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Pág. 197318 NORMAS LEGALES Lima, martes 16 de enero de 2001 inscr ipción provisional de los candidatos a la Presidencia y Primera Vicepresidencia de la República del Partido Aprista Peruano, efectuada mediante Resolución Nº 031- 2001-JNE; Los escritos recibidos el 10 y 13 de enero del 2001 del señor Ángel Romero Díaz, personero legal titular del Partido Aprista Peruano, mediante los cuales presenta, respectivamente, documentos para sustentar la candida- tura a la Presidencia de la República del señor Alan García Pérez y descargos contra el recurso de nulidad señalado en el considerando anterior; CONSIDERANDO Que las organizaciones políticas inscritas en el Regis- tro de Organizaciones Políticas pueden presentar una fórmula de candidatos a la Presidencia y Vicepresidencias de la República hasta noventa días naturales antes de la fecha de las elecciones, conforme está establecido en los Artículos 104º y 109º de la Ley Orgánica de Elecciones; Que mediante Resolución Nº 031-2001-JNE, publica- da en el Diario Oficial el Peruano el 10 de enero del 2001, se dispuso inscribir provisionalmente a la fórmula de candidatos a la Presidencia y Vicepresidencias de la República presentada por el Partido Aprista Peruano; Que la nulidad se sustenta en que el documento remi- tido vía fax no es un medio idóneo para acreditar el acto de inscripción de una fórmula presidencial; Que son documentos los escritos, impresos, fotocopias, facsímil o fax, planos y otros medios u objetos que recojan, contengan o representen algún hecho o una actividad humana o su resultado; de conformidad con lo previsto en el Artículo 234º del Código Procesal Civil; Que la nulidad sólo se sanciona por causa establecida en la ley o cuando el acto procesal careciera de los requi- sitos indispensables para la obtención de su finalidad; de conformidad con lo establecido en el Artículo 171º del Código Procesal Civil; Que la solicitud de inscripción de fórmulas presiden- ciales a que se refiere el Artículo 104º de la Ley Orgánica de Elecciones no está sujeta a formalidad alguna; y, Que no existiendo conexión lógica entre los fundamen- tos de hecho y el petitorio señalados en el recurso de nulidad interpuesto; y, no habiendo incurrido en causal de nulidad el acto de inscripción de la fórmula presidencial presentada por el Partido Aprista Peruano; El Jurado Nacional de Elecciones en uso de sus atribu- ciones; RESUELVE: Artículo Único.- Declarar improcedente el recurso de nulidad interpuesto por el señor Julio Quintanilla Loayza en contra de la inscripción provisional de los candidatos a la Presidencia y Primera Vicepresidencia de la República del Partido Aprista Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SÁNCHEZ-PALACIOS PAIVA BOLÍVAR ARTEAGA SOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓ DE VALDIVIA CANO BALLÓN-LANDA CÓRDOVA, Secretario General 16324 Inscriben definitivamente fórmula de candidatos a la Presidencia y Vicepresi- dencias de la República presentada por el Partido Aprista Peruano RESOLUCIÓN Nº 051-2001-JNE Lima, 15 de enero de 2001 CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Nº 031-2001-JNE de fecha 9 de enero del 2001, publicada en el Diario Oficial ElPeruano el 10 de enero del presente año, se inscribió provisionalmente la fórmula de candidatos a la Presi- dencia y Vicepresidencias de la República del Partido Aprista Peruano; Que habiéndose vencido el término de dos días naturales siguientes a la publicación referida en el párrafo anterior, y al no haberse formulado tacha con- tra los candidatos que integran la fórmula presidencial presentada por el Partido Aprista Peruano, debe proce- derse a su inscripción definitiva, conforme está estable- cido en el Artículo 111º de la Ley Orgánica de Eleccio- nes Nº 26859; Por estas consideraciones, el Jurado Nacional de Elecciones en cumplimiento de lo establecido en los nume- rales 2) y 3) del Artículo 178º de la Constitución Política del Perú; RESUELVE: Artículo Primero.- Inscribir en forma definitiva para las elecciones generales del año 2001 a la siguiente fórmu- la de candidatos a la Presidencia y Vicepresidencias de la República del Partido Aprista Peruano: Para Presidente de la República: Don ALAN GA- BRIEL GARCÍA PÉREZ. Para Primer Vicepresidente de la República: Don JOSÉ HUMBERTO MURGIA ZANNIER. Para Segundo Vicepresidente de la República: Don JORGE ALFONSO DEL CASTILLO GÁLVEZ. Artículo Segundo.- Poner en conocimiento de la Oficina Nacional de Procesos Electorales la presente resolución para los fines de ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SÁNCHEZ-PALACIOS PAIVA BOLÍVAR ARTEAGA SOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓ DE VALDIVIA CANO BALLÓN-LANDA CÓRDOVA, Secretario General. 16325 Inscriben definitivamente fórmula de candidatos a la Presidencia y Vicepresi- dencias de la República presentadas por el partido político Renacimiento Andino RESOLUCIÓN Nº 052-2001-JNE Lima, 15 de enero de 2001 CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Nº 027-2001-JNE de fecha 9 de enero del 2001, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 10 de enero del presente año, se inscribió provisionalmente la fórmula de candidatos a la Presi- dencia y Vicepresidencias de la República presentada por el partido político Renacimiento Andino; Que habiéndose vencido el término de dos días naturales siguientes a la publicación referida en el párrafo anterior, y al no haberse formulado tacha con- tra la inscripción de la fórmula presidencial presentada por el partido político Renacimiento Andino, debe pro- cederse a su inscripción definitiva, conforme está esta- blecido en el Artículo 111º de la Ley Orgánica de Elec- ciones Nº 26859; Por estas consideraciones, el Jurado Nacional de Elecciones en cumplimiento de lo establecido en los nume- rales 2) y 3) del Artículo 178º de la Constitución Política del Perú;