Norma Legal Oficial del día 04 de enero del año 2001 (04/01/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 4 de enero de 2001

y/o en el Registro Publico de Hidrocarburos deben presentarse, para ese efecto, dentro de un plazo de treinta (30) dias contados a partir de la aprobacion del Acta, bajo responsabilidad del Secretario de la Junta. Articulo 42º.- Cualquier miembro de la Junta General de Accionistas, aunque no hubiera asistido a la Junta, tendra derecho a que se le proporcione, a su propio costo, MORDAZA certificada del acta correspondiente o de la parte especifica que senale. La MORDAZA sera expedida por el Gerente General de PETROPERU S.A., bajo su firma y responsabilidad, en un plazo no mayor de cinco (5) dias contados a partir de la fecha de recepcion de la solicitud. CAPITULO III DEL DIRECTORIO Articulo 43º.- El Directorio es el organo colegiado al que corresponde la administracion de PETROPERU S.A., con las facultades y atribuciones que senala al efecto la Ley General de Sociedades y que establece el presente Estatuto, con excepcion de los asuntos que por la Ley de PETROPERU S.A. y el presente Estatuto se confieren a la Junta General de Accionistas. Articulo 44º.- El Directorio estara integrado por cinco (5) miembros, designados por el Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE, de conformidad con la Ley Nº 27170 y sus normas modificatorias y reglamentarias. Articulo 45º.- Ademas de las facultades que le corresponde de acuerdo a la Ley General de Sociedades, el Directorio dirige y controla la politica de PETROPERU S.A. Articulo 46º.- El cargo de Director de PETROPERU S.A. es personal, no pudiendo ser delegado. Articulo 47º.- No pueden ser Directores: a) Los incapaces. b) Los quebrados. c) Los que por razon de su cargo o funciones estan impedidos de ejercer el comercio. d) Los que tengan pleito pendiente con PETROPERU S.A. en calidad de demandantes o estan sujetos a accion social de responsabilidad iniciada por PETROPERU S.A. y los que estan impedidos por mandato de una medida cautelar dictada por la autoridad judicial o arbitral. e) Las personas naturales, socios, directores, representantes, servidores y contratistas de personas naturales y/o juridicas de derecho privado dedicados a la actividad industrial o comercial petrolera. f) Los que MORDAZA directores, administradores, representantes legales o apoderados de sociedades o socios de sociedades de personas que tuvieran en forma permanente intereses opuestos a los de PETROPERU S.A. o que personalmente tengan con MORDAZA oposicion permanente. g) Los extranjeros. h) Los que hubiesen sido condenados por delito doloso. Articulo 48º.- Los Directores de PETROPERU S.A. estan impedidos de ejercer actos, gestiones comerciales y/o prestacion de servicios para si o a personas naturales o juridicas dedicadas a la actividad industrial o petrolera contractualmente vinculadas con PETROPERU S.A. Articulo 49º.- El Directorio tiene todas las facultades de gestion y de representacion legal necesarias para la administracion de PETROPERU S.A. dentro de su objeto, con excepcion de los asuntos que la Ley o el Estatuto atribuyan a la Junta General. En MORDAZA con lo dispuesto en el primer parrafo, constituyen atribuciones del Directorio: a) Establecer y dirigir la politica general de PETROPERU S.A. de conformidad con la Politica del Sector. b) Estudiar y, en su caso, aprobar los planes generales, planes de inversion y proyectos de presupuesto de gastos e inversiones de PETROPERU S.A. que le presente la Gerencia General. c) Establecer la politica interna de PETROPERU S.A. d) Controlar el funcionamiento de PETROPERU S.A., directamente o por intermedio de la Gerencia General. e) Contratar auditorias externas y/o asesorias, ya MORDAZA de contabilidad, legal, tecnica o de cualquier otra indole, y pronunciarse sobre las mismas y sobre los informes de la Oficina de Control Interno, cuando corresponda. f) Aprobar la Memoria y los Estados Financieros de PETROPERU S.A. para presentarlos a la Junta General de Accionistas. g) Aprobar la estructura basica de organizacion de PETROPERU S.A., asi como decidir la organizacion de

subsidiarias, la constitucion de sociedades o la adquisicion de acciones o participaciones en otras empresas. h) Aprobar los contratos que vinculen a PETROPERU S.A. i) Enajenar, gravar, constituir y/o levantar cualquier MORDAZA de garantias de los bienes de PETROPERU S.A. j) Aprobar y autorizar fianzas, avales, asi como contraer creditos y otras obligaciones, tanto en el MORDAZA como en el extranjero, en apoyo de las actividades conducentes a la consecucion de los fines de PETROPERU S.A. y con las limitaciones que senale la legislacion vigente. k) Proponer a la Junta General de Accionistas la aplicacion de las utilidades netas de operaciones, asi como de los ingresos extraordinarios originados despues de haber alcanzado el capital autorizado y los aumentos de capital de PETROPERU S.A. l) Proponer al Ministerio de Energia y Minas los dispositivos legales sobre asuntos de competencia de PETROPERU S.A. ll) Elegir al Vicepresidente. m) Designar, remover, fijar remuneraciones y demas condiciones de trabajo al Gerente General. n) Nombrar, remover, fijar remuneraciones y condiciones de trabajo a los funcionarios que reporten directamente a la Gerencia General. n) Otorgar las facultades que juzgue necesario para la representacion de PETROPERU S.A. con sujecion a lo establecido en el presente Estatuto. o) Conceder licencia a su Presidente, a los Directores, al Gerente General, a los Asesores del Directorio, al Secretario General y al Gerente de la Oficina de Control Interno. p) Designar a los Representantes de PETROPERU S.A. en Directorios, Corporaciones, Consejos, Comisiones de alto nivel u otros Organismos o Entidades a las cuales corresponda a PETROPERU S.A. designar algun miembro. q) Proponer al Ministerio de Energia y Minas las medidas pertinentes para lograr los ingresos que le permitan el oportuno cumplimiento de sus objetivos y funciones. r) Autorizar los viajes al extranjero del personal de PETROPERU S.A. que deban efectuarse por motivos de servicio, fijando los montos de gastos correspondientes. s) Aprobar las ventas de bienes muebles o inmuebles de PETROPERU S.A. que no resulten necesarios para las actividades de esta, precisando el precio y demas condiciones. t) Aprobar las Transacciones Judiciales y/o Extrajudiciales que se originen por litigios o controversias con terceros. u) Aprobar todos aquellos actos que impliquen de cualquier manera disposicion de bienes, MORDAZA estos bienes muebles o inmuebles, titulos valores, creditos u otros similares. v) Aprobar la politica de descuentos, bonificaciones, premios y similares, en la comercializacion de hidrocarburos de PETROPERU S.A. Son funciones indelegables del Directorio las contenidas en los incisos a), b), e), f), g), l), k), ll), m), n), o), s), t), u) y v) del presente articulo. Articulo 50º.- La delegacion permanente de alguna facultad del Directorio y la designacion de los Directores que hayan de ejercer tal delegacion requerira, para su validez, el MORDAZA favorable de por lo menos tres (3) Directores. Articulo 51º.- El Presidente, o quien haga sus veces, debe convocar al Directorio por los menos dos (2) veces al mes y cada vez que lo juzgue necesario para el interes social, o cuando lo soliciten por lo menos tres (3) Directores. La convocatoria se efectuara mediante esquelas con cargo de recepcion y con una anticipacion no menor de tres (3) dias a la fecha senalada para la sesion; y, debera expresar claramente el lugar, dia y hora de la reunion y los asuntos a tratar. Cualquier Director puede someter a la consideracion del Directorio los asuntos que crea de interes para PETROPERU S.A. Se puede prescindir de la convocatoria cuando se reunan todos los Directores y acuerden por unanimidad sesionar y los asuntos a tratar. Articulo 52º.- El quorum del Directorio de PETROPERU S.A. es de tres (3) miembros. Cada Director tiene un voto. Los acuerdos del Directorio deben adoptarse por mayoria absoluta de votos de los Directores concurrentes. El Presidente tiene MORDAZA dirimente. Articulo 53º.- Las sesiones del Directorio y los acuerdos adoptados en ellas, deben constar en un Libro de Actas legalizado, que podra estar compuesto por hojas separadas debidamente legalizadas las que, en su oportunidad, seran foliadas y empastadas.

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