Norma Legal Oficial del día 08 de julio del año 2001 (08/07/2001)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, MORDAZA 8 de MORDAZA de 2001

NORMAS LEGALES

Pag. 206281

Dado en MORDAZA de Gobierno, a los siete dias del mes de MORDAZA del ano dos mil uno. MORDAZA MORDAZA CORAZAO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA RUETE Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Presidencia MORDAZA RUBIO MORDAZA Ministro de Educacion 26766

Lo dispuesto en este articulo se aplica sin perjuicio de las acciones de fiscalizacion que correspondan efectuar, segun el caso, al Ministerio de Educacion, asi como a la Superintendencia Nacional de Aduanas -ADUANAS-, incluyendo la verificacion de la clasificacion arancelaria de los bienes cuya inafectacion se solicita. Articulo 3º.- Transcribase la presente Resolucion a la Superintendencia Nacional de Aduanas. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Educacion y por el Ministro de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Corazao Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA RUBIO MORDAZA Ministro de Educacion MORDAZA MORDAZA RUETE Ministro de Economia y Finanzas 26745 RESOLUCION SUPREMA Nº 328-2001-EF MORDAZA, 6 de MORDAZA de 2001 Visto, el Expediente Nº 034324-2000, presentado por la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA MORDAZA sobre inafectacion de los Derechos Arancelarios y del Impuesto General a las Ventas a la importacion del bien que se encuentra en el Anexo III del Decreto Supremo Nº 046-97EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 003-98-EF. CONSIDERANDO: Que, los Articulos 22º y 23º del Decreto Legislativo Nº 882 "Ley de Promocion de la Inversion en la Educacion", establecen que la transferencia o importacion de bienes y la prestacion de servicios que efectuen las instituciones educativas publicas y particulares, para sus fines propios, estan inafectas de los Derechos Arancelarios y del Impuesto General a las Ventas; Que, mediante Decreto Supremo Nº 046-97-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 003-98-EF, se aprobo la relacion de bienes y servicios inafectos al pago de los Derechos Arancelarios y del Impuesto General a las Ventas aplicables a las instituciones educativas publicas o particulares, estableciendose, asimismo, el procedimiento para la aplicacion del beneficio tributario a los bienes incluidos en el Anexo III; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 882 y el Decreto Supremo Nº 046-97-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 003-98-EF; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- APRUEBASE la inafectacion de los Derechos Arancelarios y del Impuesto General a las Ventas a la importacion realizada por la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA MORDAZA segun consta en el Expediente Nº 0343242000, por un valor total de US$ 2 485,70 (Dos Mil Cuatrocientos Ochenta y Cinco y 70/100 Dolares de Estados Unidos de America), del siguiente bien que se encuentra incluido en el Anexo III del Decreto Supremo Nº 046-97-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 003-98-EF y la adecuacion arancelaria senalada en la Resolucion de Superintendencia de Aduanas Nº 3316 del 26 de diciembre de 1997: Cantidad (Unidad) Partida Arancelaria Descripcion Hornos electricos industriales o de laboratorio, incluidos los de induccion o perdidas dielectricas; los demas aparatos industriales o de laboratorio para tratamiento termico de materias por induccion o perdidas dielectricas. Los demas hornos: - Los demas

Aprueban inafectacion de derechos arancelarios y del IGV a importaciones realizadas por diversas universidades y el SENATI
RESOLUCION SUPREMA Nº 327-2001-EF MORDAZA, 6 de MORDAZA de 2001 Visto, el Expediente Nº 029225-2000, presentado por la Universidad Nacional de San MORDAZA, sobre inafectacion de los Derechos Arancelarios y del Impuesto General a las Ventas a la importacion de bienes que se encuentran en el Anexo III del Decreto Supremo Nº 046-97-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 003-98-EF. CONSIDERANDO: Que, los Articulos 22º y 23º del Decreto Legislativo Nº 882 "Ley de Promocion de la Inversion en la Educacion", establecen que la transferencia o importacion de bienes y la prestacion de servicios que efectuen las instituciones educativas publicas y particulares, para sus fines propios, estan inafectas de los Derechos Arancelarios y del Impuesto General a las Ventas; Que, mediante Decreto Supremo Nº 046-97-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 003-98-EF, se aprobo la relacion de bienes y servicios inafectos al pago de los Derechos Arancelarios y del Impuesto General a las Ventas aplicables a las instituciones educativas publicas o particulares, estableciendose, asimismo, el procedimiento para la aplicacion del beneficio tributario a los bienes incluidos en el Anexo III; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 882 y el Decreto Supremo Nº 046-97-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 003-98-EF; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- APRUEBASE la inafectacion de los Derechos Arancelarios y del Impuesto General a las Ventas a la importacion realizada por la Universidad Nacional de San MORDAZA segun consta en el Expediente Nº 0292252000, por un valor total de US$ 735,14 (Setecientos Treinta y Cinco y 14/100 Dolares de Estados Unidos de America), de los siguientes bienes que se encuentran incluidos en el Anexo III del Decreto Supremo Nº 046-97-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 003-98-EF: Cantidad (Unidad) 03 Partida Arancelaria 9015.80.10.00 Descripcion Arancelaria Los demas instrumentos y aparatos electricos o electronicos de geodesia, topografia, agrimensura, fotogrametria, hidrografia, oceanografia, hidrologia meteorologia o geofisica

Articulo 2º.- La inafectacion a que se refiere el articulo anterior procedera siempre que la importacion de los bienes se ajuste a la cantidad, valor y demas caracteristicas declaradas en los formularios de "Importaciones Liberadas Decreto Legislativo Nº 882", presentados por la Universidad Nacional de San MORDAZA, segun Expediente Nº 029225-2000 y que dichos bienes MORDAZA destinados al cumplimiento de los fines propios de la referida institucion educativa.

01

8514.30.90.00

Articulo 2º.- La inafectacion a que se refiere el articulo anterior procedera siempre que la importacion del bien se ajuste a la cantidad, valor y demas caracteristicas declaradas

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.