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Pág. 204976 NORMAS LEGALES Lima, sábado 23 de junio de 2001 CONASEV Disponen la inscripción de bonos subordinados del INTERBANK en el Registro Público del Mercado de Va- lores RESOLUCIÓN GERENCIAL Nº 016-2001-EF/94.45 Lima, 14 de junio de 2001 VISTOS: El Expediente Nº 07980-01 del BANCO INTERNA- CIONAL DEL PERÚ S.A.A. - INTERBANK, y el Infor- me Nº 025-2001-EF/94.45 de fecha 14 de junio de 2001; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el numeral 14 del Artículo 221º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702, las empresas bancarias pueden emitir y colocar bonos, en moneda nacional o extranjera, incluidos los subordinados, siem- pre que sean de su propia emisión; Que, mediante Junta de Accionistas del BANCO INTERNACIONAL DEL PERÚ S.A.A. - INTERBANK iniciada el día 14 de marzo de 2001, y concluida el 19 de marzo de 2001, se acordó autorizar y aprobar las características la Quinta Emisión de Bonos Subordina- dos del BANCO INTERNACIONAL DEL PERÚ S.A.A. - INTERBANK hasta por un monto de treinta millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América (US$ 30 000 000,00), delegando en el Gerente General del Banco las facultades para aprobar cualquier deci- sión necesaria para facilitar la emisión y colocación de los bonos subordinados, pudiendo en ejercicio de tal delegación de facultades adoptar las decisiones com- plementarias adicionales y aún modificar cualquiera de las características, debiendo dar cuenta al Directo- rio; Que, mediante Resolución SBS Nº 319-2001 de fecha 30 de abril de 2001, la Superintendencia de Banca y Seguros emitió opinión favorable respecto de la presente emisión de bonos subordinados; Que, en el presente caso se ha cumplido con presentar la documentación e información requerida por el Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta, aprobado por Resolución CONASEV Nº 141- 98-EF/94.10, así como las disposiciones aprobadas mediante Resolución Gerencia General Nº 211-98- EF/94.11; y, Estando a lo acordado por el Directorio de esta Comisión Nacional, reunido en sesión de fecha 6 de abril de 1999, y en sesión de fecha 18 de diciembre de 2000, que faculta al Gerente de Mercado y Emisores a disponer la inscripción en el Registro Público del Mer- cado de Valores de los valores cuya emisión por oferta pública tenga opinión favorable de la Superintenden- cia de Banca y Seguros; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Inscribir en el Registro Público del Mercado de Valores los bonos subordinados denomina- dos "Bonos Subordinados - Interbank - Moneda Ex- tranjera - Quinta Emisión" del BANCO INTERNA- CIONAL DEL PERÚ S.A.A. - INTERBANK hasta por treinta millones y 00/100 Dólares de los Estados Uni- dos de América (US$ 30 000 000,00) y registrar el prospecto informativo de dicha emisión. Artículo 2º.- La oferta pública de los bonos a que se refiere el artículo anterior deberá efectuarse con suje- ción a lo dispuesto en el Artículo 25º y, de ser el caso, enel Artículo 29º del Reglamento de Oferta Pública Prima- ria y de Venta de Valores Mobiliarios, aprobado por Resolución CONASEV Nº 141-98-EF/94.10. La colocación de los bonos a que se refiere el Artículo 1º de la presente Resolución deberá efectuarse en un plazo que no excederá de nueve (9) meses contados a partir de la fecha de su inscripción en el Registro Público del Mercado de Valores. El plazo de colocación es prorrogable hasta por un período igual, a petición de parte. Para tales efectos, la solicitud de prórroga, en ningún caso, podrá ser presentada después de vencido el referido plazo de colocación. Asimismo, se deberá cumplir con presentar a CONASEV la documentación e información a que se refieren los Artículos 23º y 24º del Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mo- biliarios, aprobado por Resolución CONASEV Nº 141-98-EF/94.10. Artículo 3º.- La inscripción y el registro a que se refiere el Artículo 1º de la presente Resolución no implican que CONASEV recomiende la inversión en los valores u opine favorablemente sobre las perspecti- vas del negocio. Los documentos e información para una evaluación complementaria están a disposición de los interesados en el Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 4º.- Transcríbase la presente Resolu- ción al BANCO INTERNACIONAL DEL PERÚ S.A.A. - INTERBANK; al BANCO DE CRÉDITO DEL PERÚ en su calidad de representante de los obligacionis- tas; a CAVALI ICLV S.A. y a la Bolsa de Valores de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANCISCO CRUZADO COCA Gerente de Mercado y Emisores 25402 INACC Habilitan el 2 de julio como último día útil para que los titulares de derechos mineros realicen el pago del derecho de vigencia y la penalidad RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 00421-2001-INACC/J Lima, 20 de junio de 2001 CONSIDERANDO: Que, los Artículos 39º y 40º del Texto Único Ordena- do de la Ley General de Minería, aprobado por D.S. Nº 014-92-EM, señalan que el derecho de vigencia corres- pondiente al segundo año, computado a partir del 1 de enero del año siguiente a aquél en que se hubiere formulado el petitorio de la concesión minera, deberá abonarse hasta el 30 de junio del segundo año, aplicán- dose igual regla para los años siguientes; asimismo, la penalidad correspondiente deberá pagarse junto con el derecho de vigencia y acreditarse en la misma oportuni- dad de su pago; Que, conforme al Artículo 50º del Texto Único Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedi- mientos Administrativos, aprobado por Decreto Su- premo Nº 02-94-JUS, cuando el último día del plazo sea inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente; Que, en el presente ejercicio el último día del plazo establecido para el pago del derecho de vigen- cia y/o la penalidad es el día sábado 30 de junio del 2001;