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Pág. 212850 NORMAS LEGALES Lima, lunes 19 de noviembre de 2001 3.1. Emisor :[denominación o razón social del emisor] 3.2. Denominación :Papeles Comerciales [denominación o ra- zón social del emisor] - [número] Emisión. 3.3. Valores :Papeles Comerciales inscritos en el Regis- tro Público del Mercado de Valores de CONASEV mediante Resolución [tipo y número de resolución] , de conformidad con la Ley del Mercado de Valores, la Ley General de Sociedades y demás normas aplicables. 3.4. Entidad :[nombre de la entidad estructuradora (de Estructuradora ser el caso)] . 3.5. Agente Colocador :[nombre del agente colocador (de ser el caso)] . 3.6. Sindicato de :Se encuentra integrado por los adquirentes de Obligacionistas los Papeles Comerciales. 3.7. Representante de :[nombre del representante de obligacio- los Obligacionistas nistas] . 3.8. Moneda :[moneda] . 3.9. Monto de la :Hasta por un importe total emitido de [monto Emisión y moneda (importe en letras)] 3.10. Plazo :Los Papeles Comerciales tendrán un plazo de hasta [número] días, según se determine en el respectivo aviso de oferta pública de emisión. 3.11. Series :Una o más series hasta por [monto y mone- da (importe en letras)] cada una. El número de series será indicado en el respectivo aviso de oferta pública de emisión. Los funciona- rios debidamente facultados por EL EMI- SOR , [en coordinación con el agente colo- cador (de ser el caso)] , decidirán el monto y el número de series. 3.12. Clase :Los Papeles Comerciales serán nominati- vos, indivisibles, libremente negociables [y estarán representadas por anotaciones en cuenta e inscritos en el registro conta- ble de una Institución de Compensación y Liquidación, debidamente autorizada por CONASEV (de ser el caso)] 3.13. Valor Nominal :El valor nominal de cada uno de los Papeles Comerciales será de [monto y moneda (im- porte en letras)] 3.14. Fecha de :La fecha de colocación de cada una de las Colocación series de la emisión será fijada por EL EMI- SOR [en coordinación con el agente colo- cador (de ser el caso)] , luego de la inscrip- ción de la emisión en el Registro Público del Mercado de Valores de CONASEV y serán informadas en los respectivos avisos de ofer- ta pública. 3.15. Fecha de Emisión :Al día hábil siguiente de la fecha de coloca- ción de cada una de las series de la emisión. 3.16. Precio de :[indicar precio (a la par, bajo la par o sobre Colocación la par)] 3.17. Rendimiento :[indicar el rendimiento de acuerdo a la Resolución CONASEV Nº 016-2000-EF/ 94.10] 3.18. Redención :La redención del principal de los Papeles Comerciales se realizará en un único pago, en la fecha de vencimiento de la respectiva serie, en forma proporcional a cada titular en función a la cantidad de los Papeles Comer- ciales cuya titularidad le corresponde. [Para el pago del principal de los Papeles Co- merciales se tomará en cuenta a los titula- res de los mismos inscritos en el registro contable que mantiene la Institución de Compensación y Liquidación un (1) día hábil previo al vencimiento de la respecti- va serie (de ser el caso)] 3.19. Interés :[indicar el interés de acuerdo a la Resolu- ción CONASEV Nº 016-2000-EF/94.10 (de ser el caso)] 3.20. Opción de rescate :EL EMISOR podrá rescatar los Papeles Co- merciales si así lo estableciese el aviso de oferta pública de emisión correspondiente, siguiendo la forma y los plazos que para tal efecto se establezcan en el mismo, siempre que se respete lo dispuesto en el Artículo 89º de la Ley del Mercado de Valores. 3.21. Garantías :Garantía genérica sobre el patrimonio de EL EMISOR .Garantía específica sobre [des- cripción (de ser el caso) y debidamente formalizada por escritura pública (tratán- dose de garantías registrables)] . 3.22. Destino de los :Los recursos se utilizarán para [describir bá- recursos sicamente en que se utilizarán los recur- sos captados] .3.23. Costo de Emisión :Todos los costos relacionados con la emisión de los Papeles Comerciales serán asumidos por EL EMISOR . 3.24. Mercado :Los Papeles Comerciales serán inscritos en Secundario [describir el mecanismo] , por cuenta y cos- to de EL EMISOR dentro de un plazo máximo de [número] días contados a partir de su fecha de emisión. Asimismo, los Papeles Comerciales también podrán ser registrados por cuenta y costo de sus titulares, una vez cumplido el trámite respectivo de inscripción ante la entidad correspondiente, cuando así lo acuerden los titulares de los mismos. 3.25. Lugar y agente :[lugar y denominación del agente de pago] . de pago 3.26. Destino del princi- :El principal y, de ser el caso, los intereses de pal e intereses no los Papeles Comerciales que no sean cobra- cobrados dos dentro del plazo de caducidad que esta- blecen las Leyes Aplicables, incrementarán las reservas de libre disposición de EL EMI- SOR . 3.27. Leyes Aplicables :Las Leyes de la República del Perú. 3.28. Copropiedad :En caso de copropiedad de los Papeles Comerciales, los copropietarios que repre- senten más del cincuenta por ciento (50%) de los mismos deberán designar ante EL EMISOR , mediante carta con firma legaliza- da notarialmente, a una sola persona para el ejercicio de los derechos como titular, pero todos ellos responderán solidariamen- te frente a EL EMISOR de cuantas obliga- ciones deriven de su calidad de titular de los Papeles Comerciales. CUARTO .- Obligaciones de EL EMISOR EL EMISOR deberá cumplir las obligaciones estable- cidas por la Ley del Mercado de Valores, el Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobilia- rios, demás normas aplicables y el presente Contrato, entre las cuales están las siguientes: 4.1. Aplicar los fondos captados mediante la colocación de los valores a las finalidades señaladas en el presente Contrato. 4.2. Cumplir con el pago puntual del principal y de los intereses de los Papeles Comerciales. 4.3. Pagar de resultar aplicable, los intereses compen- satorios derivados de los valores y adicionalmente, cuando corresponda los intereses moratorios que puedan deven- garse. 4.4. Suministrar en forma continua a CONASEV y a la entidad que tuviese a su cargo la conducción del mecanis- mo centralizado de negociación donde los valores se en- cuentren inscritos, la información relativa a su marcha económico financiera y toda aquella que exija la normati- va vigente, así como los cambios en su administración. Sin perjuicio de las obligaciones señaladas, EL EMI- SOR cumplirá las siguientes obligaciones: [agregar de- más obligaciones del emisor que no estén conteni- das en las normas indicadas (de ser el caso)] QUINTO.- Restricciones y responsabilidades aplicables a EL EMISOR EL EMISOR estará sujeto a las siguientes restriccio- nes y responsabilidades durante el plazo en que los valores a ser emitidos se encuentren vigentes: [agregar restricciones y responsabilidades apli- cables al emisor (ejemplo: no acordar reparto de utilidades ni pagar dividendos en caso se produzca uno o más eventos de incumplimiento y éste o éstos no hayan sido subsanados, no realizar fusiones o adquisiciones de empresas que puedan generar un evento de incumplimiento, mantener un nivel de endeudamiento, mantener una cobertura de inte- reses, no otorgar garantías sobre activos existentes a la fecha de la suscripción del presente Contrato para garantizar nuevas obligaciones, mantener cier- to monto de su patrimonio neto, etc.) ] SEXTO.- Declaraciones y Garantías de EL EMISOR EL EMISOR declara y garantiza, a la fecha de suscrip- ción de este Contrato, lo siguiente: [agregar las declaraciones y garantías del emi- sor (ejemplo: ser una sociedad anónima abierta de duración indeterminada, de ser el caso; que la