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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2001 (30/12/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 50

Pág. 214904 NORMAS LEGALES Lima, domingo 30 de diciembre de 2001 establecer el marco de principios y líneas directrices en los que OSITRAN basará el ejercicio de la función super- visora que le compete, los mismos que se ponen en cono- cimiento de las empresas que explotan la infraestructura de uso público y de los usuarios de dicha infraestructura con el fin de hacer predecible y transparencia la actuación del organismo. LINEAMIENTOS PARA LA ELABORACIÓN Y EJECUCIÓN DE LOS PLANES DE SUPERVISIÓN CONTENIDO IPRINCIPIOS DE ACTUACION EN LA FUNCION SU- PERVISORA 1.1Aspectos generales 1.2Principios de carácter interno, organizacional o de con- figuración institucional 1.3Principios de carácter externo, de relación con las en- tidades prestadoras IIHERRAMIENTAS DE ACTUACIÓN. 2.1Objetivos Generales de la Función Supervisora 2.2Determinación del ámbito objetivo, sujeto a la función supervisora 2.3Herramientas de Supervisión 2.4Mecanismos para el ejercicio de la Función Supervi- sora I. PRINCIPIOS DE ACTUACION EN LA FUNCION SU- PERVISORA 1.1. Aspectos generales En esta parte de los lineamientos se definirán los “prin- cipios jurídicos” que deben ser utilizados para definir, orientar, sustentar y completar la función supervisora de OSITRAN. En general, se entiende que los principios jurídicos son “valores” o “criterios”, que informan, orientan y dan conte- nido a diversas normas o áreas del sistema jurídico, pu- diendo estar “positivizados” (expresamente señalados en las normas) o no. En el caso de OSITRAN, gran parte de los principios aplicables a sus funciones han sido expre- samente señalados en su Reglamento General. Los principios se han clasificado en dos categorías: a. Principios de carácter interno, organizacional o de configuración institucional. Sirven para ordenar y es- tructurar internamente la labor de OSITRAN, de manera previa al contacto con las empresas supervisadas. b. Principios de carácter externo, de relación con las entidades prestadoras . Sirven para informar y guiar la actuación de OSITRAN frente a las entidades prestadoras, en una relación propia del derecho ad- ministrativo (Estado/Administración - Entidad privada/ Administrado). Constituyen un conjunto de garantías de actuación del administrado frente al ente estatal. 1.2.Principios de carácter interno, organizacional o de configuración institucional a.Análisis costo-beneficio: De acuerdo a este princi- pio, OSITRAN deberá elaborar su plan estratégico y sus planes de supervisión tomando en cuenta la ne- cesidad de generar un resultado neto positivo (bene- ficio) para el Estado y la sociedad en su conjunto, en el marco establecido por la legislación vigente y los contratos de concesión. Esto significa que institucio- nalmente se debe buscar implementar mecanismos que a los menores costos, generen los máximos be- neficios posibles (optimización, eficiencia). b.Eficiencia y efectividad: Vinculado al principio ante- rior. En virtud de ello, las acciones de OSITRAN de- berán guiarse por criterios de eficiencia y efectividad (consecución de objetivos). c.Transparencia: Exige que la organización y los pla- nes de supervisión sean conocidos por los interesa-dos y que sus criterios de actuación sean predeci- bles, de modo tal que no se produzcan cambios en los criterios de actuación que pudieran ser califica- dos como arbitrarios o inexplicables. d.Autonomía: Según este principio, OSITRAN deberá determinar técnicamente los criterios, fundamentos y razones de su organización, planes de supervisión y, herramientas y mecanismos de supervisión. e.Subsidiariedad: OSITRAN deberá determinar en qué casos se requiere una “mayor actuación” de su parte, tomando como criterio definitorio la existencia de me- canismos adecuados de competencia. En ese senti- do, el principio de subsidiariedad establece un crite- rio para determinar prioridades, en cuanto a materias y aspectos supervisables. 1.3.Principios de carácter externo, de relación con las entidades prestadoras a.Análisis costo - beneficio: En función a este princi- pio no se podrían establecer planes estratégicos y pla- nes de supervisión gravosos para las entidades pres- tadoras. b.Transparencia: De acuerdo a este principio, las entida- des supervisadas tienen el derecho de conocer los me- canismos utilizados por OSITRAN en ejercicio de la fun- ción supervisora y los criterios utilizados en la evaluación correspondiente. Este principio por ejemplo, justifica la emisión de un Reglamento de Supervisión o la publica- ción de los lineamientos de política de supervisión. c.Eficiencia y efectividad: En virtud de este principio deberán evaluarse el plan estratégico y los planes de supervisión que se establezcan, tomando en cuenta los costos y beneficios generados no solamente al Estado, sino también a la sociedad en su conjunto y, conside- rando como parte de ella, a las entidades prestadoras. d.Celeridad: Orienta el desarrollo de la función de su- pervisión, dentro de plazos razonables. Esto, por ejem- plo, afecta directamente a la realización de visitas de supervisión, las cuales no podrían desarrollarse por plazos excesivos. e.Presunción de veracidad: En virtud de este princi- pio se entiende que toda información presentada por las entidades prestadoras es veraz y definitiva1. II. HERRAMIENTAS DE ACTUACION Para el ejercicio de la función supervisora de OSITRAN se requiere del diseño y utilización de herramientas de organización que permitan la supervisión de las entida- des prestadoras de una manera oportuna, precisa, su- ficiente y eficiente. Estas herramientas de gestión son actividades, reportes y documentos necesarios para la planificación, ejecución, control y retroalimentación del proceso de supervisión Para lograr una mayor efectividad en el uso de estas herramientas, previamente se debe definir los objetivos generales y específicos de la función supervisora, de acuerdo al marco legal establecido y los principios gene- rales de supervisión. Con ello, en una primera fase se delimitará el ámbito de acción en materia de supervisión, el cual se perfeccionará como consecuencia de la inte- racción con las entidades supervisadas, así como de la experiencia en la implementación del proceso de super- visión y el conjunto de valores que OSITRAN adopte.PROYECTO 1Sin embargo, OSITRAN debe considerar que más allá de esta atribución formal de vera- cidad, existen problemas de asimetría de información que deben ser tomados en cuenta al desarrollar actividades de supervisión.