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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE FEBRERO DEL AÑO 2001 (23/02/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 55

Pág. 199177 NORMAS LEGALES Lima, viernes 23 de febrero de 2001 VISTO: El Informe Nº 001-2001-JC-MDSE, de la comisión del concurso público de méritos, haciendo llegar los actuados y los resultados del concurso para designar al Auxiliar Coactivo de la Municipalidad Distrital de San- ta Eulalia; CONSIDERANDO: Que, con Resolución de Alcaldía Nº 002-2001-MDSE de fecha 3 de enero del año en curso, fue designada la Comisión del Concurso Público encargado de conducir el proceso de selección del Auxiliar Coactivo; Que, la comisión cumplió con elaborar las bases del concurso procediendo a formular la convocatoria del concurso público de méritos Nº 001-2001-MDSE; Que, la comisión de concurso ha culminado el refe- rido proceso de selección y ha presentado el correspon- diente informe con los resultados, a fin de que se proceda a emitir la Resolución de nombramiento; Estando a lo dispuesto y de conformidad con lo previsto en el Artículo 7º y 7ma. Disposición de la Ley Nº 26979 y haciendo uso de las facultades conferidas al Despacho de Alcaldía por el Art. 47º inciso 6) de la Ley Nº 23853, Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar, a partir del 15 de enero del año en curso, como funcionaria en el cargo de Auxiliar Coactivo de la Municipalidad Distrital de Santa Eulalia a MARIA YSABEL POCCO DE LA CRUZ. Artículo 2º.- Encargar a la Secretaría General la distribución de la presente Resolución y publíquese. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. ELIAS TOLEDO ESPINOZA Alcalde 18699 Inician procedimiento disciplinario a ex alcaldesa y ex regidora de la muni- cipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 034-2001-MDSE Santa Eulalia, 24 de enero del 2001 ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA EULALIA - PROVINCIA DE HUAROCHIRI VISTO: El Informe Nº 001-00-CEPAD/MDSE de fecha 20 de enero del año en curso de la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Munici- palidad Distrital de Santa Eulalia; y, CONSIDERANDO: Que, la Comisión Especial de Procesos Adminis- trativos Disciplinarios en uso de sus facultades se pronuncia por apertura de procesos administrativos disciplinarios a doña Estela Martha León Requena ex Alcaldesa y doña Fabela Balarezo Ferre ex Regidora y ex encargada del Programa de Vaso de Leche, luego de analizar y calificar las observaciones de la acción de control practicada en la Municipalidad Distrital de Santa Eulalia por la Sociedad de Auditoría Martínez Rodríguez a la gestión 1996-97; Que, del Informe Nº 09-99-MR se desprende observa- ciones en la construcción de la cisterna en Huallaringa que se encuentra inoperativa al no haberse realizado obras complementarias: el tanque elevado, las tuberías de impulsión y distribución contraviniendo el Inc. i) del Art. 8º de la Ley Nº 26706 - Ley de Presupuesto delSector Público 1997, cuya deficiencia se originó por falta de supervisión de la ejecución de la obra, existien- do presunción de responsabilidad de la ex Alcaldesa al no cautelar los derechos e intereses de la Municipali- dad. Que, respecto a la obra pavimentación de la calle Leoncio Prado no se ubicó documentos administrativos como metrados, memoria descriptiva, invitaciones y propuestas económicas de los postores, cuaderno de obra y ensayos de resistencia de la compresión no existiendo un archivo adecuado de la obra ejecutada, por otro lado el Local Comunal San José de Palle se encuentra inconclusa e inoperativa y en total abando- no, al no haber elaborado el expediente técnico de la obra para los acabados, conducta que hace presumir responsabilidad administrativa de la ex alcaldesa. Que, no se ha ubicado las guías de remisión por la adquisición de materiales destinadas a las obras ejecuta- das por la Municipalidad período 1997 por la suma de S/ . 5,655.30; asimismo no se ha efectuado la retención del 10% por concepto del impuesto a la renta en l os pagos por concepto de honorarios profesionales por un monto de S/. 23,894.00; tampoco existe guías de remisión en algunos comprobantes de pago efectuados en el período 1996 a través del Programa del Vaso de Leche, igual- mente las adquisiciones efectuadas a través del Progra- ma del Vaso de Leche durante el período 1996-97 por un monto de S/. 110,045.00 no se acreditó la emisión de solicitudes de cotización, no existe las propuestas presen- tadas por los proveedores, evidenciando la responsabili- dad funcional de doña Estela Martha León Requena ex Alcaldesa y doña Fabela Balarezo Ferre ex Regidora, encargada del Programa en referencia. Que, la distribución de productos alimenticios a través del Programa del Vaso de Leche se ha efectuado sin actas de entrega; de igual forma no se ha cumplido con realizar o exigir el control de calidad de los produc- tos adquiridos para el Programa del Vaso de Leche, recayendo responsabilidad en la ex Alcaldesa y ex Regidora ya nombradas; finalmente durante el ejercicio 1996-97 no se ha designado el Comité de Administra- ción del Programa del Vaso de Leche, tampoco existen los comprobantes de pago período 1996 en los Archivos de la Municipalidad por un monto de S/. 8,502.80 presumiéndose la responsabilidad administrativa a doña Estela Martha León Requena. Estando a lo pronunciado por la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios de esta Mu- nicipalidad y de conformidad con lo dispuesto en los Arts. 21º Incs. a), b) y d); Incs. a), d), h) de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público aprobado mediante D. Leg. Nº 276, Arts. 150º, 166º, 167º, 168º, 173º, 174º y 175º del Reglamento aprobado por D.S. Nº 005-90-PCM y en uso de las atribuciones conferidas por los Incs. 6) y 9) del Art. 47º de la Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE: Artículo Primero.- INSTAURAR PROCESO AD- MINISTRATIVO DISCIPLINARIO a doña Estela Mar- tha León Requena ex Alcaldesa y doña Fabela Balarezo Ferre ex Regidora de Servicio Social y Encargada del Programa del Vaso de Leche durante el período 1996- 1997 de la Municipalidad Distrital de Santa Eulalia, por lo motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- NOTIFICAR la presente Resolución a la mencionada ex Alcaldesa y ex Regido- ra mediante la publicación en el Diario Oficial El Peruano para que en plazo de cinco (5) días presen- ten sus descargos con las pruebas que consideren pertinentes. Artículo Tercero.- REMITIR los actuados a la CEPAD-MDSE para que proceda de acuerdo a sus atribuciones. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ELIAS TOLEDO ESPINOZA Alcalde 18698