Norma Legal Oficial del día 28 de febrero del año 2001 (28/02/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 28 de febrero de 2001

autorizacion de la Central Termica de Bellavista a favor de la EMPRESA DE GENERACION ELECTRICA MACHUPICCHU S.A. - EGEM S.A. Que, con fecha 25 de enero del 2001, la EMPRESA DE GENERACION ELECTRICA SAN GABAN S.A. solicita se le tenga como MORDAZA titular de la autorizacion de la Central Termica de Bellavista, manifestando como sustento el Acta de Transferencia de fecha 1 de setiembre del 2000 celebrado con la EMPRESA DE GENERACION ELECTRICA MACHUPICCHU S.A. EGEM S.A., que se formalizo la absorcion por escision, de los activos de la central termica mencionada, y cuyo acto quedo inscrito en el Asiento A-43 de la Ficha Nº 207 del Registro Mercantil de Puno; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de evaluar y verificar que la solicitud se sujeta al Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM, y a las disposiciones legales pertinentes, ha emitido el Informe Nº 022-2001-EM/DGE, siendo procedente aprobar la transferencia solicitada y tener como titular de la autorizacion a la EMPRESA DE GENERACION ELECTRICA SAN GABAN S.A.; Estando a lo dispuesto en el Articulo 38º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, y en el Articulo 67º del Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la transferencia a favor de la EMPRESA DE GENERACION ELECTRICA SAN GABAN S.A., de la autorizacion para desarrollar la actividad de generacion en la Central Termica de Bellavista, ubicada en el distrito, provincia y departamento de MORDAZA, con una capacidad instalada 8,60 MW, otorgada originariamente mediante la Resolucion Ministerial Nº 363-93-EM-DGE del 31 de diciembre de 1993. Articulo 2º.- La empresa autorizada queda obligada a operar sus instalaciones cumpliendo las normas tecnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nacion, asi como a remitir la informacion estadistica y los requisitos establecidos en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM, y las normas legales y tecnicas pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA DESCALZI Ministro de Energia y Minas 18436

desarrollar la actividad de generacion electrica en la Central Termica de Taparachi, con una capacidad instalada de 6,60 MW; Que, por Resolucion Ministerial Nº 042-95-EM/DGE del 15 de febrero de 1995, se aprueba la transferencia de autorizacion de la Central Termica de Taparachi a favor de EMPRESA DE GENERACION ELECTRICA MACHUPICCHU S.A. - EGEM S.A.; Que, con fecha 25 de enero del 2001, EMPRESA DE GENERACION ELECTRICA SAN GABAN S.A. solicita se le tenga como MORDAZA titular de la autorizacion de la Central Termica de Taparachi, manifestando como sustento el Acta de Transferencia de fecha 1 de setiembre del 2000, celebrado con EMPRESA DE GENERACION ELECTRICA MACHUPICCHU S.A. - EGEM S.A., la que se formalizo la absorcion por escision de los activos de la central termica mencionada, y cuyo acto quedo inscrito en el Asiento A-43 de la Ficha Nº 207 del Registro Mercantil de Puno; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de evaluar y verificar que la solicitud se sujeta al Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93EM, y a las disposiciones legales pertinentes, ha emitido el Informe Nº 026-2001-EM/DGE, siendo procedente aprobar la transferencia solicitada y tener como titular de la autorizacion a EMPRESA DE GENERACION ELECTRICA SAN GABAN S.A.; Estando a lo dispuesto en el Articulo 38º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, y en el Articulo 67º del Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la transferencia a favor de EMPRESA DE GENERACION ELECTRICA SAN GABAN S.A., de la autorizacion para desarrollar la actividad de generacion en la Central Termica de Taparachi, ubicada en el distrito de Juliaca, provincia de San MORDAZA y departamento de MORDAZA, con una capacidad instalada de 6,60 MW, otorgada originariamente mediante la Resolucion Ministerial Nº 362-93-EM-DGE del 31 de diciembre de 1993. Articulo 2º.- La empresa autorizada queda obligada a operar sus instalaciones cumpliendo las normas tecnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nacion, asi como a remitir la informacion estadistica y los requisitos establecidos en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM, y las normas legales y tecnicas pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA DESCALZI Ministro de Energia y Minas 18598

Aprueban transferencia de autorizacion para desarrollar la actividad de generacion electrica a favor de la Empresa San Gaban S.A.
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 072-2001-EM/VME MORDAZA, 16 de febrero de 2001 VISTO: El Expediente Nº 33005793, organizado por Empresa Regional de Servicio Publico de Electricidad ELECTRO SUR ESTE S.A. sobre autorizacion para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica en la Central Termica de Taparachi, y la solicitud de transferencia presentada por EMPRESA DE GENERACION ELECTRICA SAN GABAN S.A. el 25 de enero del 2001; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion Ministerial Nº 362-93EM-DGE del 31 de diciembre de 1993, se otorgo a favor de Empresa Regional de Servicio Publico de Electricidad ELECTRO SUR ESTE S.A., autorizacion para

MITINCI
Disponen transferencia de recursos que se utilizaran para procurar la incorporacion de confecciones textiles en el regimen de preferencias arancelarias dispuesto en la Andean Trade Preference Act
DECRETO SUPREMO Nº 006-2001-ITINCI EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 013-91-ICTI/IND se delego a la Sociedad Nacional de Industrias la visacion

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