Norma Legal Oficial del día 14 de mayo del año 2001 (14/05/2001)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 9

MORDAZA, lunes 14 de MORDAZA de 2001

NORMAS LEGALES

Pag. 202763

Debiendo realizarse la "III Reunion del Grupo de Trabajo para los Estudios e Implementacion del Centro Binacional de Atencion en Frontera (CEBAF) Desaguadero", en la MORDAZA MORDAZA, Republica de Bolivia, del 16 al 19 de MORDAZA del ano 2001; Considerando lo dispuesto en la Hoja de Tramite (GAC) Nº 1160, del Gabinete de Coordinacion del senor Viceministro Secretario General de Relaciones Exteriores, de 3 de MORDAZA del ano 2001; De conformidad con el inciso b) del Articulo 12º del Decreto Legislativo Nº 894, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, de 24 de diciembre de 1996; el inciso m) del Articulo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Organica del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 28 de diciembre de 1992; SE RESUELVE: 1º.- Autorizar el viaje de los siguientes funcionarios de la Direccion Nacional de Desarrollo Fronterizo y Limites, para que participen en la "III Reunion del Grupo de Trabajo para los Estudios e Implementacion del Centro Binacional de Atencion en Frontera (CEBAF) Desaguadero", a realizarse en la MORDAZA MORDAZA, Republica de Bolivia, del 16 al 19 de MORDAZA del ano 2001: · Doctor MORDAZA Oliveros Lakoma, Asesor de la Direccion Nacional de Desarrollo Fronterizo y Limites; y, · Consejero en el Servicio Diplomatico de la Republica, don MORDAZA Arzubiaga Scheuch, Jefe del Departamento de Promocion de la Direccion de Desarrollo Fronterizo y Limites. 2º.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolucion por concepto de pasajes US$ 273,60, viaticos US$ 2 000,00, y tarifa por uso de aeropuerto S/. 50,00, seran cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) dias al termino de la referida comision. 3º.- La presente Resolucion no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Corazao Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Relaciones Exteriores 23431

Que, por Decreto Supremo Nº 011-2001-MTC, expedido al MORDAZA de la Primera Disposicion Final de la Ley Nº 27427, Ley de Racionalidad y Limites en el Gasto Publico para el Ano Fiscal 2001, se declaro al SENCICO en MORDAZA de Reestructuracion Organizativa Institucional, con el objeto de mejorar su eficiencia, racionalizar sus gastos y generar el ahorro publico, sin demandar recursos adicionales a los aprobados para dicha Institucion; Que, el Articulo 2º del Decreto Supremo a que se refiere el considerando anterior, faculto al SENCICO a reformular, entre otros documentos de gestion, el Cuadro para Asignacion de Personal - CAP; Que, el literal c) del numeral 6.3 del Articulo 6º de la Ley Nº 27427 senala que los MORDAZA para Asignacion de Personal (CAP) se aprueban mediante Resolucion Suprema, refrendada por el Titular del Sector al que pertenezca el Pliego; Estando al Acuerdo tomado por el Consejo Directivo Nacional del SENCICO, en su Sesion Nº 789 de fecha 14 de MORDAZA de 2001 y de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo y la Ley Nº 27427 - Ley de Racionalidad y Limites en el Gasto Publico para el Ano Fiscal 2001; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Apruebase el Cuadro para Asignacion de Personal - CAP del Servicio Nacional de Capacitacion para la Industria de la Construccion - SENCICO, el mismo que forma parte integrante de la presente Resolucion Suprema. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Corazao Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion CUADRO PARA ASIGNACION DE PERSONAL - SENCICO
ORGANO / CARGO 1 PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO NAC. PRESIDENTE EJECUTIVO ESPECIALISTA ASISTENTE CHOFER 2 GERENCIA GENERAL GERENTE GENERAL SUPERVISOR DE GERENCIAS ZONALES ASISTENTE CHOFER SECRETARIA ASESORIA LEGAL ASESOR LEGAL ESPECIALISTA EN ASUNTOS LEGALES DESARROLLO, MANTENIMIENTO E INFRAESTRUCTURA ASESOR TECNICO ESPECIALISTA EN OBRAS SECRETARIA LABORATORIO DE ENSAYO DE MATERIALES JEFE DEL LABORATORIO DE ENSAYOS DE MATERIALES SECRETARIA AREA DE LAB. DE AGREGADOS Y CONCRETO JEFE DE LAB. DE AGREG. Y CONCR. TECNICO DE ENSAYOS DE AGREGADOS TECN. DE ENSAYO DE CONCRETO AREA DE LAB. DE SUELOS Y ASFALTO JEFE DE LAB. DE SUELOS Y ASFALTO TECN. DE LAB. DE SUELOS TECN. DE LAB. DE ASFALTOS 3 OFICINA DE AUDITORIA INTERNA GERENTE DE LA OFICINA DE AUDITORIA INTERNA ESPECIALISTA EN AUDITORIA CATEGORIA PLAZAS TOTAL

D4 E4 E1 T3

1 1 1 1

4

MTC
Aprueban el Cuadro para Asignacion de Personal del Servicio Nacional de Capacitacion para la Industria de la Construccion - SENCICO
RESOLUCION SUPREMA Nº 077-2001-MTC MORDAZA, 11 de MORDAZA de 2001 CONSIDERANDO: Que, el Decreto Ley Nº 25862 - Ley Organica del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion establece que el Servicio Nacional de Capacitacion para la Industria de la Construccion - SENCICO, es una institucion Publica Descentralizada del Subsector Vivienda y Construccion, cuyo funcionamiento esta regulado por su Ley de Organizacion y Funciones aprobado por Decreto Legislativo Nº 147 y su Estatuto aprobado por Decreto Supremo Nº 036-93-TCC;

D3 D2 T4 T3 T3

1 1 1 1 1

5

D2 E3

1 1

2

D2 E4 T3

1 1 1

3

D2 T2 J3 T4 T4 J3 T4 T4

1 1 1 1 1 1 1 1

2

3

3

D2 E4

1 1

2

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.