Norma Legal Oficial del día 04 de julio del año 2001 (04/07/2001)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 40

Pag. 206006

NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 4 de MORDAZA de 2001

Que, en vista de lo anterior, mediante Escritura Publica de fecha 23 de marzo del 2001, otorgada ante Notaria de MORDAZA doctora MORDAZA MORDAZA Tambini MORDAZA, el senor MORDAZA MORDAZA Raffo MORDAZA renuncio al mandato de representante que le confiriera con fecha 11 de agosto de 1981 la empresa bancaria extranjera Banque Worms; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluacion del Sistema Financiero "B" mediante Informe Nº DESF"B" -64-OT/2001, y a lo opinado por la Superintendencia Adjunta de Asesoria Juridica mediante Informe Nº 97-2001-LEG; y contando con el visto MORDAZA de la Superintendencia Adjunta de Banca; y, De acuerdo con lo dispuesto por el Articulo 43º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, modificada mediante Leyes Nº 27008, Nº 27102, Nº 27331, y Nº 27287; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar el cierre de la oficina de representacion del banco extranjero no domiciliado Banque Worms, y revocar la autorizacion conferida por esta Superintendencia al senor MORDAZA MORDAZA Raffo MORDAZA para actuar como representante en el Peru de la precitada empresa bancaria. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CORTAVARRIA CHECKLEY Superintendente de Banca y Seguros 26351

20 por ciento del valor de adjudicacion o recuperacion de los bienes, en calidad de provisiones por bienes adjudicados o recuperados, y de provisiones adicionales, con requerimientos diferentes para bienes muebles e inmuebles; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluacion del Sistema Financiero "D" mediante Informe Nº DESF "D"-045-OT-2001 y a lo opinado por la Superintendencia Adjunta de Asesoria Juridica; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros; y, en virtud de la facultad delegada mediante Resolucion SBS Nº 807-99; RESUELVE: Articulo 1º.- Prorrogar por seis (6) meses el plazo a que se refiere el Articulo 215º de la Ley General, para que el Banco Internacional del Peru S.A.A. - Interbank proceda a la enajenacion de los bienes senalados en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- El Banco Internacional del Peru S.A.A. Interbank debera proceder conforme a lo establecido en la Circular Nº B-2075-2000, debiendo constituir las correspondientes provisiones con cargo a resultados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA HEYSEN MORDAZA Superintendente Adjunta de Banca ANEXO BIENES INMUEBLES RECUPERADOS POR OBLIGACIONES DE DEUDORES SOBRE LOS CUALES SE AUTORIZA PRORROGA PARA SU VENTA
MORDAZA de Descripcion / Ubicacion Bien Fecha de Recupero Valor en Libros (En Nuevos Soles) Prorroga de Tenencia

Prorrogan plazo otorgado a Interbank para que proceda a enajenar bienes adjudicados en pago de deudas
RESOLUCION SBS Nº 488-2001 MORDAZA, 25 de junio de 2001 LA SUPERINTENDENTE ADJUNTA DE BANCA VISTA: La solicitud de prorroga del plazo para la enajenacion de los bienes, que forman parte del Anexo de la presente resolucion, recuperados en cobro de acreencias, presentada por el Banco Internacional del Peru S.A.A. - Interbank conforme a lo previsto por el Articulo 215º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, en adelante Ley General; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 215º de la Ley General establece que cuando como consecuencia del pago de una deuda contraida previamente y de buena fe, se reciba o adjudique en pago total o parcial, bienes muebles o inmuebles, la empresa de que se trate debe enajenarlos en el plazo de un (1) ano, el mismo que podra ser prorrogado por esta Superintendencia por una sola vez y por un MORDAZA de seis (6) meses; Que, los numerales 4 y 6 de la Circular Nº B-20752000 senalan que las solicitudes para prorroga del plazo establecido en el Articulo 215º de la Ley General, deberan ser presentadas con una anticipacion de, por lo menos, quince (15) dias MORDAZA de su vencimiento, caso contrario sera rechazada la solicitud; Que, el numeral 6 de la mencionada circular establece adicionalmente que, para el caso de bienes inmuebles, debera adjuntarse a la solicitud de prorroga una evaluacion del bien efectuada por un perito inscrito en el registro de peritos valuadores (REPEV), caso contrario seras rechazada la solicitud; Que, los numerales 5 y 6 de la mencionada circular establecen la constitucion de provisiones equivalentes al

Terreno MORDAZA Los Hornos Nº 249 Lote Nº 1, 2000.7.31 S/. 808,149.62 Manzana B Urbanizacion Infantas, distrito de Los MORDAZA, provincia y departamento de Lima.

2002.1.31

Terreno MORDAZA Los Hornos Nº 215 Lote Nº 2, 2000.7.31 S/. 1,116,016.34 2002.1.31 Manzana B Urbanizacion Infantas, distrito de Los MORDAZA, provincia y departamento de Lima. Terreno MORDAZA Comunidad Industrial Nºs. 365 - 367, Urbanizacion Parcelacion Semirrustica La MORDAZA, distrito de Chorrillos, provincia y departamento de Lima. 2000.7.31 S/. 7,833,645.55 2002.1.31

26317

Prorrogan plazo otorgado al Banco Financiero del Peru para que proceda a enajenar bien inmueble adjudicado en pago de deuda
RESOLUCION SBS Nº 489-2001 MORDAZA, 25 de junio de 2001 LA SUPERINTENDENTE ADJUNTA DE BANCA VISTA: La solicitud de prorroga del plazo para la enajenacion de los bienes que forman parte del Anexo de la presente Resolucion, recibidos en cobro de acreencias, presentadas por el Banco Financiero del Peru, conforme a lo previsto por el Articulo 215º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.