Norma Legal Oficial del día 23 de febrero del año 2001 (23/02/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

MORDAZA, viernes 23 de febrero de 2001

NORMAS LEGALES

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Que, la Directora de Administracion mediante Informe Nº 062-2001-DA/MDSMP de fecha 8 de febrero del 2001, aclara que en su Informe Nº 001-2001-DA/ MDSMP de fecha 3 de enero del 2001, por confusion en el tipeo, se consigno los datos completos del servidor CUYA, siendo lo correcto que debe consignarse los datos completos del servidor CONYAS, error que debe subsanarse. Esta aclaracion hace suya el Director Municipal, para que se tenga por aclarado su Informe Nº 001-2001-DM/MDSMP comprendiendose los datos completos del servidor CONYAS y no del servidor CUYA, quien segun las investigaciones realizadas por la Comision Permanente no participo en los hechos ocurridos el 3 de enero del 2001. Estando al Informe de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios; y con la visacion de la Direccion Municipal y la Direccion de Asesoria Juridica; En uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del Articulo 47º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- EXCLUIR del MORDAZA Administrativo Disciplinario instaurado en contra del servidor MORDAZA CUYA YAYULE, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- NOTIFIQUESE al servidor, en forma personal, la presente resolucion para los fines correspondientes. Articulo 3º.- REMITIR los actuados a la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, para que proceda, de acuerdo a sus atribuciones, con respecto al servidor MORDAZA CONYAS MORDAZA, de la division de Ecologia. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA UGAZ MORDAZA Alcaldesa 18758

Sancionan con destitucion y cese temporal a servidores de la municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 493-2001-AL/MDSMP San MORDAZA de Porres, 22 de febrero de 2001 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE PORRES VISTOS; el Informe Final Nº 004-2001-CPPAD/ MDSMP de fecha 20 de febrero del 2001, de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, con relacion a la falta de caracter disciplinario cometida por el servidor MORDAZA NAPAN MORDAZA, de la Agencia Municipal Nº 09, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, de la Agencia MORDAZA Naranjal y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, de la Division de Limpieza Publica; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 055-2001AL/MDSMP de fecha 10 de enero del 2001, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 12 de enero del 2001, se abrio MORDAZA Administrativo Disciplinario contra el servidor MORDAZA NAPAN MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por la presunta falta grave de caracter disciplinario - Incumplimiento de las normas establecidas en la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y su Reglamento e incurrir en actos de violencia, grave indisciplina y faltamiento de palabra al superior; Que, conforme se desprende de los Informes Nº 0952000-SG/MDSMP, Nº 182-2000-DS/MDSMP, Nº 229-

2000-DSS/MDSMP de fecha 29 de diciembre del 2000, e Informe Nº 101-2000-UT/MDSMP de fecha 30 de enero del 2001, emitido por el Secretario General del Concejo, Jefe de la Division de Sanidad, Director de Servicios Sociales, y Jefe de la Unidad de Tesoreria respectivamente, el servidor MORDAZA Napan MORDAZA, la servidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA conjuntamente con otras personas, el dia 28 de diciembre del 2000, siendo las 17.00 horas aproximadamente, en el interior del Palacio Municipal protagonizaron una manifestacion, MORDAZA un escandalo, y cuando el Secretario General del Concejo salio a calmar los animos, el primero de los nombrados lo insulto groseramente y la MORDAZA trato de agredirlo fisicamente conjuntamente con otras personas. Lo mismo ocurrio con el Director de Servicios Sociales que se acerco al lugar, quien tambien fue insultado de "traidor", "Transfuga", no respetando su condicion de funcionarios de la Municipalidad. El mismo dia un grupo de personas vociferaba groserias e improperios en la MORDAZA de la Unidad de Tesoreria, echando papeles debajo de la MORDAZA y pretender quemarlo, con la finalidad de que salga el personal de Tesoreria a atenderlos, interviniendo la policia. Este mismo grupo cuando vieron que el Tesorero se retiraba, lo interceptaron amenazandolo contra su integridad fisica, siguiendolo hasta la parte exterior, habiendo identificado a los servidores Napan y MORDAZA Huaylla; y cuando interviene el Jefe de la Division de Sanidad MORDAZA del MORDAZA, para defenderlo ante una posible agresion fisica, tambien fue agredido e insultado, lo que fue rechazado por este; Que, conforme se desprende de los Informes Nº 0022001-SG/MDSMP, Nº 001-2001-DA/MDSMP, Nº 0012001-DM/MDSMP. De fecha 3 de enero del 2001, Informe Nº 062-2001-DA/MDSMP de fecha 6 de febrero del 2001, y Memorandum Nº 030-2001-DM/MDSMP de fecha 9 de febrero del 2001, emitido por el Secretario General del Concejo, Directora de Administracion, y Director Municipal respectivamente, el dia 3 de enero del 2001, siendo las 15.00 horas aproximadamente, nuevamente el servidor MORDAZA Napan MORDAZA, acompanado del servidor de apellido CONYAS y otras personas, MORDAZA un escandalo en el interior del Palacio Municipal, incitando a otros servidores para tomar el local municipal, lanzando amenazas de muerte contra la Alcaldesa y la Directora de Administracion, y al salir la senora alcaldesa a conversar con los manifestantes estos trataron de agredirla fisicamente, interviniendo la policia en su defensa, causando con estos hechos que la senora alcaldesa sufriera una fuerte impresion y sea llevada de emergencia a una Clinica Particular donde fue hospitalizada; hechos que se corroboran con la ocurrencia policial Nº 028, que en MORDAZA certificada se adjunta al expediente; Que, los hechos descritos fueron analizados por la Comision Permanente de Procesos Administrativos, los que llegan a la conclusion que el servidor MORDAZA Napan MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA han cometido falta disciplinaria graveIncumplimiento de las normas establecidas en la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y su Reglamento e incurrir en actos de violencia, grave indisciplina y faltamiento de palabra al superior; infringiendo el Articulo 21º Inc. e) y 28º Incs. a) y c) del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y Remuneraciones del Sector Publico y su Reglamento, Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; no habiendo los procesados desvirtuado los cargos que se imputan, en sus descargos escritos y sus informes orales, los mismos que subsisten; Que, la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, dentro del plazo senalado en su reglamento, ha cumplido con hacer el analisis y evaluacion de los hechos, valorando las pruebas presentadas y escuchado los informes orales, pronunciandose que esta probada la falta disciplinaria cometida por los servidores procesados, recomendando que se les aplique la medida disciplinaria de DESTITUCION al servidor MORDAZA Napan MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Huaylla; sin embargo, teniendo en consideracion que el servidor MORDAZA Napan MORDAZA, ha participado como incitador de los hechos sucedidos tanto el 28 de diciembre del 2000 y el 3 de enero del 2001, y la servidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

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