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PÆg. 203588 NORMAS LEGALES Lima, jueves 31 de mayo de 2001 mos señalados en el Artículo 5º del Decreto Legislativo Nº 909, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2001. DISPOSICIÓN FINAL Única.- Los recursos transferidos al Instituto Na- cional de Cultura, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 1º de la presente Ley, por el monto de S/. 7'065,333.00, serán destinados exclusivamente para laculminación del Museo Tumbas Reales de Sipán. Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, a los dieciocho días del mes de mayo de dos mil uno. CARLOS FERRERO Presidente a.i. del Congreso de la República HENRY PEASE GARCÍA Segundo Vicepresidente del Congreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA POR TANTO:Mando se publique y cumpla. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinti- nueve días del mes de mayo del año dos mil uno. VALENTIN PANIAGUA CORAZAO Presidente Constitucional de la República JAVIER SILVA RUETE Ministro de Economía y Finanzas MARCIAL RUBIO CORREA Ministro de Educación 24402 DECRETOS DE URGENCIA DECRETO DE URGENCIA N” 057-2001 PRORROGAN PLAZO DE RÉGIMEN DE PROTECCIÓN PATRIMONIAL A QUE SE REFIERE EL D.U. N” 101-2000, RELATIVO A LAS EMPRESAS AGRARIAS AZUCARERAS EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 802 se dictó un conjunto de medidas orientadas al saneamiento económico financiero de las Empresas Agrarias Azuca-reras que se acogieron a la modalidad de pago de la deuda tributaria prevista en el inciso b) del Artículo 5º del referido dispositivo; Que, a través del Decreto de Urgencia Nº 101-2000 se dictaron medidas extraordinarias dirigidas a prote- ger temporalmente el patrimonio de las empresas agra-rias azucareras, disponiéndose la suspensión de la ejecución de medidas cautelares, garantías reales, per- sonales y similares sobre sus activos, así como la posi-bilidad de iniciar contra las indicadas empresas proce- dimientos de declaratoria de insolvencia previstas en las normas concursales;Que, la reactivación de las empresas agrarias azuca- reras requiere de un proceso de transición que permita sincerar su situación económica y financiera, a efectos de que dichas empresas puedan reestructurarse y atraernuevos socios inversionistas en las condiciones más favorables para sus actuales accionistas, siendo necesa- rio ampliar el plazo dispuesto en el Decreto de Urgenciamencionado y que vence el 31 de mayo de 2001; De conformidad con lo dispuesto en el inciso 19) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo de dar cuenta al Congreso de la República; DECRETA: Artículo 1º.- Prórroga del Régimen de Protec- ción Patrimonial.- Extiéndase hasta el 31 de octubre de 2001 lo dispuesto por el Artículo 1º del Decreto de Urgencia Nº 101-2000. Artículo 2º.- Refrendo.- El presente Decreto de Urgencia será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Economía y Finanzas, y elMinistro de Agricultura. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinti- nueve días del mes de mayo del año dos mil uno. VALENTIN PANIAGUA CORAZAO Presidente Constitucional de la República JAVIER PÉREZ DE CUÉLLAR Presidente del Consejo de Ministros JAVIER SILVA RUETE Ministro de Economía y Finanzas CARLOS AMAT Y LEÓN Ministro de Agricultura 24418 P C M Autorizan viaje del Ministro de Econo- mía y Finanzas a los EE.UU., en misión oficial RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 287-2001-PCM Lima, 29 de mayo de 2001 CONSIDERANDO:Que, el doctor JAVIER SILVA RUETE, Ministro de Economía y Finanzas, viajará a la ciudad de WashingtonD.C., Estados Unidos de América, del 30 de mayo al 2 de junio del año 2001, para asistir a la ceremonia de firma del Contrato de Préstamo correspondiente al Programa Sec-torial de Transparencia y Reformas en Políticas Fiscal, Social y de Justicia, entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo, asimismo para sostenerreuniones con funcionarios del Fondo Monetario Interna- cional, Banco Mundial y representante del Japan Bank for International Cooperation, en tal sentido es necesarioautorizar el viaje en misión oficial; De conformidad con lo dispuesto por los Decretos Supremos Nºs. 048 y 053-2001-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al doctor JAVIER SILVA RUETE, Ministro de Economía y Finanzas, a ausentar- se del país del 30 de mayo al 2 de junio del año 2001,para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimien- to de la presente Resolución, serán con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora 001 MEF - Admi- nistración General del Pliego del Ministerio de Econo-mía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle: