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Pág. 197489 NORMAS LEGALES Lima, viernes 19 de enero de 2001 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 21-2001-MTC/15.18 Lima, 10 de enero de 2001 VISTOS, el Expediente Nº 2000-003837 de fecha 21 de diciembre del 2000, organizado por la EMPRESA DE TRANSPORTES "PACCLA" S.A.C, Informe Técnico Nº 003-2001-MTC/15.18.04.1.RCM y Memorándum Nº 087- 2001-MTC/15.18.04, de la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional; CONSIDERANDO: Que, la EMPRESA DE TRANSPORTES "PACCLA" S.A.C., mediante el expediente indicado en vistos, solicita el otorgamiento de concesión de ruta: Lima - Acobamba y viceversa, al amparo de lo establecido en el Reglamento del Servicio Público de Transporte Terrestre Interprovin- cial de Pasajeros por Carretera en Ómnibus, aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC; Que, la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional ha revisado la documentación presentada según Informe Técnico Nº 003-2001-MTC/ 15.18.04.1.RCM concluyendo que la referida empresa ha cumplido con los requisitos establecidos en el Artículo 13º del referido Reglamento y lo dispuesto en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción aprobado por Decreto Supremo Nº 029-2000-MTC; Estando a lo opinado por las Direcciones de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional en Memorán- dum Nº 087-2001-MTC/15.18.04 y de Asesoría Legal en Informe Nº 020-2001-MTC/15.18.01 ambas dependencias de la Dirección General de Circulación Terrestre; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla- tivo Nº 640 y su Reglamento aprobado por Decreto Supre- mo Nº 05-95-MTC, Ley Nº 25035 y su Reglamento aproba- do por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Trans- portes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción apro- bado por Decreto Supremo Nº 029-2000-MTC y el Decreto Ley Nº 25862 - Ley Orgánica del Ministerio de Transpor- tes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; SE RESUELVE: Primero.- Otorgar a favor de la EMPRESA DE TRANSPORTES "PACCLA" S.A.C., la concesión de ruta: Lima - Acobamba y viceversa, para prestar servicio públi- co de transporte terrestre interprovincial de pasajeros por carretera en ómnibus, por el período de diez (10) años, contados a partir de la fecha de expedición de la presente Resolución, de acuerdo a los siguientes términos: RUTA :LIMA - ACOBAMBA y viceversa ORIGEN :LIMA DESTINO :ACOBAMBA ITINERARIO :HUANCAYO - PAUCARA ESCALA COMERCIAL :HUANCAYO - PAUCARA FRECUENCIAS :Una (1) diaria en cada extremo de ruta FLOTA VEHICULAR :Tres (3) ómnibus FLOTA OPERATIVA :Dos (2) ómnibus de placas de rodaje UO-9981 (1995) y VG-5288 (2000) FLOTA DE RESERVA :Un (1) ómnibus de placa de rodaje UO-5984 (1995) HORARIOS :Salida de Lima: 16.00 horas Salida de Acobamba: 17.00 horas Las tarjetas de circulación serán expedidas con rela- ción al año de fabricación de los vehículos antes mencio- nados. Segundo.- La presente resolución deberá ser publica- da por la empresa en el Diario Oficial El Peruano dentro de los treinta (30) días calendario, siguientes a la fecha de su notificación. Tercero.- La empresa iniciará el servicio dentro de los treinta (30) días calendario, improrrogables contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución. De no iniciar el servicio dentro del plazo establecido en el párrafo precedente, se aplicará lo dispuesto en el segundo párrafo del Artículo 16º del Decreto Supremo Nº 05-95-MTC. Cuarto.- Encargar la ejecución de la presente Resolu- ción a la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional.Regístrese y comuníquese. OSCAR MORENO ARAUJO Director General Dirección General de Circulación Terrestre 16381 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 19-2001-MTC/15.18 Lima, 9 de enero de 2001 VISTOS, los Expedientes Nºs. 2000-003217, 2000- 003217-A y 2000-003217-B de fechas 5 y 18 de diciembre del 2000 y 5 de enero del 2001, organizados sobre conce- sión de ruta del servicio público de transporte terrestre interprovincial de pasajeros por carretera en ómnibus, solicitado por la EMPRESA DE TRANSPORTES TURIS- MO REGIONAL "SOCIEDAD COMERCIAL DE RES- PONSABILIDAD LIMITADA" (TURR S.R.L.), Informe Técnico Nº 1009-2000-MTC/15.18.04.1.SCG y Memorán- dum Nº 6578-2000-MTC/15.18.04, de la Dirección de Trans- porte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional; CONSIDERANDO: Que, la EMPRESA DE TRANSPORTES TURISMO REGIONAL "SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPON- SABILIDAD LIMITADA" (TURR S.R.L.), mediante los expedientes indicados en vistos, solicita el otorgamiento de concesión de ruta: Huancayo - Lima y viceversa, al amparo de lo establecido en el Reglamento del Servicio Público de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasa- jeros por Carretera en Ómnibus, aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC; Que, la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional ha revisado la documentación presentada según Informe Técnico Nº 1009-2000-MTC/ 15.18.04.1.SCG concluyendo que la referida empresa ha cumplido con los requisitos establecidos en el Artículo 13º del referido Reglamento y lo dispuesto en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción aprobado por Decreto Supremo Nº 029-2000-MTC; Estando a lo opinado por las Direcciones de Transpor- te de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional en Memorándum Nº 6578-2000-MTC/15.18.04 y de Asesoría Legal en Informe Nº 019-2001-MTC/15.18.01 ambas de- pendencias de la Dirección General de Circulación Te- rrestre; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla- tivo Nº 640 y su Reglamento aprobado por Decreto Supre- mo Nº 05-95-MTC, Ley Nº 25035 y su Reglamento aproba- do por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Trans- portes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción apro- bado por Decreto Supremo Nº 029-2000-MTC y el Decreto Ley Nº 25862 - Ley Orgánica del Ministerio de Transpor- tes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; SE RESUELVE: Primero.- Otorgar a favor de la EMPRESA DE TRANSPORTES TURISMO REGIONAL "SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA" (TURR S.R.L.), la concesión de ruta: Huancayo - Lima y viceversa, para prestar servicio público de transporte terrestre interprovincial de pasajeros por carretera en ómnibus, por el período de diez (10) años, contados a partir de la fecha de expedición de la presente Resolución, de acuerdo a los siguientes términos: RUTA :HUANCAYO - LIMA y viceversa ORIGEN :HUANCAYO DESTINO :LIMA ITINERARIO :JAUJA - OROYA FRECUENCIAS :Una (1) diaria. FLOTA VEHICULAR :Cuatro (4) ómnibus FLOTA OPERATIVA :Tres (3) ómnibus: VP-1128 (1985), UP-3553 (1994) y UR-1086 (1995) FLOTA DE RESERVA :Un (1) ómnibus: UP-2502 (1980) HORARIOS :Salida de Huancayo: 08.00 horas Salida de Lima: 08.00 horas