Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE ENERO DEL AÑO 2001 (06/01/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 19

Pág. 196905 NORMAS LEGALES Lima, sábado 6 de enero de 2001 DECRETA: Artículo Primero.- Déjese sin efecto el Decreto Su- premo Nº 002-2001-RE, por las razones expuestas en la parte considerativa. Artículo Segundo.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Minis- tros y Ministro de Relaciones Exteriores, y los señores Ministros de Salud y de Justicia. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cinco días del mes de enero del año dos mil uno. VALENTIN PANIAGUA CORAZAO Presidente Constitucional de la República JAVIER PÉREZ DE CUÉLLAR Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Relaciones Exteriores EDUARDO PRETELL ZÁRATE Ministro de Salud DIEGO GARCIA SAYAN LARRABURE Ministro de Justicia 15639 Delegan facultades al representante permanente del Perú ante la OEA para suscribir la "Convención Interamerica- na sobre Desaparición Forzada de Per- sonas" RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 012-2001-RE Lima, 5 de enero de 2001 Visto el Memorándum (SME-ASH-DHU) Nº 01-2001, de 2 de enero de 2001, de la Dirección de Asuntos Sociales y Humanitarios; Debiendo suscribirse la "Convención Interamerica- na sobre Desaparición Forzada de Personas" , adopta- da en la ciudad de Belem Do Para, República Federativa del Brasil, el 9 de junio de 1994; De conformidad con lo establecido en el inciso g) del Artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, de 28 de diciembre de 1992, y el Decreto Supremo Nº 517, de 5 de noviembre de 1954; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: 1.- Delegar en la persona del Embajador José Ma- nuel Rodríguez Cuadros, Representante Permanente del Perú ante la Organización de los Estados America- nos (OEA), las facultades suficientes para suscribir en representación del Gobierno del Perú, la "Conven- ción Interamericana sobre Desaparición Forza- da de Personas" , adoptada en la ciudad de Belem Do Para, República Federativa del Brasil, el 9 de junio de 1994. 2.- Extender los Plenos Poderes correspondientes al Embajador José Manuel Rodríguez Cuadros, Represen- tante Permanente del Perú ante la Organización de los Estados Americanos (OEA). Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República JAVIER PÉREZ DE CUÉLLAR Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Relaciones Exteriores 15605SALUD Aprueban la "Guía de Inspección para Establecimientos de Fabricación de Cosméticos" RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 002-2001-SA/DM Lima, 2 de enero del 2001 Visto el Oficio Nº 552-99-DG-AL-DIGEMID, cursado por la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas; CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Ministerial Nº 518-99-SA/ DM del 20 de octubre de 1999, ha sido aprobado el Manual de Buenas Prácticas de Manufactura de Productos Cos- méticos; De conformidad con la Ley General de Salud Nº 26842 y el Reglamento para el Registro, Control y Vigilancia Sanitaria de Productos Farmacéuticos y Afines, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-97-SA; y, Con la opinión favorable del Viceministro de Salud; SE RESUELVE: 1. Aprobar la " Guía de Inspección para Esta- blecimientos de Fabricación de Cosméticos" , que forma parte de la presente Resolución. 2. La Guía de Inspección para Establecimientos de Fabricación de Cosméticos estará a disposición del públi- co para su adquisición, en la Dirección General de Medi- camentos, Insumos y Drogas, y en las Direcciones Regio- nales de Salud y Direcciones Subregionales de Salud, en un plazo máximo de 30 días naturales contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolu- ción. Regístrese y comuníquese. EDUARDO PRETELL ZÁRATE Ministro de Salud 15487 Aprueban la "Guía de Inspección de Buenas Prácticas de Manufactura de Insumos de Uso Médico-Quirúrgico u Odontológico Estériles y Productos Sanitarios Estériles" RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 003-2001-SA/DM Lima, 2 de enero del 2001 Visto el Oficio Nº 862-2000-DG-ADG-DIGEMID, cur- sado por la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas; CONSIDERANDO: Que por Resolución Ministerial Nº 204-2000-SA/DM, se ha aprobado el Manual de Buenas Prácticas de Manu- factura de Insumos de Uso Médico-Quirúrgico u Odonto- lógico Estériles y Productos Sanitarios Estériles, en el cual se establece los criterios técnicos que deben ser cumplidos por los laboratorios que fabrican insumos de uso médico-quirúrgico u odontológico estériles y produc- tos sanitarios estériles; Que en tal sentido, es necesario aprobar una guía que sirva de instrumento técnico en las inspecciones a los referidos establecimientos;