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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2001 (30/12/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 35

Pág. 214889 NORMAS LEGALES Lima, domingo 30 de diciembre de 2001 co Interamericano de Desarrollo, siendo de aplicación lo dispuesto por los Artículos 19º Inc. c), 20º y 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisi- ciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012- 2001-PCM y el Art. 108º inciso 2) de su Reglamento, apro- bado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, modificado por el Artículo 3º del Decreto Supremo Nº 079-2001-PCM; Con las visaciones de la Gerencia General, de la Ge- rencia de Emergencia, Defensa y Desarrollo Social y de la Oficina General de Asesoría Jurídica y estando al Informe Legal Nº 345-2001-INADE-3201-OGAJ del 20 de diciem- bre del 2001; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 599, Ley de Organización y Funciones del INADE, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-PRES y estan- do al encargo de funciones conferido mediante la Resolu- ción Jefatural Nº 253-2001-INADE-1100; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declárase en situación de urgencia la eje- cución de las obras de Rehabilitación de Carreteras y Puen- tes del departamento de Puno, y sus respectivas supervi- siones, consignadas en el sétimo considerando de la pre- sente Resolución, las mismas que están a cargo del Pro- yecto Especial Binacional Lago Titicaca. Artículo 2º.- Exonerar al Proyecto Especial Binacional Lago Titicaca de los procesos de Licitación Pública y/o Con- curso Público para la ejecución de las obras y supervisio- nes consignadas en el mencionado sétimo considerando de la presente resolución, autorizándole a que efectúe di- chas adquisiciones por la modalidad de Adjudicación de Menor Cuantía, hasta por los montos de S/. 20 882 142,30 para la ejecución de las obras de Rehabilitación de Puen- tes y Carreteras en el departamento de Puno, y S/. 1 670 571,54 para las supervisiones correspondientes, por un total de S/. 22 552 713,84 (VEINTIDOS MILLONES QUINIEN- TOS CINCUENTA Y DOS MIL SETECIENTOS TRECE Y 84/100 NUEVOS SOLES). Artículo 3º.- La Secretaría General queda encargada de efectuar la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, debiendo remitir copia de la mis- ma y de los Informes Técnicos y Legales sustentatorios a la Contraloría General de la República, dentro de los diez (10) días calendario siguientes a su aprobación. Artículo 4º.- Los contratos y sus respectivas ejecucio- nes serán regulados por el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro- bado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y su Regla- mento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y sus modificatorias. Regístrese, comuníquese y publíquese. JULIO ESCUDERO MEZA Jefe (e) 37146 Autorizan contratar servicio de elabora- ción de diagnóstico de red de estacio- nes hidrológicas en Proyectos de Costa mediante proceso de adjudicación de menor cuantía RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 257-2001-INADE-1100 Lima, 26 de diciembre del 2001 VISTO: El Memorándum Nº 416-2001-INADE-5301-GE, de la Gerencia de Estudios y Oficio Nº 0720-SENAMHI-JSS- OGA-OCT/2001; y, CONSIDERANDO: Que, dentro del Plan Operativo del año 2001 del Pro- yecto 200364 del INADE, se ha contemplado la elabora- ción del Diagnóstico de la Gestión de la Oferta del Aguaque comprende, entre otros, la evaluación de las estacio- nes hidrológicas en los ámbitos de los Proyectos Especia- les de Costa del INADE; Que, mediante el Informe Técnico Nº 002/2001-FFC, adjunto al Memorándum Nº 419-2001-INADE-5301-GE, de la Gerencia de Estudios, se establece la necesidad de contratar con el SENAMHI, la elaboración del Diagnóstico sobre Evaluación de las Estaciones Hidro- métricas de nueve Proyectos Especiales, por un valor de S/. 32,870.00; Que, tal como consta del Informe Legal Nº 004-SE- NAMHI-OAJ/2001, de la Oficina de Asesoría Jurídica del SENAMHI, este organismo público descentralizado es el único facultado para el ejercicio de las actividades meteo- rológicas, hidrológicas y conexas, mediante la investiga- ción científica, la realización de estudios, proyectos y la prestación de servicios en materia de su competencia, conforme lo establece la Ley Nº 24031, Ley del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología, cuyas facultades se encuentran debidamente registradas en el INDECOPI, en cuyo sentido, los servicios que brinda no admiten susti- tutos; Que, teniendo en cuenta lo indicado en el considerando precedente, se justifica la necesidad de contratar con el SENAMHI la elaboración del diagnóstico antes citado, sus- tentado en que el contrato respectivo no resulta ser más oneroso que cualquier otro del sector privado, tal como aparece del Informe Técnico Nº 002/2001-FFC, del Coor- dinador del Plan de Gestión del Agua; Que, el Artículo 19º inciso f) del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, esta- blece que están exoneradas de los procesos de licitación pública, concurso público o adjudicación directa, las con- trataciones y adquisiciones respecto de bienes y servicios que no admiten sustitutos; Que, el monto de los servicios a contratarse asciende a la suma de S/. 32,870.00, por lo que el proceso de selec- ción corresponde al de Adjudicación Directa Selectiva; Que, mediante el Informe Legal Nº 348-2001-INADE- 3201-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal en el sentido que resulta procedente la exo- neración del proceso de adjudicación directa selectiva para la contratación del servicio antes referido, por no admitir sustituto, a tenor de lo contemplado en el Artículo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Ad- quisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM; Que, el Artículo 20º de la misma norma legal prescribe que las adquisiciones y contrataciones a que se refiere el Artículo 19º se realizarán mediante el proceso de Adjudi- cación de Menor Cuantía, siendo la exoneración aprobada por Resolución del Titular del Pliego, requiriendo de un In- forme Técnico-Legal previo y publicado en el Diario Oficial El Peruano, debiendo remitirse copia de la misma y de los informes que la sustentan a la Contraloría General de la República, dentro de los 10 días siguientes a la fecha de su aprobación; Que, siendo esto así, resulta procedente se exonere al INADE del proceso de adjudicación directa selectiva, para la celebración del Contrato, para la realización del diag- nóstico de la red de estaciones hidrológicas en los ámbitos de los Proyectos de Costa, por el proceso de Adjudicación de Menor Cuantía; Estando al Informe Técnico Nº 002/2001-FFC e Infor- me Legal Nº 348-2001-INADE-3201-OGAJ; Con las visaciones de la Gerencia de Estudios y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 599, Ley de Organización y Funciones del INADE, su Re- glamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93- PRES y estando al encargo de funciones dispuesto mediante la Resolución Jefatural Nº 253-2001-INADE- 1100; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Exonerar al Instituto Nacional de Desarrollo - INADE, del proceso de Adjudicación Directa Selectiva, para contratar con el Servicio Nacional de Meteorología e Hidrolo- gía - SENAMHI, la elaboración del diagnóstico de la red de estaciones hidrológicas en los ámbitos de los Proyectos de