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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE MAYO DEL AÑO 2001 (14/05/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 1

DIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR NORMAS LEGALES Lima, lunes 14 de mayo de 2001 AÑO XIX - Nº 7630 Pág. 202755Director: Manuel Jesús Orbegozo http://www.editoraperu.com.pe "AÑO DE LA CONMEMORACIÓN DE LOS 450 AÑOS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS" Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República JAVIER PÉREZ DE CUÉLLAR Presidente del Consejo de Ministros 23437 EDUCACIÓN Modifican artículo del Reglamento de Contratación de Profesores en Centros y Programas Educativos Públicos DECRETO SUPREMO Nº 033-2001-ED EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 020-2001-ED se apro- bó el Reglamento de Contratación de Profesores en Centros y Programas Educativos Públicos; Que, el Artículo 2º de la mencionada norma estable- ce que en cada Centro o Programa Educativo Público se constituirá un Comité Especial de Evaluación por cada nivel y modalidad, encargado de proponer y evaluar la contratación de profesores; Que, según lo dispone el literal b) del Artículo 2º del Decreto Supremo Nº 020-2001-ED, dicho Comité se encuentra integrado por el Subdirector del nivel o el que haga sus veces; Que, en determinados Centros Educativos, tales como los Centros Educativos del Nivel Primario y los Centros Educativos Ocupacionales, no existe el cargo de Subdirector del nivel, por lo que es necesario contem- plar dicho supuesto en la norma citada en el consideran- do precedente; En uso de las atribuciones que confiere el inciso 8) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú; DECRETA: Artículo 1º.- Modificar el literal b) del Artículo 2º del Reglamento de Contratación de Profesores en Cen- tros y Programas Educativos Públicos, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2001-ED, por el siguiente texto sustitutorio: "b) El Subdirector del nivel o el que haga sus veces, quien actuará como Secretario. En los Centros Educativos Públicos en los que no exista el cargo de Subdirector del nivel, integrará el Comité Especial de Evaluación el profesor que acredite el mayor número de años de servicios en la carrera pública del profesorado." Artículo 2º.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Educación.P C M Encargan el Despacho de la Presiden- cia del Consejo de Ministros al Minis- tro de Economía RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 261-2001-PCM Lima, 11 de mayo de 2001 CONSIDERANDO: Que, el Embajador Javier Pérez de Cuéllar, Presiden- te del Consejo de Ministros y Ministro de Relaciones Exteriores, se ausentará del país en Misión Oficial; Que, es necesario encargar el Despacho de la Presi- dencia del Consejo de Ministros; De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 127º de la Constitución Política del Perú; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Encargar el Despacho de la Presi- dencia del Consejo de Ministros al doctor JAVIER SILVA RUETE, Ministro de Economía y Finanzas, a partir del 14 de mayo de 2001, en tanto dure la ausencia del Titular. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República JAVIER PÉREZ DE CUÉLLAR Presidente del Consejo de Ministros 23436 Encargan el Despacho de Relaciones Exteriores al Ministro de Justicia RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 262-2001-PCM Lima, 11 de mayo de 2001 CONSIDERANDO: Que, el Ministro de Relaciones Exteriores, Embaja- dor Javier Pérez de Cuéllar, se ausentará del país en Misión Oficial; Que, es necesario encargar el Despacho de Relacio- nes Exteriores en tanto dure la ausencia del titular; De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 127º de la Constitución Política del Perú; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Encargar el Despacho de Rela- ciones Exteriores al doctor DIEGO GARCIA-SAYAN LARRABURE, Ministro de Justicia, a partir del 14 de mayo del 2001, en tanto dure la ausencia del titular.