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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE ENERO DEL AÑO 2001 (24/01/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 46

Pág. 197678 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 24 de enero de 2001 SE DECRETA: Artículo 1º.- Establecer las fechas de vencimiento de pago de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana, correspon- diente al ejercicio 2001 en: Enero :31 de enero Febrero :28 de febrero Marzo :30 de marzo Abril :30 de abril Mayo :31 de mayo Junio :28 de junio Julio :31 de julio Agosto :31 de agosto Setiembre :28 de setiembre Octubre :31 de octubre Noviembre :30 de noviembre Diciembre :31 de diciembre Artículo 2º.- Encárguese a las Direcciones de Ren- tas y Planificación, Racionalización, Presupuesto e Informática el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía y a la Secretaría General su publicación. Regístrese, comuníquese y cúmplase. WALDO OLIVOS VILLARREAL Alcalde 16801 MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR Establecen disposiciones sobre vigen- cia de Certificados de Compatibilidad de Uso DECRETO DE ALCALDÍA Nº 002-2001-A-MDMM Magdalena del Mar, 3 de enero de 2001 EL ALCALDE DE MAGDALENA DEL MAR CONSIDERANDO: Que, según lo dispuesto por el Artículo 167º de la Ley Nº 23853, las Municipalidades representan al vecinda- rio, promueven una adecuada prestación de los servi- cios públicos locales, fomentan el bienestar de los veci- nos y el desarrollo integral y armónico de las jurisdiccio- nes de su circunscripción; Que, conforme a lo precisado en el inciso 7) del Artículo 68º de la antes citada ley, es función munici- pal en materia de abastecimiento y comercialización de productos, el otorgar licencia de apertura de establecimientos comerciales e industriales y de ac- tividades profesionales dentro de su ámbito territo- rial, así como controlar su funcionamiento de acuer- do a ley; Que, según el ítem 4.37 del Texto Único de Procedi- mientos Administrativos, para el otorgamiento de toda licencia de apertura de establecimiento es requisito indispensable la obtención del Certificado de Compatibi- lidad de Uso debidamente aprobado por el departamento técnico de la Municipalidad donde se ubique el estableci- miento materia de solicitud; Que, no habiéndose establecido en dichas normas el plazo de vigencia de los Certificados de Compatibilidad de Uso, la Municipalidad emite el Decreto de Alcaldía Nº 002-99-A-MDMM con fecha 6 de abril de 1999, precisan-do para éstos un plazo de dos (2) meses computados desde la vigencia de dicha norma; Que, con la finalidad de adecuarse a lo dispuesto por el Artículo 74º de la Ley de Tributación Municipal - aprobada mediante Decreto Legislativo Nº 776- modifi- cado mediante Artículo Único de la Ley Nº 27180, y considerando los principios de simplificación administra- tiva que rigen estos procedimientos, resulta necesario regular el plazo de vigencia de los Certificados de Com- patibilidad de Uso; Por lo expuesto, contando con los vistos buenos de las Direcciones de Obras y Desarrollo Urbano, Rentas y Asesoría Jurídica, y en uso de las facultades conferidas por el inciso 6) del Artículo 47º y el Artículo 111º de la Ley Orgánica de Municipalidades -Ley Nº 23853-; DECRETA: Artículo Primero.- Determinar que los Certifica- do de Compatibilidad de Uso emitidos a partir del 1 de enero de 1999 tendrán un plazo de vigencia indetermina- do, caducando sólo por cualquier variación originada en las modificaciones del Plano de Zonificación del distri- to. El Certificado de Compatibilidad de Uso que se emita servirá para la realización de un único trámite administrativo. Artículo Segundo.- Declarar la caducidad de los Certificados de Compatibilidad de Uso expedidos antes del 1 de enero de 1999. Artículo Tercero.- Dejar sin efecto el Decreto de Alcaldía Nº 002-99-A-MDMM de fecha 6 de abril de 1999. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JUAN DOMINGO NUÑEZ STOLAR Alcalde 16883 MUNICIPALIDAD DE PUNTA NEGRA Declaran en situación de urgencia servicios de limpieza pública, manteni- miento y operaciones productivas de diversas playas del distrito ACUERDO DE CONCEJO Nº 03-2001 Punta Negra, 17 de enero de 2001 EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE PUNTA NEGRA Visto, en sesión ordinaria de concejo de fecha 17 de enero de 2001, respecto al informe de la Unidad de Rentas Nº 257 de fecha 27 de diciembre de 2000, sobre la situación de los servicios de mantenimiento, conservación y limpieza de playas del distrito de Pun- ta Negra; CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo previsto en el Art. 191º de la Constitución Política del Estado, las Municipalida- des gozan de autonomía política, económica y admi- nistrativa, en los asuntos de su competencia; que según a lo dispuesto en el Art. 71º de la Ley Nº 23853 preceptúa en su inciso 4) que las Municipalidades distritales son competentes para sostener y/o supervi- gilar los servicios públicos esenciales para la comuni- dad, que resulta imprescindible asegurar el funciona-