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Pág. 204550 NORMAS LEGALES Lima, domingo 17 de junio de 2001 b) Identificar de manera continua, formas eficien- tes tradicionales y modernas de recuperación, con- servación y producción de los recursos naturales productivos. c) Implementar métodos participativos que permi- tan la transferencia de las tecnologías identificadas. d) Propiciar la consolidación de las estructuras comunales funcionales, requeridas para garantizar la ampliación de la frontera agrícola y la sostenibi- lidad del manejo de los recursos naturales producti- vos. e) Apoyar a la clarificación de los derechos de propie- dad. f) Difundir las experiencias alcanzadas a nivel local, regional y nacional. Artículo 10º .- Políticas del Proyecto MARENASS: a) Desarrollar una política dinámica y flexible que se adecue a la variación del entorno competitivo raciona- lizando los recursos operativos y administrativos en función al criterio de eficiencia, de servicio y producti- vidad. b) Desarrollar una política de transferencia de re- cursos, propiciando la transparencia en sus procesos y buscando la mayor participación de las comunidades campesinas. c) Minimizar la presencia del Proyecto en su ámbito de acción, mediante la coordinación y trans- ferencia de responsabilidades de ejecución a las comunidades. d) Reforzar la estructura organizativa de las comu- nidades campesinas, mediante la consolidación de sus formas sociales, productivas y la administración de los recursos financieros que les traslada el proyecto y el apoyo a la legalización del status de las comunidades campesinas. e) Incorporación de la mujer, en igualdad de condi- ciones, en las actividades del Proyecto, procurando una participación directa en la toma de decisiones comuna- les. f) Establecimiento de un marco institucional y admi- nistrativo ágil, que permita el manejo eficiente de recursos del Proyecto. g) Facilitación de condiciones para la participación de instituciones públicas y privadas en la complemen- tariedad de esfuerzos. h) Asegurar una política de control de gestión, a través de la evaluación y seguimiento de los planes de trabajo y del cumplimiento de la normatividad operati- va. Artículo 11º .- Estrategias del Proyecto MARENASS: La estrategia general del Proyecto se sustenta en la difusión, la transferencia e internalización por parte de las comunidades, de tecnologías agropecua- rias que permitan la recuperación y la conservación de los Recursos Naturales para la Producción. Para este propósito se establecen las siguientes estrate- gias específicas: a) Estrategia Productiva.- Para la operación cen- tral del Proyecto, establece como la herramienta principal del Proyecto la Capacitación y Difusión , utilizando en base a la experiencia el sistema de capacitación del “Pacha Mama Raymi”, a través del desarrollo de dos ejes: a) La capacitación de los campesinos y sus hijos en el uso de alternativas tecnológicas, que permitan la recuperación y con- servación de los recursos naturales productivos; y b) la difusión - extensión de dichas alternativas a través de los concursos, entre los campesinos con la correspondiente evaluación del proceso de cambio, a través de éstos mismos. Esta Estrategia respeta el entorno campesino sobre el cual se reforzará los patrones culturales de las comunidades, su organi- zación social y tradiciones andinas. b) Estrategia de Acompañamiento.- Se desarrolla a través de Servicios de Apoyo a la Producción, el cual propone la facilitación de una capital semilla quesirva como incentivo para el desarrollo de las diferen- tes actividades como asistencia técnica, producción y comercialización, ampliación de la frontera agrícola, que con el tiempo las comunidades puedan disponer de un fondo incrementado que facilita la continuidad de sus actividades y garantice la sostenibilidad del proyecto. c) Estrategia de sostenibilidad .- Se sustenta en la toma de conciencia por parte de los campesinos de que los esfuerzos que realizan y para los cuales el proyecto les brinda incentivos económicos, van mas allá de la conservación en sí de los recursos natura- les productivos, dado que éste es un instrumento dinamizador de sus economías que va a permitir mejorar sus condiciones de vida y en el futuro la ampliación y revaloración de su patrimonio de tal manera que pueda ser usufructuado en beneficio propio y de su hijos. Artículo 12º Componentes del Proyecto MARE- NASS a) Capacitación y Cambio Tecnológico. b) Servicios de Apoyo a la Producción c) Unidad Ejecutora d) Seguimiento y Evaluación. Artículo 13º .- Las funciones generales del Proyecto MARENASS son: a) Formular estrategias y políticas para el desa- rrollo difusión, transferencia e internalización de tecnologías sobre el manejo y conservación de recur- sos naturales para la producción en las comunidades campesinas de la Sierra Sur de nuestro territorio nacional. b) Apoyar la elaboración, desarrollo y ejecución de mecanismos necesarios para fortalecer las estructuras organizativas de las comunidades campesinas c) Formular el plan estratégico, los planes operati- vos, y presupuestos de las actividades del Proyecto y sus respectivos Componentes. d) Planear, dirigir, supervisar y evaluar la ejecución y el desarrollo de los componentes del Proyecto. e) Mantener informado al Ministerio de Agricultura y a las entidades financieras correspondientes, respec- to al cumplimiento de las metas y objetivos. f) Supervisar, coordinar y evaluar la ejecución de estudios, obras y de las actividades incluidas en los planes de trabajo. g) Cautelar el estricto cumplimiento de los términos contractuales del Convenio de Préstamo y Documentos Anexos y Acuerdos suscritos con el Fondo de Desarrollo Agrícola, coordinando con el Ministerio de Agricultura, las acciones inherentes al desarrollo y ejecución de los mismos. Capítulo II Del Consejo Directivo Artículo 14º .- EL Consejo Directivo es el Órgano de mayor Jerarquía del Proyecto Manejo de Recursos de la Sierra Sur - MARENASS, es un ente normativo y deliberativo. El Consejo Directivo, es autónomo en sus decisiones y se sujeta a los acuerdos que adopten sus miembros, dentro del marco del Convenio de Préstamo y el del contenido del presente reglamento. DE SUS ATRIBUCIONES Y FUNCIONES Artículo 15º.- Son atribuciones del Consejo Direc- tivo: a) Dictar las Políticas del Proyecto. b) Designar al Director Ejecutivo del Proyecto, a satisfacción del FIDA. La designación se efectuará por concurso.