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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE JULIO DEL AÑO 2001 (11/07/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 12

Pág. 206546 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 11 de julio de 2001 marzo del año 2000, con un peso aproximado de 5 000 kgs., según Conocimiento de Embarque Nº CPHU05200 de Maersk Sealand. Donación destinada para la aten- ción de niños de escasos recursos económicos. - Resolución Directoral Nº 123-2000-SA/OFICE Donación efectuada por HS Rigshospitalet University Hospital - Copenhagen de Dinamarca por intermedio de la Embajada del Perú en Dinamarca a favor del Instituto de Salud del Niño del Ministerio de Salud, consistente en equipos médicos, ropa, juguetes y otros bienes, con un valor aproximado de US$ 5 000,00 (Cinco Mil y 00/100 Dólares de Estados Unidos de América), según Certificado de Dona- ción de fecha 6 de abril del año 2000 con un peso aproximado de 5 000 kgs. según Conocimiento de Embarque Nº CPHU05238 de Maersk Sealand. Donación destinada para la atención de niños de escasos recursos económicos. - Resolución Directoral Nº 133-2000-SA/OFICE modificada por Resolución Directoral Nº 056-2001- SA/OFICE Donación efectuada por JHPIEGO Corporation de Bal- timore, Maryland, Estados Unidos de América, afiliada a Johns Hopkins University, a favor del Programa Nacional de Planificación Familiar del Ministerio de Salud consis- tente en equipos médicos, según Certificado de Donación de fecha 23 de mayo de 2000 con un valor aproximado de US$ 14 068,00 (Catorce Mil Sesenta y Ocho y 00/100 Dólares de Estados Unidos de América) y un peso aproximado de 43 kgs. según Guía Aérea Nº 307-1061 9980 de Challenge Air Cargo. Donación destinada para la capacitación de perso- nal médico en beneficio de las instituciones de Salud en el Perú para las actividades de Prevención del Cáncer Cervi- cal. - Resolución Directoral Nº 137-2000-SA/OFICE Donación efectuada por International Children's Heart Foundation de Memphis, Tennessee, Estados Unidos de América, a favor del Instituto de Salud del Niño del Ministerio de Salud, consistente en equipos médicos con un valor aproximado de US$ 10 000,00 (Diez Mil y 00/100 Dólares de Estados Unidos de América), según Carta de Donación de fecha 9 de mayo de 2000 y un peso aproximado de 47 kgs., según Comprobante de Retención de Equipaje Nº 375. Donación destinada para la atención de niños de escasos recursos económicos. - Resolución Directoral Nº 146-2000-SA/OFICE Donación efectuada por Direct Relief International de Santa Bárbara, California, Estados Unidos de América, a favor del Instituto de Salud del Niño del Ministerio de Salud, consistente en medicinas, materiales médicos y otros bienes, según Certificado de Donación de fecha 26 de abril del año 2000. Donación destinada para la atención de niños de escasos recursos económicos. Artículo 2º.- Compréndanse a las donaciones citadas en el artículo anterior dentro de los alcances del inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF. Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución Suprema a la Superintendencia Nacional de Aduanas y a la Contraloría General de la República, dentro de los plazos establecidos. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República JAVIER SILVA RUETE Ministro de Economía y Finanzas EDUARDO PRETELL ZÁRATE Ministro de Salud 26934Aceptan donación que será distribui- da en centros educativos de la ciudad de Lima RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 347-2001-EF Lima, 10 de julio de 2001 CONSIDERANDO: Que, la Fundación de Ayuda contra la Drogadicción (FAD) de Madrid, España ha efectuado una donación a favor del Centro de Información y Educación para la Prevención del Abuso de Drogas - CEDRO, consistente en diversos bienes que serán distribuidos en coordina- ción con las instituciones Hacienda Vida y CEPESJU, en centros educativos de la ciudad de Lima; Que, el inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordena- do de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, establece que no estarán gravadas con el Im- puesto General a las Ventas, la importación o transferencia de bienes que se efectúe a título gratuito a favor de Entidades y Dependencias del Sector Público; De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, el Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas modificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar y Aprobar, en nombre del Go- bierno Peruano, la donación efectuada por la Fundación de Ayuda contra la Drogadicción (FAD) de Madrid, Espa- ña, a favor del Centro de Información y Educación para la Prevención del Abuso de Drogas - CEDRO, consistente en materiales educativos cuyas características se encuen- tran detalladas en el Anexo que forma parte de la presente Resolución Suprema, con un valor aproximado de US$ 179 600,00 (Ciento Setenta y Nueve Mil Seiscientos y 00/ 100 Dólares de Estados Unidos de América), según el Certificado de Donación de la Fundación de Ayuda contra la Drogadicción (FAD) de fecha 5 de febrero de 2001 y la Constancia del Delegado Regional para la Zona Andina de la Fundación de Ayuda contra la Drogadicción (FAD) de fecha 15 de marzo del año 2001 y un peso aproximado de 17 327 kgs., según Conocimiento de Embarque Nº MS- CUO 1816039 de Mediterranean Shipping Company S.A. GENEVA. Dicha donación será distribuida en coordina- ción con las instituciones Hacienda Vida y CEPESJU, en centros educativos de la ciudad de Lima. Artículo 2º.- Compréndase a la donación citada en el artículo anterior dentro de los alcances del inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF. Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución Suprema a la Superintendencia Nacional de Aduanas y a la Contraloría General de la República, dentro de los plazos establecidos. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República JAVIER PÉREZ DE CUÉLLAR Presidente del Consejo de Ministros JAVIER SILVA RUETE Ministro de Economía y Finanzas MARCIAL RUBIO CORREA Ministro de Educación 26935