Norma Legal Oficial del día 23 de febrero del año 2001 (23/02/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 23 de febrero de 2001

Que, la Ley de Simplificacion Administrativa promueve la eliminacion de costos excesivos en los tramites en beneficio directo del usuario; Que, siendo funcion de la Aduana efectuar el despacho de las mercancias es necesario dejar sin efecto la cobranza de la referida tasa; Que, sin embargo, los operadores de comercio exterior deben asumir el costo ocasionado a ADUANAS por la transmision erronea de datos contenidos en la documentacion aduanera que les corresponde presentar; De conformidad con el inciso d) del Articulo 5º del Decreto Ley Nº 26020, Ley Organica de la Superintendencia Nacional de Aduanas; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dejase sin efecto, a partir del 1 de marzo del 2001, la tasa por concepto de servicio de despacho aduanero equivalente a US$ 6.00 a que se refiere la Resolucion de Superintendencia Nº 01606 del 3 de diciembre de 1993 modificada por las Resoluciones de Superintendencia Nºs. 000246 del 27 de marzo de 1996 y 000410 del 20 de MORDAZA de 1999. Articulo 2º.- Establecese, a partir del 1 de MORDAZA del 2001, una tasa de US$ 6.00 (Seis y 00/100 Dolares de los Estados Unidos de Norteamerica) que se aplica a los operadores de comercio exterior cada vez que el sistema informatico de ADUANAS les rechace el envio de documentos por teledespacho. ADUANAS mensualmente liquidara las tasas aplicadas por dicho concepto y los operadores de comercio exterior deberan cancelarlas dentro de los tres dias siguientes de notificadas, en moneda nacional, al MORDAZA de cambio venta vigente a la fecha de pago. Articulo 3º.- Encargase a las Intendencias de Sistemas, Tecnica Aduanera y Administracion y Recaudacion Aduanera realizar las acciones necesarias para la correcta aplicacion de lo dispuesto en la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional de Aduanas 18716 RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA DE ADUANAS Nº 000253 Callao, 22 de febrero de 2001 CONSIDERANDO: Que, por Resolucion de Superintendencia Nº 01606 del 3 de diciembre de 1993 se aprueba el Cuadro de los Derechos y los Servicios y Documentos de ADUANAS, en el que se fija entre otros conceptos, las tasas por servicios de reclamacion y devoluciones y de clasificacion arancelaria; Que, es politica del Gobierno fomentar las operaciones de comercio exterior reduciendo o eliminando los costos operativos de las mismas; Que, la Ley de Simplificacion Administrativa promueve la eliminacion de costos excesivos en los tramites en beneficio directo del usuario; Que, siendo funcion de ADUANAS resolver las reclamaciones y devoluciones y efectuar la clasificacion arancelaria de las mercancias, debe eliminarse las tasas que se cobra por dichos servicios; De conformidad con el inciso d) del Articulo 5º del Decreto Ley Nº 26020, Ley Organica de la Superintendencia Nacional de Aduanas; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dejase sin efecto las tasas por reclamacion y devoluciones y por clasificacion aran-

celaria establecidas por la Resolucion de Superintendencia Nacional Nº 01606 del 3 de diciembre de 1993. Articulo 2º.- La presente Resolucion de Superintendencia entrara en vigencia el 1 de marzo del 2001. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional de Aduanas 18717

CONTADURIA PUBLICA DE LA NACION
Reconocen labor efectuada por la Comision Nacional de Investigacion y Desarrollo Aeroespacial en la MORDAZA de rendicion de cuentas del ejercicio fiscal 2000
RESOLUCION JEFATURAL Nº 019-2001-EF/93.01 MORDAZA, 31 de enero del 2001 VISTOS: Los documentos de recepcion de la informacion sobre rendicion de cuentas para la elaboracion de la Cuenta General de la Republica del ano 2000 de los pliegos presupuestarios que comprenden las Instituciones Publicas Descentralizadas; CONSIDERANDO: Que, la Comision Nacional de Investigacion y Desarrollo Aeroespacial ha ocupado el MORDAZA lugar de las Instituciones Publicas Descentralizadas, en la MORDAZA de la informacion presupuestaria y financiera correspondiente a la rendicion de cuentas del ejercicio fiscal 2000, por lo que merece ser felicitada; Estando a lo previsto en el Articulo 10º y el inciso m) del Articulo 18º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Sistema Nacional de Contabilidad y de su Organo Rector aprobado mediante Decreto Supremo Nº 019-89-EF; a lo propuesto por la Direccion General de Contabilidad del Sector Publico, con la aprobacion de la Alta Direccion y la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, En uso de las facultades legales que le confiere el Articulo 9º de la Ley Nº 24680 modificado por el Articulo 277º de la Ley Nº 24977; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Felicitar al Titular de la Comision Nacional de Investigacion y Desarrollo Aeroespacial, senor Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE LAS MORDAZA, al Director General de Administracion senor Econ. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y al Contador General senor CPC MORDAZA MORDAZA LAPAS, por haber presentado en MORDAZA lugar de las Instituciones Publicas Descentralizadas la rendicion de cuentas para la elaboracion de la Cuenta General de la Republica del ano 2000. Articulo 2º.- Solicitar al Titular de la Comision Nacional de Investigacion y Desarrollo Aeroespacial, haga extensiva esta especial felicitacion, al personal de Contabilidad, Presupuesto y Tesoreria, y a todas las demas personas que han contribuido a la MORDAZA de la rendicion de cuentas en forma oportuna, lo que

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