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Pág. 204493 NORMAS LEGALES Lima, sábado 16 de junio de 2001 AGRICULTURA Designan Director de la Administra- ción Técnica del Distrito de Riego Moquegua RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 147-2001-AG Lima, 15 de junio de 2001 VISTO: El Oficio Nº 792-2001-INRENA-DGAS, del Director General de Aguas y Suelos del Instituto Nacio- nal de Recursos Naturales - INRENA; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 033-94-AG de fecha 15 de marzo de 1994, se designó, entre otros, al Ing. Augusto Filinich Romero en la plaza de Director de Programa Sectorial II, de la Administración Técnica del Distrito de Riego Moquegua, de la ex Dirección Regio- nal Agraria José Carlos Mariátegui; Que, es conveniente dar por concluida la designa- ción del referido funcionario y efectuar la designación correspondiente; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, y Decreto Ley Nº 25515; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida, a partir de la fecha, la designación del Ing. Augusto Filinich Romero en la plaza de Director de Programa Sectorial II de la Administración Técnica del Distrito de Riego Moque- gua, de la ex Dirección Regional Agraria José Carlos Mariátegui.Artículo 2º.- Designar, a partir de la fecha, al Ing. WILLIAM CERRON AGUIRRE en la plaza de Director de Programa Sectorial II de la Administración Técnica del Distrito de Riego Moquegua, de la Dirección Regio- nal Agraria Moquegua. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República CARLOS AMAT Y LEON Ministro de Agricultura 25466 Designan Director de la Agencia Agra- ria Cotabambas RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 148-2001-AG Lima, 15 de junio de 2001 VISTO: El Oficio Nº 483-2001-DRAG/Ap del Direc- tor Regional de la Dirección Regional Agraria Apurí- mac; y, CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante la plaza de Director de Programa Sectorial II de la Agencia Agraria Cotabam- bas de la Dirección Regional Agraria Apurímac; Que, resulta necesario efectuar la designación corres- pondiente; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25515 y Decre- to Supremo Nº 017-2001-AG; CONSUCODECONSUCODE