Norma Legal Oficial del día 04 de julio del año 2001 (04/07/2001)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 48

Pag. 206014

NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 4 de MORDAZA de 2001

Que, el Articulo 6º de la Ley Nº 24047 "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion", faculta al Instituto Nacional de Cultura a proteger y declarar el Patrimonio Cultural arqueologico, historico y artistico, asi como tambien a las manifestaciones culturales, orales y tradicionales del pais; Que, el Instituto Nacional de Cultura en cumplimiento de la funcion que le asigna la Ley, viene realizando una permanente identificacion y registro de inmuebles, espacios y areas urbanas que por su valor historico deben ser declarados integrantes del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, la Comision Nacional Tecnica Calificadora de Proyectos Arquitectonicos mediante Acuerdo Nº 02 de fecha 28 de MORDAZA del 2001, ACORDO: 1. Proponer se declare Ambiente MORDAZA Monumental la Plaza de MORDAZA de la MORDAZA de Caraz, ubicada en el distrito de Caraz, provincia de Huaylas, departamento de Ancash; Con las visaciones de la Direccion General de Patrimonio Monumental e Historico, la Direccion de Registro Nacional del Patrimonio Cultural Inmueble, la Gerencia Legal y la Direccion Ejecutiva; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047 "Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion"; Decretos Supremos Nºs. 039-70-VI y Nº 063-70-VI que aprueban el "Reglamento Nacional de Construcciones"; Decreto Ley Nº 25762 "Ley Organica del Ministerio de Educacion"; y su modificatoria Ley Nº 26510, Decreto Supremo Nº 027-2001-ED, que aprueban el "Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura"; SE RESUELVE: Articulo Unico.- DECLARAR AMBIENTE MORDAZA MONUMENTAL A LA PLAZA DE MORDAZA DE CARAZ, ubicada en el distrito de Caraz, provincia de Huaylas, departamento de MORDAZA, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA CARRE Director Nacional 26339

tienen los mismos deberes y derechos de los del gobierno central de la categoria correspondiente; Que, mediante Ley Nº 27469, publicada el 1 de junio del 2001, modifico el Articulo 52º de la Ley Organica de Municipalidades, estableciendo que los obreros que prestan sus servicios a las municipalidades son servidores publicos sujetos al regimen laboral de la actividad privada, reconociendoseles los derechos y beneficios inherentes a dicho regimen; Que, asimismo, la Ley Nº 27469 agrega que cada Municipalidad elabora su escalafon de personal de acuerdo con la legislacion vigente, por lo que debe entenderse que el cambio de regimen no conlleva al cese del vinculo laboral de los obreros, sino que la Municipalidad debe establecer las provisiones pertinentes, efectuando las liquidaciones de la Compensacion por Tiempo de Servicios de los obreros con la finalidad de cumplir con los pagos al momento del cese real del trabajador; Que, el Tribunal Constitucional, en la sentencia recaida en el Expediente Nº 1084-98-AA/TC, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 16 de febrero del 2000, ha establecido los lineamientos generales que deben observarse al momento de practicar las liquidaciones de la Compensacion por Tiempo de Servicios de los obreros municipales; Que, la MORDAZA I del Titulo Preliminar de la Ley de Gestion Presupuestaria del Estado, aprobada por Ley Nº 27209, senala que el presupuesto del sector publico debe estar equilibrado entre sus ingresos y egresos, estando prohibido incluir autorizaciones de gasto sin el financiamiento correspondiente; y, que asimismo, la MORDAZA II del citado dispositivo senala que el presupuesto del sector publico debe contener el total de los ingresos y gastos contemplados para el ano fiscal; Que, segun el Informe de vistos, al 31 de MORDAZA del 2001, la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA cuenta con personal obrero, cuyas remuneraciones deben adecuarse al regimen laboral de la actividad privada a partir del 2 de junio del 2001, manteniendo los montos aprobados por Resolucion Nº 049-99-RASS, conforme con el Cuadro propuesto, debiendo la Oficina de Planificacion y Presupuesto proceder a la modificacion presupuestaria respectiva; En uso de las facultades que le confiere el inciso 6) del Articulo 47º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; RESUELVE: 1.- Establecer que los obreros de la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA, comprendidos en el Anexo adjunto, que forma parte de la presente Resolucion, pasan del regimen laboral de la actividad publica al regimen laboral de la actividad privada, a partir del 2 de junio del 2001. 2.- Aprobar la adecuacion de las remuneraciones de los obreros municipales, conforme al Anexo senalado en el articulo precedente de la presente Resolucion, debiendo la Oficina de Planificacion y Presupuesto proceder a las modificaciones presupuestarias correspondientes. 3.- Disponer que la Oficina de Administracion y Finanzas, a traves de la Unidad de Personal, practique la Compensacion por Tiempo de Servicios de los obreros municipales senalados en el Anexo del Articulo Primero de la presente Resolucion, debiendo provisionarse los montos resultantes. 4.- Disponer que Secretaria General, publique la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, para los fines del caso. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA DARGENT CHAMOT MORDAZA 26350

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA DE MORDAZA
Establecen que obreros de la Municipalidad pasan al regimen laboral de la actividad privada
RESOLUCION Nº 403-2001-RASS MORDAZA de MORDAZA, 27 de junio de 2001 EL MORDAZA DE MORDAZA DE MORDAZA VISTO: El Informe Nº 722-2001-UP-OAF-MSS de la Unidad de Personal, mediante el cual informa sobre el cambio de regimen laboral de los obreros de las municipalidades; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 52º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, establecio que los funcionarios, empleados y obreros, asi como el personal de vigilancia de las municipalidades, son servidores publicos sujetos exclusivamente al regimen laboral de la actividad publica y

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.