Norma Legal Oficial del día 19 de noviembre del año 2001 (19/11/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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3.1. Emisor 3.2. Denominacion 3.3. Valores

NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 19 de noviembre de 2001

3.4. Entidad Estructuradora 3.5. Agente Colocador 3.6. Sindicato de Obligacionistas 3.7. Representante de los Obligacionistas 3.8. Moneda 3.9. Monto de la Emision 3.10.Plazo

3.11.Series

3.12.Clase

3.13.Valor Nominal 3.14.Fecha de Colocacion

3.15.Fecha de Emision 3.16.Precio de Colocacion 3.17.Rendimiento 3.18.Redencion

3.19.Interes 3.20.Opcion de rescate

3.21.Garantias

3.22.Destino de los recursos

: [denominacion o razon social del emisor] : Papeles Comerciales [denominacion o razon social del emisor] - [numero] Emision. : Papeles Comerciales inscritos en el Registro Publico del MORDAZA de Valores de CONASEV mediante Resolucion [tipo y numero de resolucion], de conformidad con la Ley del MORDAZA de Valores, la Ley General de Sociedades y demas normas aplicables. : [nombre de la entidad estructuradora (de ser el caso)]. : [nombre del agente colocador (de ser el caso)]. : Se encuentra integrado por los adquirentes de los Papeles Comerciales. : [nombre del representante de obligacionistas]. : [moneda]. : Hasta por un importe total emitido de [monto y moneda (importe en letras)] : Los Papeles Comerciales tendran un plazo de hasta [numero] dias, segun se determine en el respectivo aviso de oferta publica de emision. : Una o mas series hasta por [monto y moneda (importe en letras)]cada una. El numero de series sera indicado en el respectivo aviso de oferta publica de emision. Los funcionarios debidamente facultados por EL EMISOR, [en coordinacion con el agente colocador (de ser el caso)], decidiran el monto y el numero de series. : Los Papeles Comerciales seran nominativos, indivisibles, libremente negociables [y estaran representadas por anotaciones en cuenta e inscritos en el registro contable de una Institucion de Compensacion y Liquidacion, debidamente autorizada por CONASEV (de ser el caso)] : El valor nominal de cada uno de los Papeles Comerciales sera de [monto y moneda (importe en letras)] : La fecha de colocacion de cada una de las series de la emision sera fijada por EL EMISOR [en coordinacion con el agente colocador (de ser el caso)], luego de la inscripcion de la emision en el Registro Publico del MORDAZA de Valores de CONASEV y seran informadas en los respectivos avisos de oferta publica. : Al dia habil siguiente de la fecha de colocacion de cada una de las series de la emision. : [indicar precio (a la par, bajo la par o sobre la par)] : [indicar el rendimiento de acuerdo a la Resolucion CONASEV Nº 016-2000-EF/ 94.10] : La redencion del principal de los Papeles Comerciales se realizara en un unico pago, en la fecha de vencimiento de la respectiva serie, en forma proporcional a cada titular en funcion a la cantidad de los Papeles Comerciales cuya titularidad le corresponde. [Para el pago del principal de los Papeles Comerciales se tomara en cuenta a los titulares de los mismos inscritos en el registro contable que mantiene la Institucion de Compensacion y Liquidacion un (1) dia habil previo al vencimiento de la respectiva serie (de ser el caso)] : [indicar el interes de acuerdo a la Resolucion CONASEV Nº 016-2000-EF/94.10 (de ser el caso)] : EL EMISOR podra rescatar los Papeles Comerciales si asi lo estableciese el aviso de oferta publica de emision correspondiente, siguiendo la forma y los plazos que para tal efecto se establezcan en el mismo, siempre que se respete lo dispuesto en el Articulo 89º de la Ley del MORDAZA de Valores. : Garantia generica sobre el patrimonio de EL EMISOR. Garantia especifica sobre [descripcion (de ser el caso) y debidamente formalizada por escritura publica (tratandose de garantias registrables)]. : Los recursos se utilizaran para [describir basicamente en que se utilizaran los recursos captados].

3.23.Costo de Emision : Todos los costos relacionados con la emision de los Papeles Comerciales seran asumidos por EL EMISOR. 3.24.Mercado : Los Papeles Comerciales seran inscritos en MORDAZA [describir el mecanismo], por cuenta y costo de EL EMISOR dentro de un plazo MORDAZA de [numero] dias contados a partir de su fecha de emision. Asimismo, los Papeles Comerciales tambien podran ser registrados por cuenta y costo de sus titulares, una vez cumplido el tramite respectivo de inscripcion ante la entidad correspondiente, cuando asi lo acuerden los titulares de los mismos. 3.25.Lugar y agente : [lugar y denominacion del agente de pago]. de pago 3.26.Destino del princi- : El principal y, de ser el caso, los intereses de pal e intereses no los Papeles Comerciales que no MORDAZA cobracobrados dos dentro del plazo de caducidad que establecen las Leyes Aplicables, incrementaran las reservas de libre disposicion de EL EMISOR. 3.27.Leyes Aplicables : Las Leyes de la Republica del Peru. 3.28.Copropiedad : En caso de copropiedad de los Papeles Comerciales, los copropietarios que representen mas del cincuenta por ciento (50%) de los mismos deberan designar ante EL EMISOR, mediante carta con firma legalizada notarialmente, a una sola persona para el ejercicio de los derechos como titular, pero todos ellos responderan solidariamente frente a EL EMISOR de cuantas obligaciones deriven de su calidad de titular de los Papeles Comerciales. CUARTO.- Obligaciones de EL EMISOR EL EMISOR debera cumplir las obligaciones establecidas por la Ley del MORDAZA de Valores, el Reglamento de Oferta Publica Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, demas normas aplicables y el presente Contrato, entre las cuales estan las siguientes: 4.1. Aplicar los fondos captados mediante la colocacion de los valores a las finalidades senaladas en el presente Contrato. 4.2. Cumplir con el pago puntual del principal y de los intereses de los Papeles Comerciales. 4.3. Pagar de resultar aplicable, los intereses compensatorios derivados de los valores y adicionalmente, cuando corresponda los intereses moratorios que puedan devengarse. 4.4. Suministrar en forma continua a CONASEV y a la entidad que tuviese a su cargo la conduccion del mecanismo centralizado de negociacion donde los valores se encuentren inscritos, la informacion relativa a su marcha economico financiera y toda aquella que exija la normativa vigente, asi como los cambios en su administracion. Sin perjuicio de las obligaciones senaladas, EL EMISOR cumplira las siguientes obligaciones: [agregar demas obligaciones del emisor que no esten contenidas en las normas indicadas (de ser el caso)] QUINTO.- Restricciones y responsabilidades aplicables a EL EMISOR EL EMISOR estara sujeto a las siguientes restricciones y responsabilidades durante el plazo en que los valores a ser emitidos se encuentren vigentes: [agregar restricciones y responsabilidades aplicables al emisor (ejemplo: no acordar reparto de utilidades ni pagar dividendos en caso se produzca uno o mas eventos de incumplimiento y este o estos no hayan sido subsanados, no realizar fusiones o adquisiciones de empresas que puedan generar un evento de incumplimiento, mantener un nivel de endeudamiento, mantener una cobertura de intereses, no otorgar garantias sobre activos existentes a la fecha de la suscripcion del presente Contrato para garantizar nuevas obligaciones, mantener MORDAZA monto de su patrimonio neto, etc.) ] SEXTO.- Declaraciones y Garantias de EL EMISOR EL EMISOR declara y garantiza, a la fecha de suscripcion de este Contrato, lo siguiente: [agregar las declaraciones y garantias del emisor (ejemplo: ser una sociedad anonima abierta de duracion indeterminada, de ser el caso; que la

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