Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 2001 (30/12/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

MORDAZA, MORDAZA 30 de diciembre de 2001

NORMAS LEGALES

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co Interamericano de Desarrollo, siendo de aplicacion lo dispuesto por los Articulos 19º Inc. c), 20º y 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 0122001-PCM y el Art. 108º inciso 2) de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, modificado por el Articulo 3º del Decreto Supremo Nº 079-2001-PCM; Con las visaciones de la Gerencia General, de la Gerencia de Emergencia, Defensa y Desarrollo Social y de la Oficina General de Asesoria Juridica y estando al Informe Legal Nº 345-2001-INADE-3201-OGAJ del 20 de diciembre del 2001; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 599, Ley de Organizacion y Funciones del INADE, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-PRES y estando al encargo de funciones conferido mediante la Resolucion Jefatural Nº 253-2001-INADE-1100; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarase en situacion de urgencia la ejecucion de las obras de Rehabilitacion de Carreteras y Puentes del departamento de MORDAZA, y sus respectivas supervisiones, consignadas en el setimo considerando de la presente Resolucion, las mismas que estan a cargo del Proyecto Especial Binacional Lago Titicaca. Articulo 2º.- Exonerar al Proyecto Especial Binacional Lago Titicaca de los procesos de Licitacion Publica y/o Concurso Publico para la ejecucion de las obras y supervisiones consignadas en el mencionado setimo considerando de la presente resolucion, autorizandole a que efectue dichas adquisiciones por la modalidad de Adjudicacion de Menor Cuantia, hasta por los montos de S/. 20 882 142,30 para la ejecucion de las obras de Rehabilitacion de Puentes y Carreteras en el departamento de MORDAZA, y S/. 1 670 571,54 para las supervisiones correspondientes, por un total de S/. 22 552 713,84 (VEINTIDOS MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL SETECIENTOS TRECE Y 84/100 NUEVOS SOLES). Articulo 3º.- La Secretaria General queda encargada de efectuar la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, debiendo remitir MORDAZA de la misma y de los Informes Tecnicos y Legales sustentatorios a la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez (10) dias calendario siguientes a su aprobacion. Articulo 4º.- Los contratos y sus respectivas ejecuciones seran regulados por el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y sus modificatorias. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe (e) 37146

Autorizan contratar servicio de elaboracion de diagnostico de red de estaciones hidrologicas en Proyectos de Costa mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia
RESOLUCION JEFATURAL Nº 257-2001-INADE-1100 MORDAZA, 26 de diciembre del 2001 VISTO: El Memorandum Nº 416-2001-INADE-5301-GE, de la Gerencia de Estudios y Oficio Nº 0720-SENAMHI-JSSOGA-OCT/2001; y, CONSIDERANDO: Que, dentro del Plan Operativo del ano 2001 del Proyecto 200364 del INADE, se ha contemplado la elaboracion del Diagnostico de la Gestion de la Oferta del Agua

que comprende, entre otros, la evaluacion de las estaciones hidrologicas en los ambitos de los Proyectos Especiales de Costa del INADE; Que, mediante el Informe Tecnico Nº 002/2001-FFC, adjunto al Memorandum Nº 419-2001-INADE-5301-GE, de la Gerencia de Estudios, se establece la necesidad de contratar con el SENAMHI, la elaboracion del Diagnostico sobre Evaluacion de las Estaciones Hidrometricas de nueve Proyectos Especiales, por un valor de S/. 32,870.00; Que, tal como consta del Informe Legal Nº 004-SENAMHI-OAJ/2001, de la Oficina de Asesoria Juridica del SENAMHI, este organismo publico descentralizado es el unico facultado para el ejercicio de las actividades meteorologicas, hidrologicas y conexas, mediante la investigacion cientifica, la realizacion de estudios, proyectos y la prestacion de servicios en materia de su competencia, conforme lo establece la Ley Nº 24031, Ley del Servicio Nacional de Meteorologia e Hidrologia, cuyas facultades se encuentran debidamente registradas en el INDECOPI, en cuyo sentido, los servicios que brinda no admiten sustitutos; Que, teniendo en cuenta lo indicado en el considerando precedente, se justifica la necesidad de contratar con el SENAMHI la elaboracion del diagnostico MORDAZA citado, sustentado en que el contrato respectivo no resulta ser mas oneroso que cualquier otro del sector privado, tal como aparece del Informe Tecnico Nº 002/2001-FFC, del Coordinador del Plan de Gestion del Agua; Que, el Articulo 19º inciso f) del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, establece que estan exoneradas de los procesos de licitacion publica, concurso publico o adjudicacion directa, las contrataciones y adquisiciones respecto de bienes y servicios que no admiten sustitutos; Que, el monto de los servicios a contratarse asciende a la suma de S/. 32,870.00, por lo que el MORDAZA de seleccion corresponde al de Adjudicacion Directa Selectiva; Que, mediante el Informe Legal Nº 348-2001-INADE3201-OGAJ, la Oficina General de Asesoria Juridica emite opinion legal en el sentido que resulta procedente la exoneracion del MORDAZA de adjudicacion directa selectiva para la contratacion del servicio MORDAZA referido, por no admitir sustituto, a tenor de lo contemplado en el Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM; Que, el Articulo 20º de la misma MORDAZA legal prescribe que las adquisiciones y contrataciones a que se refiere el Articulo 19º se realizaran mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, siendo la exoneracion aprobada por Resolucion del Titular del Pliego, requiriendo de un Informe Tecnico-Legal previo y publicado en el Diario Oficial El Peruano, debiendo remitirse MORDAZA de la misma y de los informes que la sustentan a la Contraloria General de la Republica, dentro de los 10 dias siguientes a la fecha de su aprobacion; Que, siendo esto asi, resulta procedente se exonere al INADE del MORDAZA de adjudicacion directa selectiva, para la celebracion del Contrato, para la realizacion del diagnostico de la red de estaciones hidrologicas en los ambitos de los Proyectos de Costa, por el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia; Estando al Informe Tecnico Nº 002/2001-FFC e Informe Legal Nº 348-2001-INADE-3201-OGAJ; Con las visaciones de la Gerencia de Estudios y de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 599, Ley de Organizacion y Funciones del INADE, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93PRES y estando al encargo de funciones dispuesto mediante la Resolucion Jefatural Nº 253-2001-INADE1100; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Exonerar al Instituto Nacional de Desarrollo - INADE, del MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva, para contratar con el Servicio Nacional de Meteorologia e Hidrologia - SENAMHI, la elaboracion del diagnostico de la red de estaciones hidrologicas en los ambitos de los Proyectos de

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