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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE ENERO DEL AÑO 2001 (04/01/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 17

Pág. 196803 NORMAS LEGALES Lima, jueves 4 de enero de 2001 en representación del Estado, tanto en el país como en el extranjero, así como la recuperación de los fondos com- prometidos en los supuestos ilícitos. 2.3Mediante Decreto de Urgencia Nº 115-2000, se autorizó una transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2000 a favor del Ministerio de Justicia para los efectos a que se contraen los acápites anteriores. 3.0Términos de Referencia, Condiciones Gene- rales, Apéndices 3.1El LOCADOR y el PROYECTO aceptan las obligaciones que se derivan de las disposiciones del pre- sente contrato y de los términos de referencia siguientes: 3.1.1 La contratación de servicios especializados com- prende la preparación, sustentación, documentación, re- copilación de pruebas y demás acciones que sean necesa- rias para el ejercicio de las acciones legales pertinentes y el patrocinio de los procesos judiciales y demás necesarios en representación del Estado, tanto en el país como en el extranjero, así como la recuperación de los fondos com- prometidos en los supuestos ilícitos. 3.1.2 Sin que la presente enumeración sea taxativa, los servicios de el LOCADOR , perseguirán los siguientes objetivos: § Identificar los delitos, características de la organiza- ción, sus integrantes y modo de proceder. § Investigar los hechos criminales cometidos por la organización. § Denunciar a los responsables. § Coadyuvar a la determinación de responsabilidades penales y a la aplicación de las sanciones que correspon- dan. § Iniciar las acciones tendientes a la recuperación del dinero ilícitamente captado por la organización criminal, dirigida por Vladimiro Montesinos Torres y los que resul- ten responsables. § Actuar con la transparencia que esta delicada tarea exige y difundir los avances de la investigación. § Efectuar las acciones legales tendientes a la captura de los incriminados y, de ser el caso, los procesos de extradición correspondientes 3.1.3 Para el logro de los objetivos antes expuestos el LOCADOR se obliga a realizar las siguientes activida- des: § Indagaciones preliminares destinadas a la recolec- ción de evidencia. § Coordinaciones con entidades públicas y privadas, nacionales y extranjeras relacionadas con la investiga- ción. § Formalización de las denuncias correspondientes. § Actividad probatoria en las diversas investigaciones y procesos judiciales. § Defensa judicial del Estado que comprende la adop- ción de medidas cautelares y gestiones destinadas a la recuperación del dinero producto de los delitos. § Representación del Estado en jurisdicciones extran- jeras. § Las demás que de acuerdo con su criterio profesional o a propuesta del Ministerio de Justicia, considere necesarias para alcanzar los objetivos descritos en esta cláusula. 3.2El compromiso de realizar estas actividades corre desde el nombramiento de los procuradores hasta el 31 de marzo de 2001, y comprende todas las indagaciones pre- liminares, recolección de evidencia, formalización de de- nuncias y otras necesarias para sentar las bases de la estrategia legal a nivel nacional e internacional. 3.3En el desarrollo de los servicios, el LOCADOR, sus abogados y el personal a su cargo se desempeñarán en forma independiente, sin relación de subordinación respecto de el PROYECTO , realizando las actividades que comprende la prestación de servicios de asesoría y asistencia legal a que se refiere los términos de referencia Segundo y Tercero, en sus propias instalaciones, salvo que las circunstancias ameriten su presencia en lugares diversos. 4.0Honorarios Profesionales y Forma de Pago 4.1En contraprestación por los servicios materia del contrato, el LOCADOR tendrá derecho a percibir los honorarios profesionales que a continuación se detallan:(i)US $ 350 000,00 (Trescientos Cincuenta Mil y 00/100 Dólares Americanos) más el Impuesto General a las Ventas, dentro de los siete días siguientes a la firma del presente contrato; (ii)La suma de US $ 42 000.00 (Cuarenta y Dos Mil y 00/100 Dólares Americanos) mensuales más el Impuesto General a las Ventas, que se abonará sólo por tres meses pagaderos el último día útil de los meses de noviembre y diciembre del año 2000 y marzo del año 2001. 4.2El LOCADOR entregará al PROYECTO un In- forme Final en idioma español en el cual se resumirán los trabajos realizados por el LOCADOR en virtud de este Contrato. Este Informe es requisito indispensable para efectuar el último pago. 4.3Todos los pagos los efectuará a nombre de el LOCADOR la Oficina Local del PNUD en dólares de los Estados Unidos. No se entenderá que esos pagos hechos por el PNUD eximan al LOCADOR de las responsabili- dades a que se obligue en virtud del presente Contrato. 4.4El LOCADOR deja constancia que con ocasión de la designación de los Procuradores ha recibido direc- tamente de las autoridades de ese entonces la suma de US$ 29 000.00 (Veintinueve Mil y 00/100 Dólares Ameri- canos) por concepto de gastos y con cargo a rendir cuentas. Dicha suma no forma parte del presente contrato. 5.0 Conceptos comprendidos en el honorario 5.1El honorario comprende todos los servicios descri- tos en el presente Contrato. El LOCADOR será el encar- gado de abonar directamente al Procurador Público Ad Hoc y a los Procuradores Públicos Adjuntos, los honora- rios por la prestación de sus servicios. Asimismo, serán de su cuenta y cargo los honorarios de los demás abogados que estime conveniente destacar o contratar para colabo- rar con los Procuradores en la defensa de los intereses del Estado, salvo el caso de Abogados o Estudios Jurídicos que sean necesarios para actuar en jurisdicciones distintas a la peruana, así como de expertos, nacionales y/o extranje- ros, pertenecientes a profesiones distintas a la abogacía. 5.2En ejecución del presente contrato el LOCADOR aportará el apoyo técnico, administrativo e infraestructu- ra necesaria según se requiera para el cumplimiento del mismo. 6.0Gastos en la prestación del servicio El honorario comprende los gastos que conforme al numeral cinco, son de cuenta y cargo de el LOCADOR. Para los demás casos, el PROYECTO deberá efectuar la correspondiente asignación de recursos destinados a la atención de los gastos en que incurra el LOCADOR , pudiendo decidir respecto del destino de estos recursos, siempre que tengan relación con los servicios materia del contrato, y salvo por aquellos que sean competencia de los órganos que a tales efectos sean designados mediante el Decreto Supremo que aprobará el Contrato. 6.1El LOCADOR deberá presentar a el PROYEC- TO, en forma mensual, un informe de rendición de cuen- tas en el cual se detallen los desembolsos efectuados, así como los comprobantes de pago que sustentan los mismos. 6.2Tratándose de contrataciones y adquisiciones me- nores o rutinarias tipo viajes, viáticos, traducciones y demás gastos cuya suma no exceda a la suma de US$ 5 000,00 (Cinco Mil y 00/100 Dólares Americanos), el LOCADOR podrá realizarlos directamente con cargo al fondo rotativo que para estos efectos se ha creado, respetando la escala de viáticos vigente señalada en el Decreto Supremo Nº 031-89- EF, así como los parámetros del Decreto de Urgencia Nº 058- 2000. 7.0Confidencialidad 7.1El LOCADOR se obliga a mantener la más estric- ta confidencialidad de toda la información a la que tenga acceso en virtud de la ejecución del Contrato. El cumpli- miento de esta obligación comprende a todos sus abogados y al personal que preste servicios en su favor, con indepen- dencia de su participación o no, directa o indirecta, en la ejecución del Contrato. 7.2El LOCADOR no comunicará a persona alguna, Gobierno o entidad ajena al PROYECTO la información inédita que llegue a su conocimiento en el curso del desempeño de sus funciones bajo los términos de este Contrato, excepto cuando fuese requerido por el encargo