TEXTO PAGINA: 113
Pág. 203867 NORMAS LEGALES Lima, sábado 2 de junio de 2001 Gráfico Nº1 Modelo de Desarrollo del sector Telecomunicaciones Etapa 1 Antes de 1994 Monopolio EstatalEtapa 3 1998 - Hoy Apertura del mercadoPRIVATIZACION Antes de la Privatización Apertura Competencia Tarifas Distorsionadas • No satisfacción de la demanda • Mala Calidad del Servicio • Existencia de Mercado Negro • Pérdidas en el Sector • No atención de zonas rurales • Falta de InversiónEtapa 2 1994 -1998 Concurrencia Limitada Rebalanceo Tarifario • Tarifas en relación a costos • No Subsidios Cruzados • Metas de expansión • Metas en Indicadores Calidad • Telefonía en Zonas Rurales • Incremento de Inversiones (de US$ 15 a 650 mill. anual)Factor de Productividad •Estímulo a la eficiencia •Transferencia de las ganancias de productividad a los usuarios •Reducción de los precios reales • Incentivo a promocionesReducción inmediata de Tarifas • Extensión área local • La renta y la llamada local dejan de subir • Tarifa LDN baja 15% • Tarifa LDI baja 30% • Tarifa Inst. baja 50% • Teléfono PopularAPERTURA 1998 - Set 2001 Set. 2001 en AdelanteCOMPETENCIA Como se puede apreciar en el gráfico Nº1, el proceso de reestructuración del sector (modelo regulatorio) con- sideró 2 etapas: - Período de concurrencia limitada: Se entrega en concesión los servicios de telefonía local y portador de larga distancia, estableciéndose que no se otorgarían otras concesiones para dichos servicios por un período de 5 años1. Se obliga en los contratos de concesión al cumplimiento de metas de expansión, calidad, moder- nización y la ejecución de un programa de rebalanceo tarifario. - Apertura a la competencia: Al término del período de concurrencia limitada se permite la libre competencia en todos los servicios de telecomunicacio- nes. Para dicha etapa se encuentra prevista la aplica- ción del mecanismo de ajuste de las tarifas utilizando el sistema de Fórmulas de Tarifas Tope. Paralelamente a la ejecución de las metas de expan- sión, calidad y modernización, uno de los principales objetivos del período de concurrencia limitada era el eliminar los subsidios cruzados y llevar las diversas tarifas a sus respectivos niveles de costos mediante la aplicación del programa de rebalanceo tarifario, sen- tando así las bases para el inicio de la competencia. El efecto total de estos ajustes se refleja en una reducción de 8.54 % en el valor real de la factura promedio, sin considerar la reducción, más importante aún, de la tarifa por instalación de línea telefónica, de 52.32 % en la línea residencial y 71.20% en la línea comercial, efectuadas también en el período de concurrencia limi- tada como parte del programa de rebalanceo tarifario. En agosto de 1998, mediante Decreto Supremo Nº 021-98-MTC se aprobaron las respectivas addendas a los contratos de concesión de Telefónica del Perú S.A.A., las mismas que establecieron el término del período de concurrencia limitada y determinaron el inicio de la apertura de los mercados de los servicios de telefonía fija local y servicios portadores de larga distancia nacio- nal e internacional. Adicionalmente al proceso de aper- tura del mercado, la aprobación de las addendas a los referidos contratos de concesión puso fin al Programa de Rebalanceo Tarifario estableciendo una reducción inmediata de las tarifas tope, las mismas que debían mantenerse constantes en términos reales entre agosto de 1998 y agosto de 2001. Además, se dispuso la amplia- ción del área local a nivel departamental, de tal manera que las comunicaciones entre provincias de un mismo departamento que anteriormente se tasaban como lla- madas de larga distancia, se tasan ahora como llama- das locales. La modificación de los contratos de concesión reali- zada en agosto de 1998 estableció también la obligación de la empresa Telefónica del Perú de ofrecer a los usuarios un paquete de servicios denominado “Teléfono Popular”, por el cual se permite a la población demenores recursos, contar con una línea telefónica, equipo terminal, recibir llamadas y realizar cierta can- tidad de llamadas a un costo menor. Dicha medida ha dado lugar al incremento de dicho tipo de planes tarifa- rios, como son las Línea 100 y Línea 70, y los planes Ahorro Inicial, Ahorro Personal, Ahorro familiar, Aho- rro máxima, entre otros. III. Sistema de Fórmulas de Precios Tope. La regulación vía el Sistema de Fórmulas de Tarifas Tope, determina el máximo nivel de variación nominal que se podría aplicar para la tarifa promedio de una determinada canasta de servicios durante un determi- nado período de tiempo. Para fines de la realización de los ajustes tarifarios se considera la tasa de variación presentada de un índice de costos de referencia (usual- mente el índice de precios al consumidor) descontando de la misma las ganancias de productividad obtenidas por la empresa regulada. Las principales ventajas que dicho sistema introduce son las siguientes: • Estimula la eficiencia de la empresa regulada. La empresa operadora tiene incentivos para aplicar políti- cas de reducción de costos. • Simplicidad y transparencia en el proceso regula- torio. • Reducción de los precios reales (Transferencia de las ganancias de productividad hacia los usuarios). • Otorga flexibilidad al operador establecido. Dado que el sistema regula la tarifa promedio de cada canas- ta, la empresa operadora puede modificar las tarifas de los diferentes elementos tarifarios que conforman las mismas siempre que se cumpla con no exceder el valor tope establecido para cada canasta. • Reducción del nivel de costos en aquellas indus- trias en las cuales los servicios de telecomunicaciones son un insumo relativamente importante, promoviendo así una mayor competitividad. Una vez determinado el concepto de “productividad” y definida su unidad de medida, el mismo deberá ser considerado para la aplicación de las fórmulas estable- cidas en los contratos de concesión de los que es titular la empresa operadora Telefónica del Perú. No obstante, es preciso destacar previamente algunas variables im- portantes también referidas a la aplicación del referido sistema. 1El inicio de la apertura estaba previsto para junio de 1999, sin embargo, dicho proceso se adelantó en casi un año (en agosto de 1998), sobre a la base de un mutuo acuerdo entre el Estado Peruano y la empresa operadora.PROYECTO