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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE MAYO DEL AÑO 2001 (14/05/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 6

Pág. 202760 NORMAS LEGALES Lima, lunes 14 de mayo de 2001 - El Director Nacional de Pesca Artesanal; y, - El Director General de Administración. Artículo 4º.- Encomendar a la Dirección Nacional de Pesca Artesanal del Ministerio de Pesquería la organización del evento mencionado en el Artículo 1º de la presente resolución, aprobándose para tal efecto el Reglamento que en Anexo Nº 1 forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 5º.- Autorizar al Director General de Admi- nistración a efectuar las acciones correspondientes, en el ámbito de su competencia, para contribuir al desarro- llo del citado evento. Artículo 6º.- Los gastos que demande el cumpli- miento de la presente Resolución serán atendidos con cargo al Presupuesto del Pliego 018: Ministerio de Pesquería, Año Fiscal 2001, según el detalle del Anexo 2, que forma parte integrante de la presente Resolu- ción, de acuerdo a la siguiente Estructura Funcional Programática: Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Pesquería, Función 12: Pesca, Programa 044: Promo- ción de la Producción Pesquera, Subprograma 0117: Fomento de la Pesca, Actividad 1.00345: Normar, Pro- mover y Desarrollar la Actividad Pesquera, Componen- te 3.1091: Promoción y Desarrollo, Meta 00003: 01312 Promoción Pesquera, Fuente de Financiamiento 09: Recursos Directamente Recaudados, Genérica del Gas- to 3: Bienes y Servicios. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUDWIG MEIER CORNEJO Ministro de Pesquería 23409 Autorizan cambio de titular de licencia de operación para el procesamiento de productos hidrobiológicos a favor de Inversiones La Parra S.A.C. RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 060-2001-PE/DNEPP Lima, 11 de mayo del 2001 Visto el escrito con registro Nº CE-00129002 de fecha 30 de marzo de 2001, presentado por INDUS- TRIAL GLAUCO S.A.; CONSIDERANDO: Que por Resolución Ministerial Nº 419-95-PE, de fecha 26 de julio de 1995, se otorgó a POSEIDON S.A. licencia de operación, para que desarrolle la actividad de procesamiento de productos hidrobiológicos, a tra- vés de su planta de harina de pescado, en su estable- cimiento industrial pesquero ubicado en la caleta Lobo Varado, distrito de Pucusana, provincia y departamen- to de Lima, con una capacidad instalada de 68 t/h de procesamiento de materia prima; Que por Resolución Directoral Nº 171-99-PE/DNPP, de fecha 13 de diciembre de 1999, se aprobó el cambio del titular de la licencia de operación otorgada a POSEI- DON S.A. mediante Resolución Ministerial Nº 419-95- PE a favor de la empresa INDUSTRIAL GLAUCO S.A. para que se dedique a la actividad de procesamiento de productos hidrobiológicos, a través de su planta de harina de pescado, en su establecimiento industrial citado en el considerando anterior; Que el Artículo 51º del Reglamento de la Ley Gene- ral de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012- 2001-PE, establece que durante la vigencia de la licen- cia para la operación de cada planta de procesamiento, la transferencia en propiedad o cambio de posesión del establecimiento industrial pesquero, conlleva la trans- ferencia de dicha licencia en los mismos términos y condiciones en que fue otorgada; Que a través del escrito del visto, la recurrente solicita el cambio del titular de licencia de operaciónotorgada a INDUSTRIAL GLAUCO S.A. mediante Re- solución Ministerial Nº 419-95-PE modificada en su titularidad por la Resolución Directoral Nº 171-99-PE/ DNPP a favor de la empresa INVERSIONES LA PA- RRA S.A.C. en virtud del contrato de arrendamiento del establecimiento industrial pesquero celebrado con esta última el 26 de febrero del 2001 cuyo plazo de vigencia rige hasta el 31 de enero del 2002; Estando a lo informado por la Dirección de Admi- nistración Pesquera de la Dirección Nacional de Extrac- ción y Procesamiento Pesquero mediante Informe Nº 084-2001-PE/DNEPP-Dap-cvg de fecha 16 de abril del 2001, que sustenta la procedencia técnica de lo solicita- do y señala que la recurrente ha cumplido con los requisitos exigidos en el procedimiento Nº 25 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministe- rio de Pesquería, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2000-PE, y con la opinión favorable de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad, con lo establecido en los Artículos 43º inciso d), 45º y 46º del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, los Artículos 49º, 51º y 53º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012- 2001-PE; En uso de las facultades conferidas por el Artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aproba- do por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar hasta el 31 de enero del 2002, el cambio del titular de la licencia de operación otorgada a la empresa INDUSTRIAL GLAUCO S.A., mediante Resolución Ministerial Nº 419-95-PE de fecha 26 de julio de 1995 modificada en su titularidad por Resolución Directoral Nº 171-99-PE/DNPP de fecha 13 de diciembre de 1999, a favor de INVERSIONES LA PARRA S.A.C., para que se dedique al procesamiento de productos hidrobiológicos a través de su planta de harina de pescado, en su establecimiento industrial pesquero ubicado en la caleta Lobo Varado, distrito de Pucusana, provincia y departamento de Lima, con una capacidad instalada de 68 t/h de procesamiento de materia prima. Artículo 2º.- INVERSIONES LA PARRA S.A.C., deberá operar su planta de procesamiento de produc- tos hidrobiológicos observando las normas legales y reglamentarias del ordenamiento jurídico pesquero, así como las relativas a la preservación del medio ambiente y lo referido a sanidad, higiene y seguridad industrial pesquera que garanticen el desarrollo sos- tenido de la actividad pesquera. Asimismo deberá implementar un sistema de control del proceso que garantice la óptima calidad del producto final, así como ejecutar las medidas de mitigación contenidas en su Programa de Adecuación y Manejo Ambiental, calificado favorablemente por la Dirección de Medio Ambiente a través del Oficio Nº 485-95-PE/DIREMA de fecha 18 de julio de 1995. Artículo 3º.- El incumplimiento de lo señalado en el Artículo 2º de la presente Resolución, será causal de caducidad del derecho otorgado o de las sanciones que resulten aplicables conforme a la normatividad vigen- te, según corresponda. Artículo 4º.- Incorporar hasta el 31 de enero del 2002, a INVERSIONES LA PARRA S.A.C. como titular de la licencia de operación de la planta de harina de pescado ubicada en el establecimiento industrial pesque- ro citado en el primer artículo, al literal B) del anexo IV de la Resolución Ministerial Nº 023-2001-PE, excluyen- do a la empresa INDUSTRIAL GLAUCO S.A. de dicho anexo. Artículo 5º.- Modificar hasta el 31 de enero del 2002, la titularidad de la licencia otorgada a través de la Resolución Ministerial Nº 419-95-PE, modificada por Resolución Directoral Nº 171-99-PE/DNPP. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAUL FLORES ROMANI Director Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero 23410