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Pág. 214899 NORMAS LEGALES Lima, domingo 30 de diciembre de 2001 zado por concepto de multas tributarias anteriores a la vi- gencia de esta norma. Artículo Quinto.- Encargar a las Direcciones de De- sarrollo Económico y Desarrollo Urbanístico, el cumplimien- to de la presente Ordenanza, a la Oficina de Comunica- ción Social su difusión y a la Oficina de Administración su publicación, bajo responsabilidad funcional. Artículo Sexto.- La Oficina de Administración informa- rá los resultados económicos obtenidos en aplicación de la presente Ordenanza a la Dirección Municipal. Artículo Sétimo.- El presente beneficio se otorgará a partir del 2 al 19 de enero de 2002. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ANGEL M. TACCHINO D. Alcalde 37131 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Aprueban quiebre de deudas tributarias de cobranza dudosa ORDENANZA Nº 90-MSS Santiago de Surco, 20 de diciembre de 2001 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO POR CUANTO: El Concejo Municipal de Santiago de Surco, en Sesión Extraordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 2º de la Ley Orgánica de Municipa- lidades Nº 23853, establece que las Municipalidades, como órganos de gobierno local, tienen autonomía económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Artículo 27º del Texto Único del Código Tributa- rio señala como medio de extinción de la obligación tributa- ria la Resolución de la Administración Tributaria sobre deu- das de cobranza dudosa o recuperación onerosa; Que, el artículo antes citado establece en el último pá- rrafo del literal e) que las deudas de cobranza dudosa son aquellas respecto de las cuales se han agotado todas las acciones contempladas en el Procedimiento de Cobranza Coactiva; Que, asimismo el Decreto Supremo Nº 022-2000-EF publicado el 11.MAR.2000, establece que la Administra- ción Tributaria, de acuerdo a lo dispuesto en el inciso e) del Artículo 27º del TUO del Código Tributario, tiene la facultad para declarar como deudas de cobranza dudosa, entre otras, aquellas cuyo plazo de prescripción hubiese trans- currido, teniendo en cuenta que en este supuesto se en- cuentra impedida de ejercer cualquier acción de cobranza, por lo que se entienden agotadas las acciones contempla- das en el Procedimiento de Ejecución Coactiva; Que, es necesario que la Administración Tributaria Mu- nicipal fije los montos que han de ser considerados onero- sos para cobranza, a fin de determinar las deudas que ha- brán de ser quebradas; Estando al Memorándum Nº 287-2000-OEC-MSS e In- forme Nº 02-2000-JC-OEC-MSS emitidos por la Oficina de Ejecución Coactiva, a lo sustentado por la Oficina de Ren- tas con Informe Nº 285-2001-OR-MSS, a lo opinado por la Oficina de Asesoría Jurídica con Informe Nº 2069-2001- OAJ-MSS; Contando con el Dictamen favorable Nº 042-2001- CEPP-MSS de la Comisión de Economía, Planificación y Presupuesto; De conformidad con los Artículos 36º inciso 3), 109º y 110º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, por unanimidad aprobó la siguiente:ORDENANZA QUIEBRE DE DEUDAS TRIBUTARIAS DE COBRANZA DUDOSA Artículo 1º.- Se considera para efectos de la presente Ordenanza como deuda de cobranza dudosa toda obliga- ción tributaria pendiente de pago correspondiente a los ejer- cicios 1994 y 1995. Artículo 2º.- Quiébrense las deudas de origen tributa- rio que sean calificadas como de cobranza dudosa según lo dispuesto en el Artículo Primero de la presente Ordenan- za. Artículo 3º.- Todo pago efectuado por los conceptos a que se refiere el Artículo Primero no generan derecho a devolución. Artículo 4º.- Encárguese el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Oficina de Rentas, Oficina de Ejecución Coactiva y Oficina de Sistemas. Artículo 5º.- La presenta Ordenanza entrará en vigen- cia a partir del día siguiente a su publicación. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. CARLOS DARGENT CHAMOT Alcalde 37141 Declaran en situación de urgencia los servicios de disposición final y de plan- ta de transferencia de residuos sólidos ACUERDO DE CONCEJO Nº 94-2001-ACSS Santiago de Surco, 20 de diciembre de 2001 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO POR CUANTO: El Concejo Municipal de Santiago de Surco, en Sesión Extraordinaria de la fecha, en atención al Dictamen Nº 039- 2001-CEPP/MSS de la Comisión de Economía, Planifica- ción y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Memorándum Nº 1071-2001-DSCMA- MSS de fecha 30.OCT.2001, la Dirección de Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente solicita se tomen las previsiones pertinentes a fin de poder seguir contando, entre otros, con el servicio de disposición de relleno sanitario, toda vez que los contratos están por finalizar; Que, la Unidad de Logística con Informe Nº 579-2001- UL-OAF-MSS de fecha 9.NOV.2001, señala que como re- sultado de la Adjudicación Directa Selectiva Nº 027-2001- CE-MSS se suscribió contrato para la prestación del servi- cio de Disposición Final de Residuos Sólidos en Relleno Sanitario con la empresa Vega Upaca S.A. ganadora de la Buena Pro; asimismo, con Resolución Nº 632-2001-RASS de fecha 1.OCT.2001 se autorizó la contratación comple- mentaria hasta por el 30% del monto total del Contrato; finalmente, que el Concurso Público Nº 014-2001-CE-MSS, para la contratación de Servicios Básicos II, en el que se encuentra comprendido el servicio en mención, se ha visto dilatado en su trámite, por las consultas formuladas por los postores; Que, la Oficina de Administración y Finanzas con Infor- me Nº 327-2001-OAF-MSS de fecha 12.NOV.2001, hace suyas las consideraciones de la Unidad de Logística, soli- citando que el Concejo apruebe la declaración en situa- ción de urgencia de la contratación del servicio de Disposi- ción Final de Residuos Sólidos en Relleno Sanitario, con- forme lo dispuesto en los Artículos 19º y 20º del Texto Úni- co Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobada por Decreto Supremo Nº 012-2001- PCM (T.U.O.); Que, la Oficina de Asesoría Jurídica en su Informe Nº 2015-2001-OAJ-MSS de fecha 7.DIC.2001 señala que es-