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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE MAYO DEL AÑO 2001 (14/05/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 4

Pág. 202758 NORMAS LEGALES Lima, lunes 14 de mayo de 2001 SE RESUELVE: Artículo 1º.- AUTORIZAR a la asociación Centro de Conciliación, Arbitraje y Cultura "Ruíz Caro", a funcio- nar como Centro de Conciliación, denominado Centro de Conciliación, Arbitraje y Cultura "Ruíz Caro", con sede en la ciudad de Lima. Artículo 2º.- El Ministerio de Justicia en aplicación de la Ley de Conciliación y su Reglamento, supervisará el correcto funcionamiento del Centro de Conciliación y aplicará, cuando corresponda, las medidas pertinentes de acuerdo a sus atribuciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA LILA IWASAKI CAUTI Viceministra de Justicia (e) 23403 RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 103-2001-JUS Lima, 9 de mayo del 2001 Vista la solicitud de Registro Nº 05317 de fecha 5 de marzo de 2001 de la asociación Centro de Investigación, Desarrollo y Capacitación Ocupacional - CIDESCO; CONSIDERANDO: Que la asociación Centro de Investigación, Desarro- llo y Capacitación Ocupacional - CIDESCO, es una persona jurídica sin fines de lucro que tiene entre sus objetivos ejercer la función conciliadora; Que la mencionada institución ha solicitado se le autorice el funcionamiento como Centro de Concilia- ción denominado "Centro de Conciliación Centro de Investigación, Desarrollo y Capacitación Ocupacional" - CIDESCO, con sede en la ciudad de Lima; Que conforme obra del acta de inspección ocular de fecha 26 de abril de 2001, se ha realizado la constata- ción respectiva en las instalaciones e infraestructura física de su Centro de Conciliación; Que la recurrente cumple con los requisitos estable- cidos en los Artículos 24º y 27º de la Ley Nº 26872, Ley de Conciliación, y los Artículos 42º, 44º y 45º del Regla- mento de la Ley de Conciliación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, por lo que es procedente autorizarla a funcionar como Centro de Conciliación; Estando a lo opinado en el Informe Nº 300-2001-DM- STC-SDSCCC de la Secretaría Técnica de Conciliación, es pertinente atender la solicitud de la asociación Cen- tro de Investigación, Desarrollo y Capacitación Ocupa- cional - CIDESCO; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliación, su Reglamento apro- bado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, y Resolu- ción Ministerial Nº 350-2000-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- AUTORIZAR a la asociación Centro de Investigación, Desarrollo y Capacitación Ocupacional - CIDESCO, a funcionar como Centro de Conciliación, denominado "Centro de Conciliación Centro de Investi- gación, Desarrollo y Capacitación Ocupacional" - CIDES- CO, con sede en la ciudad de Lima. Artículo 2º.- El Ministerio de Justicia en aplicación de la Ley de Conciliación y su Reglamento, supervisará el correcto funcionamiento del Centro de Conciliación y aplicará, cuando corresponda, las medidas pertinentes de acuerdo a sus atribuciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA LILA IWASAKI CAUTI Viceministra de Justicia (e) 23404RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 104-2001-JUS Lima, 9 de mayo del 2001 Vista la solicitud de Registro Nº 16078 de fecha 19 de octubre de 2000 de la Universidad Inca Garcilaso de la Vega; CONSIDERANDO: Que la Universidad Inca Garcilaso de la Vega, es una persona jurídica de derecho privado que tiene entre sus objetivos ejercer la función conciliadora; Que la mencionada institución ha solicitado se le autorice el funcionamiento como Centro de Concilia- ción denominado "Centro de Conciliación de la Univer- sidad Inca Garcilaso de la Vega" - CCUIGV, con sede en la ciudad de Lima; Que conforme obra del acta de inspección ocular de fecha 25 de abril de 2001, se ha realizado la constata- ción respectiva en las instalaciones e infraestructura física de su Centro de Conciliación; Que la recurrente cumple con los requisitos estable- cidos en los Artículos 24º y 27º de la Ley Nº 26872, Ley de Conciliación, y los Artículos 42º, 44º y 45º del Regla- mento de la Ley de Conciliación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, por lo que es procedente autorizarla a funcionar como Centro de Conciliación; Estando a lo opinado en el Informe Nº 298-2001-DM- STC-SDSCCC de la Secretaría Técnica de Conciliación, es pertinente atender la solicitud de la Universidad Inca Garcilaso de la Vega; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliación, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, y Resolución Ministerial Nº 350-2000-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- AUTORIZAR a la Universidad Inca Garcilaso de la Vega, a funcionar como Centro de Conciliación, denominado "Centro de Conciliación de la Universidad Inca Garcilaso de la Vega" - CCUIGV, con sede en la ciudad de Lima. Artículo 2º.- El Ministerio de Justicia en aplicación de la Ley de Conciliación y su Reglamento, supervisará el correcto funcionamiento del Centro de Conciliación y aplicará, cuando corresponda, las medidas pertinentes de acuerdo a sus atribuciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA LILA IWASAKI CAUTI Viceministra de Justicia (e) 23405 RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 105-2001-JUS Lima, 9 de mayo del 2001 Vista la solicitud de Registro Nº 18931 de fecha 4 de diciembre de 2000 de la asociación Centro para la Conciliación Integral en Consultoría, Asesoría y Capaci- tación - "CCICAC"; CONSIDERANDO: Que la asociación Centro para la Conciliación Inte- gral en Consultoría, Asesoría y Capacitación - "CCI- CAC", es una persona jurídica sin fines de lucro que tiene entre sus objetivos ejercer la función conciliadora; Que la mencionada institución ha solicitado se le autorice el funcionamiento como Centro de Concilia- ción denominado Centro para la Conciliación Integral en Consultoría, Asesoría y Capacitación - "CCICAC", con sede en la ciudad de Huancayo; Que conforme obra del acta de inspección ocular de fecha 16 de abril de 2001, se ha realizado la constata-