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Pág. 197476 NORMAS LEGALES Lima, viernes 19 de enero de 2001 SE RESUELVE: Artículo 1º.- IMPONER las servidumbres de electroducto y de tránsito para custodia, conservación y reparación de las obras e instalaciones de la línea de transmisión eléctrica 220 kV S.E. Talara - S.E. Zorri- tos, ubicada en las provincias de Talara y Contralmi- rante Villar de los departamentos de Piura y Tumbes, respectivamente, a favor de Electricidad del Perú S.A. - ELECTROPERU S.A., con carácter permanen- te, de acuerdo a la documentación técnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme a los si- guientes cuadros: 1. L.T. 60 kV S.E. Talara - S.E. Zorritos Nivel de Nº de Longitud Ancho de Cod. Exp. Inicio y Llegada de la Tensión Ternas (Km.) la Faja Línea Eléctrica (kV) (m) 21109800 S.E. Talara - S.E. Zorritos 220 01 133,41 25 2. S.E.T. Zorritos Área de Tipo de Cod. Exp. Descripción de la Servidumbre Servidumbre Propietario terreno 21109800 Subestación de Transformación Suelo: 12 249,37 Estado Eriazo Zorritos m² y sus aires Ubicación: Distrito de Zorritos, provincia de Contralmirante Villar, departamento de Tumbes. Coordenadas UTM: Vértice Este Norte V1 544 240,152 9 597 431,63 V2 544 304,642 9 597 417,59 V3 544 285,540 9 597 329,80 V4 544 240,490 9 597 339,60 V3 544 232,360 9 597 395,25 Artículo 2º.- Los propietarios de los predios sirvien- tes, dentro de la faja de servidumbre, no podrán construir obras de cualquier naturaleza ni podrán realizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de las servi- dumbres constituidas. Artículo 3º.- ELECTROPERU S.A. deberá adoptar las medidas necesarias a fin de que los predios sirvientes no sufran daño ni perjuicio por causa de las servidumbres, quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Artículo 4º.- ELECTROPERU S.A. deberá velar permanentemente para evitar que en el área afectada por la servidumbre se ejecute cualquier tipo de construcción. Artículo 5º.- La presente Resolución entrará en vi- gencia el día de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS HERRERA DESCALZI Ministro de Energía y Minas 15503 MITINCI Autorizan e inscriben memorias solo de lectura que conforman programas de juegos de máquinas tragamonedas, solicitadas por Recreativos Turísticos Franco Perú S.A. RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 1078-2000-MITINCI/VMT/DNT Lima, 29 de diciembre del 2000 Vistos, el Expediente Nº 028026-2000-MITINCI pre- sentado por la empresa Recreativos Turísticos FrancoPerú S.A. solicitando la autorización y registro de 15 memorias solo de lectura y el Informe Nº 341-2000-MI- TINCI/VMT/DNT/DEJCMT/DICF-E.B.M.; CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 27153 se reguló la explotación de juegos de casino y máquinas tragamonedas, estableciéndose en su Artículo 11º que los programas de juego cuya explotación es permitida en el país son aquellos que cuentan con autori- zación y registro otorgado por la autoridad competente; Que, el Artículo 11º del Reglamento para la explotación de juegos de casino y máquinas tragamonedas, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 001-2000-ITINCI estable- ce la información que tiene que presentar el interesado para obtener el registro de las memorias que conforman los programas de juego de las máquinas tragamonedas; Que, de la evaluación de la documentación e informa- ción presentada se advierte que la empresa Recreativos Turísticos Franco Perú S.A. ha cumplido con las disposi- ciones legales aplicables; De conformidad con la Ley Nº 27153 y el Decreto Supremo Nº 001-2000-ITINCI; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar e inscribir 15 memorias solo de lectura, de acuerdo con el siguiente detalle: Nº Nº de Código de Nombre del Fabricante País Registro la memoria 01. A0002146 53500A Recreativos Franco S.A. España 02. A0002147 53500B Recreativos Franco S.A. España 03. A0002148 53500C Recreativos Franco S.A. España 04. A0002149 53500D Recreativos Franco S.A. España 05. A0002150 53500E Recreativos Franco S.A. España 06. A0002151 53500F Recreativos Franco S.A. España 07. A0002152 53500G Recreativos Franco S.A. España 08. A0002153 53500H Recreativos Franco S.A. España 09. A0002154 53500I Recreativos Franco S.A. España 10. A0002155 53500J Recreativos Franco S.A. España 11. A0002156 53500K Recreativos Franco S.A. España 12. A0002157 53500L Recreativos Franco S.A. España 13. A0002158 53500M Recreativos Franco S.A. España 14. A0002159 53500N Recreativos Franco S.A. España 15. A0002160 53500O Recreativos Franco S.A. España Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA DEL ROCÍO VESGA GATTI Directora Nacional de Turismo 16445 Otorgan autorización a Concesiones y Entretenimientos Magdalena S.A.C. para explotar máquinas tragamonedas en la provincia de Lima RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 012-2001-MITINCI/VMT/DNT Lima, 9 de enero del 2001 Vistos, el Expediente Nº 002909-2000-MITINCI, pre- sentado por la Empresa CONCESIONES Y ENTRE- TENIMIENTOS MAGDALENA S.A.C., en el que solicita autorización para la explotación de máquinas tragamo- nedas en la Discoteca ubicada en jirón Enrique Llosa Nºs. 262-264, distrito de Magdalena del Mar, provincia y de- partamento de Lima, y los Informes Técnico Nº 001-2001- DEJCMT/DICF/h.r., Financiero Nº 182-2000-DEJCMT/ LAT y Legal Nº 001-2001-DEJCMT/DAR/APD; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27153 se reguló la explotación de los juegos de casino y máquinas tragamonedas, esta- bleciendo los requisitos y documentos requeridos para obtener una autorización para explotar máquinas traga-