Norma Legal Oficial del día 24 de enero del año 2001 (24/01/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

MORDAZA, miercoles 24 de enero de 2001

NORMAS LEGALES

Pag. 197671

ADUANAS
Fijan tasas de interes mensual en moneda nacional y extranjera, aplicables a devoluciones de pagos indebidos o en exceso
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA DE ADUANAS Nº 000115 Callao, 22 de enero de 2001 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Superintendencia de Aduanas Nº 001326 del 4.9.2000, se fijo en NOVENTIDOS CENTESIMOS POR CIENTO (0.92%) la Tasa de Interes mensual en moneda nacional y en CINCUENTA CENTESIMOS POR CIENTO (0.50%) la Tasa de Interes mensual en moneda extranjera, aplicables a las devoluciones de pagos indebidos o en exceso, efectuadas a partir del 1 de agosto y hasta el 31 de diciembre del ano 2000; Que, la Ley Nº 27335 sustituye el primer y MORDAZA parrafos del Articulo 38º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, modificando el procedimiento para la determinacion de la tasa de interes aplicable a las devoluciones de pagos indebidos o en exceso; Que, acorde con la disposicion MORDAZA mencionada, corresponde a ADUANAS establecer la tasa de interes aplicable a las devoluciones de pagos realizados indebidamente o en exceso, efectuadas a partir del 1 de enero y hasta el 31 de diciembre del ano 2001; En uso de las facultades conferidas por la Ley Organica y Estatuto de la Superintendencia Nacional de Aduanas, aprobados mediante Decreto Ley Nº 26020 y Resolucion de Superintendencia de Aduanas Nº 001491 del 4.10.2000, respectivamente; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Fijar en NOVENTA CENTESIMOS POR CIENTO (0.90%) la Tasa de Interes mensual en moneda nacional y en CUARENTA Y SEIS CENTESIMOS POR CIENTO (0.46%) la Tasa de Interes mensual en moneda extranjera, aplicables a las devoluciones de pagos indebidos o en exceso, efectuadas a partir del 1 de enero y hasta el 31 de diciembre del ano 2001. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional de Aduanas 16871

De conformidad con los Decretos Supremos Nºs. 002 y 003-2001-ITINCI, publicados el 21 de enero de 2001 en el Diario Oficial El Peruano, que prorrogan la vigencia de las preferencias arancelarias pactadas en los Acuerdos de Alcance Parcial de Renegociacion Nºs. 20 y 33, suscritos con MORDAZA y Uruguay, respectivamente; y estando a la delegacion de funciones conferidas en las Resoluciones de Superintendencia Nacional de Aduanas Nºs. 001322, 001323 del 16.DIC.1999 y 000001 del 2.ENE.2001, sirvase tener presente y hacer de conocimiento del personal de esa Intendencia lo siguiente: 1. Queda prorrogada a partir del 1 de enero y hasta el 31 de diciembre de 2001, la vigencia de las preferencias arancelarias pactadas en los Acuerdos de Alcance Parcial de Renegociacion (AAP.R) Nºs. 20 y 33, suscritos con MORDAZA (TPI 120) y Uruguay (TPI 133), respectivamente. 2. Asimismo, de conformidad con el Decreto Supremo Nº 38-95-ITINCI, continua suspendida hasta el 31 de diciembre de 2001 la aplicacion de las preferencias arancelarias establecidas en el AAP. R Nº 33 a la importacion de los productos comprendidos en las subpartidas nacionales 0402.10.10.00, 0402.10.90.00, 0402.21.11.00, 0402.21.19.00, 0402.21.91.00, 0402.21.99.00, 0402.29.11.00, 0402.29.19.00, 1006.20.00.00 y 1006.30.00.00. Atentamente, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Intendente (e) Nacional de Tecnica Aduanera 16857

CONASEV
Disponen excluir acciones de inversion de Rayon Industrial S.A. del Registro Publico del MORDAZA de Valores
RESOLUCION CONASEV Nº 002-2001-EF/94.10 MORDAZA, 18 de enero de 2001 VISTOS: El Expediente Nº 2000/00356, asi como el Informe Nº 040-2000-EF/94.50 de fecha 19 de octubre de 2000, presentado por la Gerencia de Emisores y Empresas, el informe de fecha 20 de diciembre presentado por los asesores externos y el Informe Nº 002-2001-EF/94.45 de fecha 4 de enero de 2001, presentado por la Gerencia de Mercados y Emisores, con opinion favorable de la Gerencia General. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion CONASEV Nº 015-80EF/94.10 de fecha 28 de febrero de 1980, se autorizo la inscripcion y cotizacion en la Bolsa de Valores de MORDAZA de las acciones laborales, hoy acciones de inversion, emitidas por la empresa Rayon y Celanese Peruana S.A., hoy RAYON INDUSTRIAL S.A., las mismas que conforme a lo establecido en la Resolucion CONASEV Nº 181-92-EF/94.10, fueron inscritas en el Registro Publico de Valores e Intermediarios, hoy Registro Publico del MORDAZA de Valores; Que, mediante escrito remitido con fecha 2 de junio de 2000, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA Eyzaguirre MORDAZA, MORDAZA Woodman Eguiguren y MORDAZA MORDAZA Cortes, tenedores de acciones de inversion de RAYON INDUSTRIAL S.A., solicitaron a CONASEV que excluya las acciones de inversion de dicha sociedad del Registro Publico del MORDAZA de Valores;

Establecen disposiciones para la aplicacion de decretos que prorrogan vigencia de los Acuerdos de Alcance Parcial de Renegociacion Nºs. 20 y 33 suscritos con MORDAZA y Uruguay
CIRCULAR Nº INTA-CR.06 Callao, 22 de enero de 2001 Senor Intendente de Aduana Presente.ASUNTO : Prorroga de las vigencias de los Acuerdos de Alcance Parcial de Renegociacion Nºs. 20 y 33, suscritos con MORDAZA y Uruguay, respectivamente. REF. : Procedimiento INTA.PE.01.12 Version 1

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