Norma Legal Oficial del día 24 de enero del año 2001 (24/01/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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SE DECRETA:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 24 de enero de 2001

Articulo 1º.- Establecer las fechas de vencimiento de pago de los Arbitrios Municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana, correspondiente al ejercicio 2001 en: Enero Febrero Marzo MORDAZA MORDAZA Junio MORDAZA Agosto Setiembre Octubre Noviembre Diciembre : : : : : : : : : : : : 31 de enero 28 de febrero 30 de marzo 30 de MORDAZA 31 de MORDAZA 28 de junio 31 de MORDAZA 31 de agosto 28 de setiembre 31 de octubre 30 de noviembre 31 de diciembre

do para estos un plazo de dos (2) meses computados desde la vigencia de dicha norma; Que, con la finalidad de adecuarse a lo dispuesto por el Articulo 74º de la Ley de Tributacion Municipal aprobada mediante Decreto Legislativo Nº 776- modificado mediante Articulo Unico de la Ley Nº 27180, y considerando los principios de simplificacion administrativa que rigen estos procedimientos, resulta necesario regular el plazo de vigencia de los Certificados de Compatibilidad de Uso; Por lo expuesto, contando con los vistos buenos de las Direcciones de Obras y Desarrollo MORDAZA, Rentas y Asesoria Juridica, y en uso de las facultades conferidas por el inciso 6) del Articulo 47º y el Articulo 111º de la Ley Organica de Municipalidades -Ley Nº 23853-; DECRETA: Articulo Primero.- Determinar que los Certificado de Compatibilidad de Uso emitidos a partir del 1 de enero de 1999 tendran un plazo de vigencia indeterminado, caducando solo por cualquier variacion originada en las modificaciones del Plano de Zonificacion del distrito. El Certificado de Compatibilidad de Uso que se emita servira para la realizacion de un unico tramite administrativo. Articulo Segundo.- Declarar la caducidad de los Certificados de Compatibilidad de Uso expedidos MORDAZA del 1 de enero de 1999. Articulo Tercero.- Dejar sin efecto el Decreto de Alcaldia Nº 002-99-A-MDMM de fecha 6 de MORDAZA de 1999. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA STOLAR MORDAZA 16883

Articulo 2º.- Encarguese a las Direcciones de Rentas y Planificacion, Racionalizacion, Presupuesto e Informatica el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia y a la Secretaria General su publicacion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 16801

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Establecen disposiciones sobre vigencia de Certificados de Compatibilidad de Uso
DECRETO DE ALCALDIA Nº 002-2001-A-MDMM MORDAZA MORDAZA, 3 de enero de 2001 EL MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA CONSIDERANDO: Que, segun lo dispuesto por el Articulo 167º de la Ley Nº 23853, las Municipalidades representan al vecindario, promueven una adecuada prestacion de los servicios publicos locales, fomentan el bienestar de los vecinos y el desarrollo integral y armonico de las jurisdicciones de su circunscripcion; Que, conforme a lo precisado en el inciso 7) del Articulo 68º de la MORDAZA citada ley, es funcion municipal en materia de abastecimiento y comercializacion de productos, el otorgar licencia de apertura de establecimientos comerciales e industriales y de actividades profesionales dentro de su ambito territorial, asi como controlar su funcionamiento de acuerdo a ley; Que, segun el item 4.37 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos, para el otorgamiento de toda licencia de apertura de establecimiento es requisito indispensable la obtencion del Certificado de Compatibilidad de Uso debidamente aprobado por el departamento tecnico de la Municipalidad donde se ubique el establecimiento materia de solicitud; Que, no habiendose establecido en dichas normas el plazo de vigencia de los Certificados de Compatibilidad de Uso, la Municipalidad emite el Decreto de Alcaldia Nº 002-99-A-MDMM con fecha 6 de MORDAZA de 1999, precisan-

MUNICIPALIDAD DE PUNTA NEGRA
Declaran en situacion de urgencia servicios de limpieza publica, mantenimiento y operaciones productivas de diversas playas del distrito
ACUERDO DE CONCEJO Nº 03-2001 Punta Negra, 17 de enero de 2001 EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE PUNTA NEGRA Visto, en sesion ordinaria de concejo de fecha 17 de enero de 2001, respecto al informe de la Unidad de Rentas Nº 257 de fecha 27 de diciembre de 2000, sobre la situacion de los servicios de mantenimiento, conservacion y limpieza de playas del distrito de Punta Negra; CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo previsto en el Art. 191º de la Constitucion Politica del Estado, las Municipalidades gozan de autonomia politica, economica y administrativa, en los asuntos de su competencia; que segun a lo dispuesto en el Art. 71º de la Ley Nº 23853 preceptua en su inciso 4) que las Municipalidades distritales son competentes para sostener y/o supervigilar los servicios publicos esenciales para la comunidad, que resulta imprescindible asegurar el funciona-

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