Norma Legal Oficial del día 08 de julio del año 2001 (08/07/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 2

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NORMAS LEGALES
6. Gastos de Capital 5 Inversiones Programa :

MORDAZA, MORDAZA 8 de MORDAZA de 2001
1 112 629,00 011 Preservacion de los Recursos Naturales Renovables : 0041 Conservacion de Suelos : 00113 Conservacion de Suelos

Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los siete dias del mes de MORDAZA del ano dos mil uno. MORDAZA MORDAZA CORAZAO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA RUETE Ministro de Economia y Finanzas 26760

LEY Nº 27499
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: La Comision Permanente del Congreso de la Republica ha dado la Ley siguiente: LA COMISION PERMANENTE DEL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

Subprograma Proyecto 6. Gastos de Capital 5 Inversiones 4 893 181,00 Programa : 0012 Promocion y Extension Rural Subprograma : 0045 Promocion Agraria Proyecto : 00032 Apoyo a la Produccion Agropecuaria 6. Gastos de Capital 5 Inversiones 1 930 410,00 -----------------TOTAL EGRESOS 11 592 000,00 ========= Articulo 2º.- Codificaciones La Oficina de Planificacion Agraria del Pliego 013: Ministerio de Agricultura solicitara a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingreso, Componentes, Finalidades de Metas y Unidades de Medida. Articulo 3º.- Notas de Modificacion Presupuestaria La Oficina de Planificacion Agraria del Pliego 013: Ministerio de Agricultura instruira a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los veintiocho dias del mes de junio de dos mil uno. MORDAZA FERRERO Presidente a.i. del Congreso de la Republica MORDAZA PEASE MORDAZA MORDAZA Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los siete dias del mes de MORDAZA del ano dos mil uno. MORDAZA MORDAZA CORAZAO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA RUETE Ministro de Economia y Finanzas 26763

LEY QUE AUTORIZA UN CREDITO SUPLEMENTARIO EN EL PRESUPUESTO DEL SECTOR PUBLICO A FAVOR DEL PLIEGO MINISTERIO DE AGRICULTURA PARA EL PROYECTO "MANEJO DE RECURSOS NATURALES PARA EL ALIVIO DE LA POBREZA EN LA MORDAZA (III)" A SER EJECUTADO POR EL PRONAMACHCS
Articulo 1º.- Credito Suplementario para el Ministerio de Agricultura Autorizase un Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ejercicio Fiscal 2001, hasta por la suma de ONCE MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y DOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 11 592 000,00), de acuerdo al siguiente detalle: INGRESOS: (En Nuevos Soles) Fuente de Financiamiento: 12 4.0.0 4.1.0 4.1.2 4.1.2.018 Recursos por Operaciones Oficiales de Credito Externo FINANCIAMIENTO Operaciones Oficiales de Credito Operaciones Oficiales de Credito Externo Operaciones Oficiales de Credito Externo JAPAN BANK FOR INTERNATIONAL COOPERATION - JBIC 11 592 000,00 -------------------TOTAL INGRESOS 11 592 000,00 ==========

LEY Nº 27500
MORDAZA FERRERO Presidente a.i. del Congreso de la Republica POR CUANTO: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

EGRESOS: Fuente de Financiamiento Seccion Primera Pliego Unidad Ejecutora Funcion Programa : : : : : : 12 Recursos por Operaciones Oficiales de Credito Externo Gobierno Central 013 Ministerio de Agricultura 002 Pronamachcs 04 Agraria 009 Promocion de la Produccion Agraria 0034 Irrigacion 00282 Infraestructura de Riego

Subprograma : Proyecto : 6. Gastos de Capital 5 Inversiones Programa : Subprograma Proyecto

3 655 780,00 011 Preservacion de los Recursos Naturales Renovables : 0040 Reforestacion : 00437 Reforestacion

LEY QUE AMPLIA EL PLAZO DE ACOGIMIENTO AL PROGRAMA DE RESCATE FINANCIERO AGROPECUARIO (RFA)
Articulo 1º.- De los beneficiarios, clasificaciones y plazo de acogimiento Sustituyense los literales a) y b) del Articulo 1º del Decreto de Urgencia Nº 033-2001, por los siguientes:

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