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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE FEBRERO DEL AÑO 2001 (23/02/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 48

Pág. 199170 NORMAS LEGALES Lima, viernes 23 de febrero de 2001 Que, la Ley de Simplificación Administrativa promueve la eliminación de costos excesivos en los trámites en beneficio directo del usuario; Que, siendo función de la Aduana efectuar el despa- cho de las mercancías es necesario dejar sin efecto la cobranza de la referida tasa; Que, sin embargo, los operadores de comercio exte- rior deben asumir el costo ocasionado a ADUANAS por la transmisión errónea de datos contenidos en la documentación aduanera que les corresponde presen- tar; De conformidad con el inciso d) del Artículo 5º del Decreto Ley Nº 26020, Ley Orgánica de la Superinten- dencia Nacional de Aduanas; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Déjase sin efecto, a partir del 1 de marzo del 2001, la tasa por concepto de servicio de despacho aduanero equivalente a US$ 6.00 a que se refiere la Resolución de Superintendencia Nº 01606 del 3 de diciembre de 1993 modificada por las Resoluciones de Superintendencia Nºs. 000246 del 27 de marzo de 1996 y 000410 del 20 de abril de 1999. Artículo 2º.- Establécese, a partir del 1 de abril del 2001, una tasa de US$ 6.00 (Seis y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de Norteamérica) que se aplica a los operadores de comercio exterior cada vez que el sistema informático de ADUANAS les rechace el envío de docu- mentos por teledespacho. ADUANAS mensualmente liquidará las tasas aplicadas por dicho concepto y los operadores de comercio exterior deberán cancelarlas dentro de los tres días siguientes de notificadas, en moneda nacional, al tipo de cambio venta vigente a la fecha de pago. Artículo 3º.- Encárgase a las Intendencias de Siste- mas, Técnica Aduanera y Administración y Recauda- ción Aduanera realizar las acciones necesarias para la correcta aplicación de lo dispuesto en la presente resolu- ción. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARTURO RAMIREZ SALOMON Superintendente Nacional de Aduanas 18716 RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA DE ADUANAS Nº 000253 Callao, 22 de febrero de 2001 CONSIDERANDO: Que, por Resolución de Superintendencia Nº 01606 del 3 de diciembre de 1993 se aprueba el Cuadro de los Derechos y los Servicios y Documentos de ADUANAS, en el que se fija entre otros conceptos, las tasas por servicios de reclamación y devoluciones y de clasifica- ción arancelaria; Que, es política del Gobierno fomentar las opera- ciones de comercio exterior reduciendo o eliminando los costos operativos de las mismas; Que, la Ley de Simplificación Administrativa promueve la eliminación de costos excesivos en los trámites en beneficio directo del usuario; Que, siendo función de ADUANAS resolver las recla- maciones y devoluciones y efectuar la clasificación arancelaria de las mercancías, debe eliminarse las tasas que se cobra por dichos servicios; De conformidad con el inciso d) del Artículo 5º del Decreto Ley Nº 26020, Ley Orgánica de la Superinten- dencia Nacional de Aduanas; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Déjase sin efecto las tasas por reclamación y devoluciones y por clasificación aran-celaria establecidas por la Resolución de Superin- tendencia Nacional Nº 01606 del 3 de diciembre de 1993. Artículo 2º.- La presente Resolución de Superin- tendencia entrará en vigencia el 1 de marzo del 2001. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARTURO RAMIREZ SALOMON Superintendente Nacional de Aduanas 18717 CONTADURÍA PÚBLICA DE LA NACIÓN Reconocen labor efectuada por la Comisión Nacional de Investigación y Desarrollo Aeroespacial en la presen- tación de rendición de cuentas del ejercicio fiscal 2000 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 019-2001-EF/93.01 Lima, 31 de enero del 2001 VISTOS: Los documentos de recepción de la información sobre rendición de cuentas para la elaboración de la Cuenta General de la República del año 2000 de los pliegos presupuestarios que comprenden las Institu- ciones Públicas Descentralizadas; CONSIDERANDO: Que, la Comisión Nacional de Investigación y Desarrollo Aeroespacial ha ocupado el segundo lu- gar de las Instituciones Públicas Descentralizadas, en la presentación de la información presupuestaria y financiera correspondiente a la rendición de cuen- tas del ejercicio fiscal 2000, por lo que merece ser felicitada; Estando a lo previsto en el Artículo 10º y el inciso m) del Artículo 18º del Reglamento de Organización y Funciones del Sistema Nacional de Contabilidad y de su Organo Rector aprobado mediante Decreto Supre- mo Nº 019-89-EF; a lo propuesto por la Dirección General de Contabilidad del Sector Público, con la aprobación de la Alta Dirección y la visación de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, En uso de las facultades legales que le confiere el Artículo 9º de la Ley Nº 24680 modificado por el Artículo 277º de la Ley Nº 24977; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Felicitar al Titular de la Comisión Nacional de Investigación y Desarrollo Aeroespacial, señor Ing. JORGE RICARDO COLOMA DE LAS CA- SAS, al Director General de Administración señor Econ. JESÚS ROBERTO ZARATE HERMOZA y al Contador General señor CPC FRANCISCO CONDE LAPAS, por haber presentado en segundo lugar de las Instituciones Públicas Descentralizadas la rendición de cuentas para la elaboración de la Cuenta General de la República del año 2000. Artículo 2º.- Solicitar al Titular de la Comisión Nacional de Investigación y Desarrollo Aeroespacial, haga extensiva esta especial felicitación, al personal de Contabilidad, Presupuesto y Tesorería, y a todas las demás personas que han contribuido a la presentación de la rendición de cuentas en forma oportuna, lo que