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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE JUNIO DEL AÑO 2001 (23/06/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 40

Pág. 204982 NORMAS LEGALES Lima, sábado 23 de junio de 2001 Regístrese y comuníquese. ROSA CACERES VALENCIA Directora de Habilitaciones Urbanas Dirección General de Obras Dirección Municipal de Desarrollo Urbano 25822 RESOLUCIÓN Nº 020-2001-MML-DMDU-DHU Lima, 13 de marzo de 2001 LA DIRECTORA DE HABILITACIONES URBANAS Visto el Expediente Nº 871-2001, y el Anexo Nº 1333-2001, seguidos por SEALAND S.A.C., por el que solicita se le autorice la Subdivisión sin cambio de uso y sin Obras complementarias del terreno de 375.00 m2, calificado con Zonificación para Uso Residencial de Baja Densidad "R-2", constituido por el denominado lote Nº 07 de la Manzana Nº 59, de la urbanización Country Club Balneario Santa Rosa, ubicado en el distrito de Santa Rosa, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que el recurrente ha cumplido con presentar la documentación requerida para el trámite correspondiente, y ha abonado los derechos adminis- trativos señalados en el TUPA y en el Reglamento Nacional de Construcciones; Estando con el Informe Nº 010-2001-MML-DMDU- DHU-DSD y Nº 062-2001-MML-DMDU-DHU-DSD del 15 de enero del 2001, y del 6 de marzo del 2001 emitidos por la División de Subdivisiones de la Dirección de Habilitaciones Urbanas; De conformidad con lo previsto en el Art. 168º, del Edicto Metropolitano Nº 021 y el Decreto de Alcaldía Nº 081-97 del 30 de octubre de 1997, y la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR la Subdivisión sin cambio de uso y sin Obras complementarias del terreno de 375.00 m2, (TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO METROS CUADRADOS) calificado con Zoni- ficación para Uso Residencial de Baja Densidad "R-2", constituido por el denominado Lote 07, de la Manzana 59, de la urbanización Country Club Balneario Santa Rosa, ubicado en el distrito de Santa Rosa, provincia y departamento de Lima, de la siguiente forma: SUBLOTE 7-A.- Con un área de 187.50 m2 (CIEN- TO OCHENTA Y SIETE METROS CUADRADOS CON CINCUENTA DECIMETROS CUADRADOS). SUBLOTE 7-B.- Con un área de 187.50 m2 (CIEN- TO OCHENTA Y SIETE METROS CUADRADOS CON CINCUENTA DECIMETROS CUADRADOS). Las características de los Sublotes resultantes figu- ran en el Plano signado con el Nº 031-2001-MML- DMDU-DGO-DHU, y la Memoria Descriptiva que for- ma parte de la presente Resolución. Artículo Segundo.- AUTORIZAR, la inscripción ante la Oficina Registral de Lima y Callao de los Sublotes 7-A y 7-B, así como autorizar la libre venta de los mismos. Así mismo la presente Resolución sólo aprueba la subdivisión del lote, no convalidando la falta de licencias de construcción que a la fecha podrían existir, ni regularizando las construcciones existentes. Artículo Tercero.- DISPONER, que los propieta- rios están obligados ha insertar en los contratos de venta que celebre una cláusula en la que establezca la indivisibilidad de los mismos. Artículo Cuarto.- DISPONER, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, lacual estará a cargo de los interesados debiendo efectuarse en un plazo máximo de treinta días calendario contados a partir de la fecha de notificación de la presente. Artículo Quinto.- TRANSCRIBIR, la presente Resolución a la Oficina Registral de Lima y Callao para su inscripción correspondiente, a la Municipalidad Distrital de Santa Rosa, y a la Superintendencia Nacio- nal de Administración Tributaria (SUNAT) para su conocimiento y fines. Regístrese y comuníquese. ROSA CACERES VALENCIA Directora de Habilitaciones Urbanas Dirección General de Obras Dirección Municipal de Desarrollo Urbano 25820 MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA Modifican Indice de usos del suelo para ubicación de actividades urba- nas en el distrito ORDENANZA Nº 037 La Molina, 15 de junio de 2001 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MOLINA; Visto en Sesión Ordinaria de fecha 31 de mayo del 2001, el Dictamen Nº 011-2001 de fecha 28 de mayo del 2001, emitido en forma conjunta por las Comisiones de Desarrollo Urbano y de Comercialización, sobre Recti- ficación del Indice de Usos para la Ubicación de Activi- dades en el Distrito de La Molina; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 198, publicada el 29 de julio de 1999, el Concejo Metropolitano de Lima aprobó la Actualización de la Zonificación del distrito de La Molina y, como Anexo 3 de dicha norma munici- pal, fue aprobado el Indice de Usos para la ubicación de las actividades urbanas, el mismo que fue modificado en alguno de sus numerales mediante la Ordenanza Nº 016-99 expedida por este Concejo Distrital; Que, en la aplicación de los parámetros normativos mencionados en el considerando precedente, se ha constatado la necesidad de rectificar los numerales 118, 537, 538, 541 y 543 del Indice de Usos del Suelo para Ubicación de Actividades Urbanas de La Molina; Estando a lo expuesto, con el Dictamen favorable de las Comisiones de Desarrollo Urbano y de Comerciali- zación; y, de conformidad con lo dispuesto por la Orde- nanza Nº 134, Reglamentaria de Actualización y Re- ajuste del Plano de Zonificación General de Lima Metropolitana; aprobó la siguiente: ORDENANZA MODIFICACIONES AL INDICE DE USOS DEL SUELO PARA UBICACIÓN DE LAS ACTIVIDADES URBANAS DE LA MOLINA Artículo Primero.- RECTIFICAR los numerales 118, 537, 538, 541 y 543 del Indice de Usos del Suelo para ubicación de las Actividades Urbanas de La Molina, aproba- do por Ordenanza Nº 198 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, según el Cuadro de Indice de Usos que como anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- MODIFICAR y ADICIONAR a los numerales, sobre las restricciones que aparecen al final de Cuadro del Indice de Usos del Suelo, para ubicación de las Actividades Urbanas de La Molina en lo referente a: