales, de continuar realizando las funciones de miembro del mencionado MORDAZA Evaluador, por lo cual ha presentado su renuncia a dicho cargo; Que, por lo expuesto en el considerando precedente, resulta necesario designar al MORDAZA miembro del referido MORDAZA Evaluador que actuara en representacion de la Presidencia Ejecutiva de ESSALUD; En uso de las atribuciones conferidas; SE RESUELVE: 1. ACEPTAR, a partir de la fecha, la renuncia presentada por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA como miembro del MORDAZA Evaluador que designara a los integrantes del Consejo de Defensores de la Defensoria del Asegurado del Seguro Social de Salud - ESSALUD, dandosele las MORDAZA por las importantes funciones realizadas. 2. DESIGNAR al senor MORDAZA SOLOGUREN CALMET, en representacion del Seguro Social de Salud - ESSALUD, como miembro del MORDAZA Evaluador a que se refiere el numeral precedente. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BASOMBRIO ZENDER Presidente Ejecutivo 36064

SUNAT
Designan Auxiliares Coactivos de la Intendencia Regional Ica
RESOLUCION DE INTENDENCIA Nº 100-00-000021 Ica, 3 de diciembre de 2001

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