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Pág. 204553 NORMAS LEGALES Lima, domingo 17 de junio de 2001 l) Otros que asigne el Director Ejecutivo. DE LA ASESORÍA LEGAL Artículo 33º .- La Asesoría Legal, constituye un órgano que presta el asesoramiento jurídico y legal a la Alta Dirección y demás áreas del Proyecto, cuando estas lo soliciten, emitiendo para el efecto los informes verbales y/o escritos pertinentes. Artículo 34º .- La Asesoría Legal, está a cargo de un Asesor Legal y depende jerárquicamente de la Direc- ción Ejecutiva del Proyecto. Artículo 35º .- Las funciones y atribuciones de la Asesoría Legal son las siguientes: a) Emitir opinión en expedientes sobre trámites derivados de la ejecución de convenios, contratos y otros documentos suscritos por el Proyecto. b) Elaborar anteproyectos de dispositivos legales relacionados con la gestión administrativa, financiera y de desarrollo del Proyecto. c) Formular proyectos de contratos y convenios a ser suscritos por el Director Ejecutivo u otros funcionarios autorizados, con entidades públicas o privadas. d) Tomar a su cargo o hacer el seguimiento según sea el caso, de los procesos administrativos y jurídicos relativos a los recursos que se planteen ante el Tribunal de Licitaciones y Contratos de Obras Públicas, y otros. e) Realizar coordinaciones con entidades del sector público o privado sobre asuntos legales jurídicos que se le encarguen. f) Llevar el archivo de los originales de los convenios, contratos y otros que celebre el Proyecto, para el cum- plimiento de sus fines. g) Formular proyectos de dispositivos de carácter administrativo y técnico que requiera el Proyecto para la ejecución de sus actividades. h) Desempeñar las demás funciones que en el ámbi- to de su competencia le sean asignadas por la Dirección Ejecutiva. DE LA OFICINA DE SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN Artículo 36º .- La Oficina de Seguimiento y Evalua- ción es el órgano responsable de efectuar la formula- ción, evaluación y seguimiento del proceso de imple- mentación y resultados de los objetivos, metas y activi- dades desarrolladas por el Proyecto proponiendo los cambios necesarios para lograr oportunamente las mejoras en su desarrollo y garantizar el éxito del mismo, contribuyendo al mejoramiento de los niveles de eficiencia y eficacia de la gestión para cada uno de los componentes del proyecto. Artículo 37º .- La Oficina de Seguimiento y Evalua- ción, está a cargo de un Jefe y depende jerárquicamente de la Dirección Ejecutiva del Proyecto. Artículo 38º .- Las Funciones y Atribuciones de la Oficina de Seguimiento y Evaluación son: a) Programar, coordinar, efectuar el seguimiento y consolidar la evaluación de los objetivos y metas traza- das por el Proyecto. b) Evaluar la Ejecución del Plan Estratégico del Proyecto, así como de los Planes Operativos, proponien- do los cambios necesarios y medidas correctivas para lograr oportunamente las mejoras en su desarrollo y garantizar el cumplimiento del objetivo del Proyecto. c) Desarrollar acciones de consolidación y suminis- tro de la información relacionada con la programación. d) Controlar y proporcionar información ejecutiva y estadística, así como la de efectuar la preparación de la Memoria Anual, Evaluación de Medio Término del Proyecto y Evaluación Final del mismo, a fin de cuan- tificar la magnitud del cambio en la conservación y el manejo racional productivo de los recursos naturales, con respecto al punto referencial de inicio del Proyecto, así como verificar los resultados de internalización en los campesinos de los objetivos del Proyecto, el uso adecuado de los recursos financieros asignados para laejecución del Proyecto, el cumplimiento de objetivos y el alcance de los beneficios esperados. e) Preparar la información que requiera la Contra- loría General de la República y el CONSUCODE refe- rente al seguimiento y evaluación del Plan de Adquisi- ciones del Proyecto. f) Asesorar a la Dirección Ejecutiva y los demás órganos del Proyecto en asuntos relacionados con las Políticas del Proyecto y consecución de sus objetivos. g) Emitir periódicamente los informes operativos del Proyecto que muestren la situación de avance de las metas, cumplimiento de objetivos, alcance de beneficiarios, eva- luación de los sistemas de gestión y trabajo de campo. h) Proponer los estudios de base necesarios que se requieran para la consecución de los objetivos del Pro- yecto. i) Desarrollar y proponer un sistema de seguimiento y monitoreo de los componentes del Proyecto, implementado los indicadores de gestión, de desarrollo y físicos, que permitan medir y evaluar la eficiencia y eficacia del cumpli- miento de las metas previstas en los planes operativos. j) Desempeñar las demás funciones que en el ámbito de su competencia le sean asignadas por la Dirección Ejecutiva. Capítulo V del Órgano de Apoyo DE LA OFICINA DE ADMINISTRACIÓN Artículo 39º .- La Oficina de Administración, es un órgano de apoyo del Proyecto y responsable de adminis- trar los recursos económicos, humanos y materiales de la Unidad de Coordinación del Proyecto MARENASS. Artículo 40º .- La Oficina de Administración, está a cargo de un Jefe y depende jerárquicamente de la Dirección Ejecutiva del Proyecto. Artículo 41º .- Las funciones y atribuciones de la Oficina de Administración del Proyecto son las siguientes: a) Conducir los Sistemas Administrativos de acuer- do a la normatividad vigente del Sector Público y a los Contratos, Convenios y/o Acuerdos con Organismos Internacionales y Entidades Financieras. b) Participar en la formulación de plan Institucional y planes operativos anuales y conducir el Proceso Pre- supuestario de la Unidad de Coordinación del Proyecto en todas sus fases: Formulación, Programación, Apro- bación, Ejecución y Evaluación del Presupuesto Anual. c) Cotejar las demandas anuales de recursos del Proyecto, con la disponibilidad de fondos y recomendar a la Dirección Ejecutiva sobre ajustes a realizar. d) Elaborar la documentación sustentatoria, para ges- tionar los desembolsos de las diferentes fuentes de finan- ciamiento y realizar las acciones necesarias ante el Minis- terio de Economía y Finanzas y las Entidades Financiado- ras, para la obtención oportuna de los recursos asignados a la Unidad de Coordinación del Proyecto, que permitan la ejecución de sus metas y cumplimiento de objetivos. e) Establecer en coordinación con los diferentes Órganos de la Unidad de Coordinación del Proyecto, los mecanismos necesarios a fin de obtener un flujo oportu- no y permanente de la información contable y financie- ra, requerida, por el Ministerio de Economía y Finan- zas, Entidades Financiadoras y otras Entidades, de acuerdo a las normas establecidas. f) Coordinar con los diferentes Órganos de la Unidad de Coordinación del Proyecto a fin de efectuar un seguimiento permanente de la información de metas que permita efectuar una adecuada asignación de re- cursos, para el cumplimiento de los objetivos señalados en el Plan Operativo; e informar de la evaluación de dichas metas. g) Coordinar con los diferentes Órganos de la Uni- dad de Coordinación del Proyecto la asignación y distri- bución de los recursos. h) Establecer un sistema de contabilidad y finanzas de acuerdo a la normatividad y del Contrato de Présta- mo. Elaborar y presentar oportunamente los estados financieros y de situación económica al término de cada