Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE JULIO DEL AÑO 2001 (11/07/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 14

Pág. 206548 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 11 de julio de 2001 CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Ministerial Nº 026-2001- EF/15 se estableció la metodología y el procedimiento necesarios para la aplicación de los factores de actualiza- ción monetaria de los montos fijos del Sistema Especí- fico del Impuesto Selectivo al Consumo; Que el Artículo 2º de la citada Resolución Ministerial establece que los montos fijos por concepto del Impues- to Selectivo al Consumo aplicables a los bienes sujetos al Sistema Específico, contenidos en el Nuevo Apéndice III y del literal B del Nuevo Apéndice IV del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, se actualizarán trimes- tralmente; Que es conveniente actualizar los montos fijos vigen- tes del Sistema Específico del Impuesto Selectivo al Consumo; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 61º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF y la Resolución Ministerial Nº 026-2001-EF/15; SE RESUELVE: Artículo Único.- A partir de la fecha de publicación de la presente Resolución, los montos fijos por concepto del Impuesto Selectivo al Consumo aplicables a los bienes sujetos al Sistema Específico, contenidos en el Nuevo Apéndice III y en el literal B del nuevo Apéndice IV del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, serán los señalados en los Anexos 1 y 2. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER SILVA RUETE Ministro de Economía y Finanzas ANEXO 1 NUEVO APENDICE III BIENES AFECTOS AL IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO PARTIDAS PRODUCTOS MONTOS EN ARANCELARIAS NUEVOS SOLES 2701.11.00.00/ Hulla, incluso pulverizadas, S/. 11,47 2701.19.00.00 pero sin aglomerar por tonelada 2710.00.19.00 Gasolina para motores - Hasta 84 Octanos S/. 2,16 por Galón - Más de 84 hasta 90 Octanos S/. 2,83 por Galón - Más de 90 hasta 95 Octanos S/. 3,12 por Galón - Más de 95 Octanos S/. 3,43 por Galón 2710.00.41.00 Kerosene S/. 0,50 por Galón 2710.00.50.10/ Gasoils S/. 1,67 por Galón 2710.00.50.90 2711.11.00.00/ Gas de petróleo licuado S/. 0,23 por 2711.19.00.00 Kilogramo ANEXO 2 NUEVO APENDICE IV B.- PRODUCTOS AFECTOS A LA APLICACION DE MONTO FIJO: PARTIDA PRODUCTO MONTO EN ARANCELARIA NUEVOS SOLES 2203.00.00.00 Cervezas S/. 1,45 por litro 26909EDUCACIÓN Autorizan salida temporal de piezas arqueológicas pertenecientes al Patri- monio Cultural de la Nación para su exhibición en Corea del Sur RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 185-2001-ED Lima, 10 de julio de 2001 Vistos, el Expediente Nº 28488-2001 y el Oficio Nº 386 -2001-INC/DN cursado por el Director Nacional del Instituto Nacional de Cultura; CONSIDERANDO: Que, mediante Expediente Nº 00853-2001 y las Cartas de fechas 20 de febrero y 30 de mayo de 2001, la Empresa "IL Provision Ltd. comunicó la organización de la "Gran Exhibición de Culturas Inca y Pre-Inca" que se realizará en el National Memorial Exhibition Center entre el 25 de julio y el 25 de noviembre del 2001, con el fin de mejorar el conocimiento y la comprensión de los países latinoamericanos y promover la relación de ambos países, destacando por primera vez en Corea del Sur, la trascendencia de la civilización Inca, Moche y especial- mente Sipán, para lo cual solicita autorización de la salida temporal del país de piezas arqueológicas; Que, mediante Carta del 25 de mayo de 2001, el señor Luis Felipe Gálvez, Embajador del Perú en la República de Corea del Sur, manifiesta que la represen- tación diplomática peruana se encuentra auspiciando la exposición a realizarse en dicho país; Que, mediante Carta del 29 de mayo de 2001, el señor Pak, Hi-Joo, Embajador de la República de Corea del Sur, comunica el apoyo de su representación diplo- mática para la realización de la citada exposición; Que, mediante Convenio de Préstamo de Piezas Arqueológicas Pertenecientes al Patrimonio Cultural de la República del Perú, suscrito el 8 de abril de 2001 entre el Instituto Nacional de Cultura y la Empresa "IL Provision Ltd.", se acordó la realización de la exposición denominada "Gran Exhibición de Culturas Inca y Pre- Inca", a desarrollarse entre el 25 de julio y el 25 de noviembre de 2001 en el National Memorial Exhibition Center, en la ciudad de Seúl – Corea del Sur, de doscientos ocho (208) piezas arqueológicas pertenecien- tes al Patrimonio Cultural de la Nación, de las cuales ciento sesenta y cuatro (164) piezas son del Museo Nacional de Arqueología, Antropología e Historia del Perú y cuarenta y cuatro (44) piezas del Museo de la Nación, además una (1) réplica de la Cámara Funeraria del "Señor de Sipán" y treinta (30) réplicas de los ornamentos de las "Tumbas Reales de Sipán" del Museo Arqueológico Nacional Brüning; Que, mediante Informe Nº 236-2001-INC/DRCPMA la Dirección de Registro y Catalogación del Patrimonio Mueble Arqueológico del Instituto Nacional de Cultura, opina favorablemente por la salida temporal del país a partir del 11 de julio hasta al 6 de diciembre de 2001, para la exposición a que se refieren los considerandos precedentes, de doscientos setenta y siete (277) piezas arqueológicas pertenecientes al Patrimonio Cultural de la Nación, de las cuales ciento sesenta y cuatro (164) son del Museo Nacional de Arqueología, Antropología e Historia del Perú, cuarenta y cuatro (44) piezas del Museo de la Nación, sesenta y nueve (69) piezas arqueo- lógicas del Museo de Oro (Fundación Miguel Mujica Gallo), las mismas que se encuentran detalladas en anexo adjunto a la presente Resolución; Que, asimismo, mediante el Informe citado en el párrafo precedente, la Dirección de Registro y Catalo- gación del Patrimonio Mueble Arqueológico, opina fa- vorablemente por la salida temporal del país con Certi- ficado de Exportación de Bienes No Pertenecientes al