TEXTO PAGINA: 31
Pág. 197663 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 24 de enero de 2001 tratura, de la Fiscalía de la Nación y de los Magistrados, para los fines pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. SERGIO R. SALAS VILLALOBOS Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima 16890 Designan magistrados de la Sala Civil de Procesos Abreviados y de Conoci- miento y de Salas Penales Corporati- vas de Procesos Ordinarios con Reos Libres RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 0040-2001-P-CSJLI/PJ Lima, 23 de enero del 2000 CONSIDERANDO: Que, el Consejo Transitorio del Poder Judicial, ha dispuesto que los Señores Doctores Arnaldo Rivera Quispe, Josué Pariona Pastrana y Juan Pablo Quispe Alcalá, quienes venían ejerciendo labores administrati- vas - disciplinarias en la Oficina de Control de la Magistratura de la Corte Suprema de Justicia de la República del Perú, retornen a sus plazas jurisdiccio- nales titulares; Que, estando a que los Señores Doctores Rivera Quis- pe y Josué Pariona Pastrana, tienen la condición de Vocales Titulares y el Dr. Juan Pablo Quispe Alcalá, Juez Titular del Vigésimo Sexto Juzgado Especializado en lo Penal, pertenecientes a la Corte Superior de Justicia de Lima, resulta pertinente para este Despacho adoptar las medidas administrativas correspondientes, con motivo del retorno de los indicados Señores Magistrados; Que, estando a lo expuesto y en mérito a las faculta- des previstas y otorgadas por los incisos 3) y 9) del Artículo 90º del Texto Unico de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR al doctor ARNAL- DO RIVERA QUISPE como segundo Vocal Titular de la Sala Civil de Procesos Abreviados y de Conocimiento, a partir del 24 de enero del año en curso. Artículo Segundo.- DESIGNAR al doctor JOSUE PARIONA PASTRANA como tercer Vocal titular de la Tercera Sala Penal Corporativa de Procesos Ordinarios con Reos Libres, a partir del 24 de enero del año en curso. Artículo Tercero.- DESIGNAR al doctor JUAN PABLO QUISPE ALCALÁ, Juez Titular del Vigésimo Sexto Juzgado Especializado en lo Civil como séptimo Vocal Provisional de la Segunda Sala Penal Corporati- va de Procesos Ordinarios con Reos Libres, a partir del 24 de enero del año en curso, en reemplazo del doctor Luis Arce Cordova, quien a partir de la indicada fecha retornará al Juzgado del que es titular. Artículo Cuarto.- PONER la presente resolución en conocimiento de la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia de la República, de la Presidencia del Con- sejo Transitorio, de la Oficina de Control de la Magis- tratura, de la Gerencia General, de la Oficina de Su- pervisión de Personal, de la Fiscalía de la Nación y de los Magistrados, para los fines pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. SERGIO R. SALAS VILLALOBOS Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima 16888ANR - CONAFU Declaran admitida a trámite solicitud de autorización provisional de funcionamiento de la Universidad de Ciencias y Tecnologías CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES (CONAFU) RESOLUCIÓN Nº 004-2001-CONAFU Lima, 15 de enero del 2001 VISTOS; el Expediente Administrativo Nº 43088 del 12 de diciembre del 2000, del representante legal de Educación, Ciencia y Tecnología S.A.C.; el Memorán- dum Nº 225-CONAFU-CEAA del 19 de diciembre del 2000; el Oficio Nº 678-2000-CONAFU-P del 26 de di- ciembre del 2000; el Informe Legal Nº 113-2000-CONA- FU-AL del 26 de diciembre del 2000; el Memorándum Nº 791-2000-CONAFU-P del 28 de diciembre del 2000, el Acuerdo Nº 012-2000, de la Sesión Ordinaria del Pleno del 11 de enero del 2001; y, CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439 se crea el Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universida- des - CONAFU, teniendo como atribución; la de evaluar los proyectos y solicitudes de autorización de funciona- miento de las nuevas universidades a nivel nacional, y emitir resoluciones autorizando o denegando el funciona- miento provisional, previa verificación del cumplimien- to efectivo de los requisitos y condiciones establecidas; Que, con documento de Vistos el Presidente de la Sociedad Anónima Cerrada "Educación, Ciencia y Tec- nología", de la ciudad de Arequipa, solicita el otorga- miento de la Autorización Provicional de Funciona- miento, de la UNIVERSIDAD DE CIENCIAS Y TECNO- LOGIAS dentro de los alcances del Decreto Legislativo Nº 882, para lo cual remitió el acervo documentario que se especifica en la GUIA PARA LA PRESENTACIÓN DE PROYECTOS INSTITUCIONALES DE NUEVAS UNIVERSIDADES; Que, tal como lo dispone la Resolución Nº 657-99- CONAFU del 22 de noviembre de 1999, modificada por la Resolución Nº 94-2000-CONAFU del 14 de setiembre del 2000, las partes del expediente presentado y que se mencionan en el Numeral 1 del Anexo Nº 1 de la Resolución Nº 94-2000-CONAFU, se derivaron a la Comisión Jurídica Permanente y al Consejero de Eva- luación y Asuntos Académicos; Que, tal como se acredita con el documento de Vistos, el Consejero de Evaluación y Asuntos Académi- cos, luego de revisar el Proyecto de Desarrollo Institu- cional, constató la falta de documentos con los contratos de arrendamiento de los locales en que funcionaría la futura Universidad y el contrato de opción de compra del terreno sobre el que se construiría el campus universitario; Que, dando cumplimiento al requerimiento formu- lado por el Consejero de Evaluación y Asuntos Académi- cos, el representante legal de la recurrente, presentó los documentos requeridos; Que, la Comisión Jurídica Permanente, luego de revisar los aspectos vinculados al Decreto Legislativo Nº 882, ha constatado que se ha cumplido con adjuntar los requisitos exigidos para el presente caso y recomien- da que el Pleno del CONAFU declare admitida a trámite la solicitud presentada; Que, habiéndose cumplido con los actos administrati- vos señalados en el numeral 5 del Anexo Nº 1 de la Resolución Nº 94-2000-CONAFU, se procede a expedir la Resolución de Admisibilidad a trámite de la solicitud