Norma Legal Oficial del día 19 de noviembre del año 2001 (19/11/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

MORDAZA, lunes 19 de noviembre de 2001

NORMAS LEGALES

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3.21.Garantias

:

3.22.Destino de los recursos

:

3.23.Costo de Emision : 3.24.Mercado MORDAZA :

3.25.Lugar y agente : de pago 3.26.Destino del princi- : El principal y, de ser el caso, los intereses de pal e intereses los Papeles Comerciales que no MORDAZA cobrano cobrados dos dentro del plazo de caducidad que establecen las Leyes Aplicables, incrementaran las reservas de libre disposicion de EL EMISOR. 3.27.Leyes Aplicables : Las Leyes de la Republica del Peru. 3.28.Copropiedad : En caso de copropiedad de los Papeles Comerciales, los copropietarios que representen mas del cincuenta por ciento (50%) de los mismos deberan designar ante EL EMISOR, mediante carta con firma legalizada notarialmente, a una sola persona para el ejercicio de los derechos como titular, pero todos ellos responderan solidariamente frente a EL EMISOR de cuantas obligaciones deriven de su calidad de titular de los Papeles Comerciales. CUARTO.- Obligaciones de EL EMISOR EL EMISOR debera cumplir las obligaciones establecidas por la Ley del MORDAZA de Valores, el Reglamento de Oferta Publica Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, demas normas aplicables y el presente Acto, entre las cuales estan las siguientes: 4.1. Aplicar los fondos captados mediante la colocacion de los valores a las finalidades senaladas en el presente Acto. 4.2. Cumplir con el pago puntual del principal y de los intereses de los Papeles Comerciales. 4.3. Pagar de resultar aplicable, los intereses compensatorios derivados de los valores y adicionalmente, cuando corresponda los intereses moratorios que puedan devengarse. 4.4. Suministrar en forma continua a CONASEV y a la entidad que tuviese a su cargo la conduccion del mecanismo centralizado de negociacion donde los valores se encuentren inscritos, la informacion relativa a su marcha economico financiera y toda aquella que exija la normativa vigente, asi como los cambios en su administracion. Sin perjuicio de las obligaciones senaladas, EL EMISOR cumplira las siguientes obligaciones: [agregar demas obligaciones del emisor que no esten contenidas en las normas indicadas (de ser el caso)] QUINTO.- Restricciones y responsabilidades aplicables a EL EMISOR EL EMISOR estara sujeto a las siguientes restricciones y responsabilidades durante el plazo en que los valores a ser emitidos se encuentren vigentes: [agregar restricciones y responsabilidades aplicables al emisor (ejemplo: no acordar reparto de utilidades ni pagar dividendos en caso se produzca uno o mas eventos de incumplimiento y este o estos no hayan sido subsanados, no realizar fusiones o adquisiciones de empresas que puedan generar un evento de incumplimiento, mantener un nivel de endeudamiento, mantener una cobertura de intereses, no otorgar garantias sobre activos existentes a la fecha de la suscripcion del presente Acto para garantizar nuevas obligaciones, mantener MORDAZA monto de su patrimonio neto, etc.) ]

efecto se establezcan en el mismo, siempre que se respete lo dispuesto en el Articulo 89º de la Ley del MORDAZA de Valores. Garantia generica sobre el patrimonio de EL EMISOR. Garantia especifica sobre [descripcion (de ser el caso) y debidamente formalizada por escritura publica (tratandose de garantias registrables)]. Los recursos se utilizaran para [describir basicamente en que se utilizaran los recursos captados]. Todos los costos relacionados con la emision de los Papeles Comerciales seran asumidos por EL EMISOR. Los Papeles Comerciales seran inscritos en [describir el mecanismo], por cuenta y costo de EL EMISOR dentro de un plazo MORDAZA de [numero] dias contados a partir de su fecha de emision. Asimismo, los Papeles Comerciales tambien podran ser registrados por cuenta y costo de sus titulares, una vez cumplido el tramite respectivo de inscripcion ante la entidad correspondiente, cuando asi lo acuerden los titulares de los mismos. [lugar y denominacion del agente de pago].

SEXTO.- Declaraciones y Garantias de EL EMISOR EL EMISOR declara y garantiza, a la fecha de suscripcion de este Acto, lo siguiente: [agregar las declaraciones y garantias del emisor (ejemplo: ser una sociedad anonima abierta de duracion indeterminada, de ser el caso; que la suscripcion del presente Acto y el cumplimiento de sus obligaciones se encuentran bajo sus facultades societarias; inexistencia de acciones o procedimientos pendientes en contra del emisor que puedan tener efecto adverso en el cumplimiento de sus obligaciones, salvo lo descrito en el Prospecto; no encontrarse incurso en alguna violacion de lo dispuesto en las leyes, decretos, reglamentos, fallos y mandatos judiciales o de orden administrativo en contra del emisor que pueda afectar en forma adversa el cumplimiento de sus obligaciones; etc.) ] SETIMO.- Eventos de incumplimiento Se entendera por eventos de incumplimiento durante la vigencia de los valores que se emitan, la ocurrencia de cualquiera de los hechos, eventos o circunstancias que a continuacion se indican: 7.1. Que EL EMISOR deje de pagar el principal y/o de ser el caso, los intereses de los Papeles Comerciales, de acuerdo a lo establecido en el presente Acto. Dicho incumplimiento no podra ser considerado evento de incumplimiento si este se produce por causas imputables a la institucion de compensacion y liquidacion de valores. 7.2. Que EL EMISOR incumpla cualquiera de las obligaciones, terminos y condiciones establecidas en el presente Acto. 7.3. Que una o mas declaraciones y garantias de EL EMISOR senaladas en el presente Acto resulten siendo falsas y/o inexactas en las fechas en que son otorgadas, asi como que una o mas restricciones MORDAZA violadas. [agregar demas hechos, eventos o circunstancias que seran considerados eventos de incumplimiento (ejemplo: celebracion por parte del emisor de contratos o convenios de reestructuracion o refinanciamiento que impliquen un incumplimiento de alguna de sus obligaciones; declaracion de insolvencia del emisor o inicio de dicho procedimiento por parte de uno de sus acreedores; acogimiento o iniciacion de algun MORDAZA de reorganizacion societaria que pudiera tener efecto adverso, o acogimiento o iniciacion de algun MORDAZA de disolucion, liquidacion y/o quiebra; etc.)] TITULO III.- REGIMEN DE DECISION Y ADMINISTRACION APLICABLE A LOS OBLIGACIONISTAS OCTAVO. Regimen de decision y administracion [indicar el regimen de decision y administracion de los titulares de los Papeles Comerciales] TITULO IV.- OTROS ASPECTOS NOVENO.- Indemnizaciones [Respecto a la entidad estructuradora(de ser el caso)] EL EMISOR indemnizara y mantendra libre de todo perjuicio a la entidad estructuradora y/o cualquiera de sus funcionarios, directores, empleados, agentes o representantes contra cualquier dano, reclamo, multa, perdida, deuda, costo y/o gasto (incluyendo honorarios de abogados y gastos de asesoramientos razonables para su defensa) resultante o derivado de cualquiera de las actividades contempladas en el presente Acto, excepto que tales perdidas, reclamos, danos, deudas, costos y gastos resulten del dolo o culpa inexcusable de la entidad estructuradora que quede determinado por una decision final y no apelable del tribunal arbitral conforme a la clausula sobre Arbitraje del presente Acto. DECIMO.- Notificaciones Todas las notificaciones y otras comunicaciones relacionadas con el presente Acto, se haran por escrito y en castellano, y se enviaran a la direccion y numero de facsimil que se indica al final de este acapite, o a aquellas

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