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Pág. 196903 NORMAS LEGALES Lima, sábado 6 de enero de 2001 Vistos el Informe Legal Nº 02-2000-SBI-OAI, emitido por el Organo de Auditoría Interna de la Sociedad de Beneficencia Pública de Ica; CONSIDERANDO: Que de acuerdo a las conclusiones y recomendaciones contenidas en el Informe Especial Legal Nº 02-2000-SBI-OAI, del Organo de Auditoría Interna de la Sociedad de Beneficen- cia Pública de Ica, se ha determinado la presunta responsabi- lidad penal y civil en que habrían incurrido la ex Presidenta del Directorio y ex Tesorera de la mencionada Institución en el ejercicio de sus funciones durante el período de 1997; Que de los hechos descritos en el referido Informe se evidencian indicios razonables de la comisión de ilícitos penales y responsabilidad civil por parte de las señoras Sonia Miranda Nieto, ex Presidenta del Directorio y CPC Martha Mejía Ruiz, es Tesorera de la Sociedad de Bene- ficencia Pública de Ica, al haber efectuado la adquisición de maquinaria industrial a la Empresa Exclusividades American Shane EIRL para el Centro de Educación Ocu- pacional Peruano Japonés sobrevaluando dichas maqui- narias por la cantidad ascendente a US$ 6,379.96 (SEIS MIL TRESCIENTOS SETENTA Y NUEVE Y 96/100 DOLARES AMERICANOS), incumpliendo el procedi- miento establecido en el Reglamento Unico de Adqui- siciones para el Suministro de Bienes - RUA; Que en consecuencia es necesario autorizar a la señora Procuradora Pública encargada de la representación y de- fensa de los intereses del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH, a efectos de que inicie e impulse las acciones judiciales correspondientes, con el objeto de salvaguardar los intereses de la institución; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú, Decreto Ley Nº 17537 - Ley de Representación y Defensa del Estado en Juicio modificado por Decreto Ley Nº 17667 y el Decreto Legis- lativo Nº 866 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano, modificado por Decreto Legislativo Nº 893 y Leyes Nº 27050, Nº 27273; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la Procuradora Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Promo- ción de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH, para que en representación y defensa de los intereses del Estado, inicie e impulse las acciones judiciales contra las señoras Sonia Miranda Nieto, ex Presidenta del Directo- rio y CPC Martha Mejía Ruiz, ex Tesorera de la Sociedad de Beneficencia Pública de Ica, y todos aquellos que resulten responsables por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución así como los antecedentes del caso a la mencionada Procu- radora Pública para los fines consiguientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. SUSANA VILLARAN DE LA PUENTE Ministra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano 15617 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 002-2001-PROMUDEH Lima, 5 de enero de 2001 Vistos el Informe Legal Nº 03-2000-SBI-OAI, emitido por el Organo de Auditoría Interna de la Sociedad de Beneficencia Pública de Ica; CONSIDERANDO: Que de acuerdo a las conclusiones y recomendaciones contenidas en el Informe Especial Legal Nº 03-2000-SBI- OAI, del Organo de Auditoría Interna de la Sociedad de Beneficencia Pública de Ica, se ha determinado la presun- ta responsabilidad civil en que habrían incurrido los ex miembros del Comité Especial de la Sociedad de Benefi-cencia Pública de Ica encargado del Concurso de Precios Nº 01-99-SBI para la ejecución de la obra Cimentación y Construcción de 720 nichos adultos; Que de los hechos descritos en el referido Informe se evidencian indicios razonables de responsabilidad civil por parte de los ex miembros del mencionado Comité Especial señores CPC Luis Hernández Aparcana, en su condición de ex Presidente del Comité y Gerente Administrativo de la Sociedad de Beneficencia Pública de Ica, Lic. Cecilia Cornejo Laos en su condición de ex Secretaria del Comité y ex Jefa de Abastecimiento, y los ex miembros del Comité CPC Orlando De La Cruz Chacaliaza, Ing. Juan Yeren Macedo y Manuel Pariona Anaya, al haber otorgado la Buena Pro a la Empresa Rajo Contratistas Generales S.R.L., por el monto de S/. 145,018.06 (CIENTO CUARENTA Y CINCO MIL DIECIOCHO Y 06/100 NUEVOS SOLES) existiendo una Propuesta Económica por la suma de S/. 137,267.81 (CIEN- TO TREINTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS SESENTA Y SIETE Y 81/100 NUEVOS SOLES) causando un perjuicio económico a la institución ascendente a S/. 7,750.25 (SIETE MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y 25/100 NUEVOS SOLES), incumpliendo el procedimiento establecido en la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 039-98-PCM; Que en consecuencia es necesario autorizar a la señora Procuradora Pública encargada de la representación y de- fensa de los intereses del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH, a efectos de que inicie e impulse las acciones judiciales correspondientes, con el objeto de salvaguardar los intereses de la institución; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú, Decreto Ley Nº 17537 - Ley de Representación y Defensa del Estado en Juicio modificado por Decreto Ley Nº 17667 y el Decreto Legis- lativo Nº 866 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano, modificado por Decreto Legislativo Nº 893 y Leyes Nº 27050, Nº 27273; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la Procuradora Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH, para que en representación y defensa de los intereses del Estado, inicie e impulse las acciones judiciales contra los ex miembros del Comité Especial de la Sociedad de Beneficencia Pública de Ica encargado del Concurso de Precios Nº 01-99-SBI, señores CPC Luis Hernández Aparcana, en su condición de ex Presidente del Comité y Gerente Administrativo de la Sociedad de Beneficencia Pública de Ica; Lic. Cecilia Cornejo Laos en su condición de ex Secretaria del Comité y ex Jefa de Abastecimiento; y los ex miembros del Comité CPC Orlando De La Cruz Chacaliaza, Ing. Juan Yeren Macedo, y Manuel Pariona Anaya, y todos aquellos que resulten respon- sables por los fundamentos expuestos en la parte considera- tiva de la presente Resolución. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución así como los antecedentes del caso a la mencionada Procu- radora Pública para los fines consiguientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. SUSANA VILLARAN DE LA PUENTE Ministra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano 15618 Autorizan a procuradora iniciar proce- so judicial contra ex funcionarios del Patronato del Parque de Las Leyendas - PATPAL, por presunta responsabili- dad penal RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 003-2001-PROMUDEH Lima, 5 de enero de 2001