TEXTO PAGINA: 64
Pág. 196886 NORMAS LEGALES Lima, viernes 5 de enero de 2001 mos tóxicos que sobrepasen el grado 2 de la Escala Modi- ficada de Ringelmann. Los propietarios de los vehículos que excedan los límites máximos permisibles de emisión de gases serán sancionados con multas conforme a lo establecido en la Ordenanza Nº 061-94/MML emitida por la Municipalidad Metropolitana de Lima, según el si- guiente detalle: Automóviles y otros 5% UIT Combis, camionetas y similares 10% UIT Camiones, ómnibus y microbuses 20% UIT En caso de que el infractor se oponga a la medición o fugue, se hará acreedor a una multa equivalente al 20% de la UIT. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- Los propietarios de los vehículos que so- brepasen los límites máximos establecidos en la presente Ordenanza, deberán realizar las reparaciones necesarias para adecuarse a la misma, en el plazo de 90 días conta- dos a partir de la entrada en vigencia de la presente norma. Segunda.- Oficializar en el distrito el empleo de la Cartilla Modificada de Ringelmann, como instrumento para determinar los porcentajes de densidad óptica en la evaluación de contaminantes visibles, en tanto no se establezca por los órganos competentes los estándares de calidad de aire. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Incorporar al Cuadro de Sanciones y Escala de Multas de la Municipalidad de San Miguel, las sanciones previstas en la presente Ordenanza. Segunda.- Encargar a la Dirección de Infraestructura y Desarrollo Urbano, Dirección de Servicios Sociales y Direc- ción de Servicios Comunales, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Tercera.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MARINA SEQUEIROS MONTESINOS Alcaldesa 15440 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Autorizan adquisición de combustible para unidades vehiculares de la Muni- cipalidad mediante proceso de adjudi- cación directa de menor cuantía RESOLUCIÓN Nº 1302-2000-RASS Santiago de Surco, 28 de diciembre de 2000 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO VISTO: Los Informes Nº 754, Nºs. 758 y 796-2000-USGM- OA-MSS de la Unidad de Servicios Generales y Manteni- miento sus fecha 6 y 20 de diciembre del 2000, respectiva- mente, solicitando se declare en Situación de Urgencia los suministros de combustible para las unidades vehiculares de esta corporación municipal por un período de 60 días a partir del primero de enero del 2001; y, CONSIDERANDO: Que, mediante los informes de visto, la Unidad de Servicios Generales y Mantenimiento, solicita que mien-tras duren los procesos de Licitación Pública para la Adquisición de Combustibles en el período 2001, se declare en Situación de Urgencia a fin de atender los requerimien- tos solicitados y no poner en riesgo la operatividad y funcionamiento de los vehículos de propiedad de la corpo- ración municipal, señalando un monto total de S/. 467,640.06 de acuerdo a los precios unitarios referencia- les, para el período indicado; TIPO DE COMBUSTIBLE GALONES P.U.R. SOLES Petróleo Diesel D-2 41,649.40 S/. 7.116 293,377.13 Gasolina 84 Octanos 3,325.10 8.104 26,946.61 Gasolina 90 Octanos 3,330.00 9.104 30,316.32 TIPO DE COMBUSTIBLE LITROS P.U.R. SOLES Gas Licuado de Petróleo 82,608.695 S/. 1.380 114,000.00 Que, mediante Informes Nºs. 1892 y 1931-2000-OAJ- MSS de la Oficina de Asesoría Jurídica sus fechas 15 y 21 de diciembre del 2000, opina favorablemente, para que el reque- rimiento solicitado por la Unidad de Servicios Generales y Mantenimiento sea atendido como Situación de Urgencia, toda vez que su ausencia, comprometería en forma directa e inminente la continuidad de un servicio esencial, destinado para el funcionamiento de los vehículos de la Dirección de Servicios Básicos, Seguridad Ciudadana y demás áreas de la municipalidad, informe que se ampara en lo establecido en el Artículo 21º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado Nº 26850; Que, la Situación de Urgencia, como causal de exone- ración de Licitación o Concurso Público, se encuentra esta- blecido en el inciso c) del Artículo 19º de la Ley anteriormente referida y debe entenderse como una medida temporal ante un hecho de excepción que determina una acción rápida de contratación, sin perjuicio del proceso de selección corres- pondiente para las contrataciones y adquisiciones definiti- vas de acuerdo con el criterio orientador del Consejo Supe- rior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado puesto de manifiesto en su Comunicado Nº 002-2000(PRE) de fecha 27 de enero del 2000; Que, en tal sentido, mediante Resoluciones de Alcaldía Nºs. 1256 y 1268-2000-RASS, sus fechas 9 y 15 de diciembre del presente año, se han aprobado las Convocatorias y Bases Administrativas de las Licitaciones Públicas 001 y 002-2001 para la adquisición de los Suministros de Combustible de Gasolina y Petróleo D-2, y Combustible de Gas Licuado de Petróleo respectivamente, procesos que se vienen ejecutan- do de acuerdo al cronograma establecido para cada proceso de selección; Con las visaciones de la Dirección Municipal, Oficinas de Administración, Asesoría Jurídica, y las Unidades de Servi- cios Generales y Mantenimiento y Abastecimiento; De conformidad con lo dispuesto por los Artículos 19º, literal c), 20º y 21º de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 039-98-PCM; y, En uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del Artículo 47º de la Ley Nº 23853 - Ley Orgánica de Municipa- lidades; RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar en Situación de Urgen- cia los Suministros de Combustible de Gasolina y Petróleo D-2, y Combustible de Gas Licuado de Petróleo para las unidades vehiculares de esta corporación a partir del 1 de enero del 2001 por un período de 60 días y/o hasta la suscripción del contrato con el proveedor que obtenga la Buena Pro en el Proceso de Selección correspondiente, lo que ocurra primero. Artículo Segundo.- Autorizar al Jefe de la Oficina de Administración, como Organo Encargado para que proce- da a contratar, mediante Proceso de Adjudicación Directa de Menor Cuantía, los Suministros de Combustibles re- queridos por la Unidad de Servicios Generales y Manteni- miento. Artículo Tercero.- Poner en conocimiento la presente Resolución a la Comisión de Presupuesto y Cuenta General del Congreso de la República, del Ministerio de Economía y Finanzas y de la Contraloría General de la República. Artículo Cuarto.- Publicar la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CARLOS DARGENT CHAMOT Alcalde 15431