Norma Legal Oficial del día 25 de octubre del año 2001 (25/10/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 25 de octubre de 2001

min, y al MORDAZA EP, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para asistir a la reunion extraordinaria del Congreso Sudamericano de Inteligencia Estrategica, a realizarse en la MORDAZA de Miami - EE.UU., del 21 al 26 de octubre del 2001. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue la presente Resolucion por equipaje, instalacion, viaticos e impuestos de salida, ascendentes a la suma de MIL TRESCIENTOS TRES CON 75/100 DOLARES AMERICANOS (US$ 1,303.75), seran sufragados por el Instituto del Ejercito del Peru:
PRESUPUESTO VIATICOS 2 OFC. US$ 220 X 20% X 6 DIAS GASTOS DE EQUIPAJE 1 OFC. GRAL US$ 635.00 X 25 % 1 OFC. SUP. US$ 635.00 X 20 % GASTOS DE INSTALACION 2 OFC. X US$ 220.00 IMPUESTO DE SALIDA 2 OFC. X US$ 25.00 TOTAL GENERAL

miento y Movilidad, de conformidad con los montos aprobados por Resolucion Ministerial Nº 101-2001-MTC/15.01; De conformidad con el Articulo 52º de la Ley Nº 27209 y el Decreto de Urgencia Nº 088-2001; DECRETA: Articulo 1º.- Autoricese al Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, a incrementar el monto de los contratos a que se refieren las Resoluciones Directorales Nºs. 383, 406, 465, 663 y 692-2001-MTC/15.13 a partir de la vigencia del Decreto de Urgencia Nº 088-2001, hasta por el monto MORDAZA autorizado mediante Resolucion Ministerial Nº 101-2001-MTC/15.01. Articulo 2º.- El incremento autorizado no debera irrogar mayor egreso en los montos presupuestados en los proyectos de inversion respectivos. Articulo 3º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinticuatro dias del mes de octubre del ano dos mil uno. MORDAZA DIEZ CANSECO MORDAZA Primer Vicepresidente de la Republica Encargado del Despacho Presidencial MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion y Encargado de la Cartera de Economia y Finanzas 33371

US$ US$ US$ US$ US$

528.00 158.75 127.00 440.00

50.00 ------------US$ 1,303.75

Articulo 3º.- Los costos de pasaje, alojamiento y comidas durante su estadia seran cubiertos por el Comando Sur de los EE.UU. Articulo 4º.- Los citados Oficiales deberan presentar el informe escrito y rendicion de cuentas documentada de conformidad a lo establecido en los Articulos 5º y 9º del Decreto Supremo Nº 048-2001-PCM, de fecha 27 de MORDAZA de 2001. Articulo 5º.- El Ministro de Defensa, queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la presente comision sin exceder el periodo establecido en el Articulo Primero. Articulo 6º.- La presente Resolucion no genera derecho a exoneracion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del senor MORDAZA DIEZ CANSECO MORDAZA Primer Vicepresidente de la Republica Encargado del Despacho Presidencial MORDAZA WAISMAN RJAVINSTHI Ministro de Defensa 33179

Aprueban donacion efectuada a favor del CEP-Paita en el MORDAZA del "Proyecto para el Mejoramiento de las Instalaciones para el Desarrollo Pesquero"
RESOLUCION SUPREMA Nº 477-2001-EF MORDAZA, 19 de octubre de 2001 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 048-2001-PE de fecha 27 de enero de 2001, se acepto la donacion efectuada por "Overseas Fishery Cooperation Foundation" - OFCF de Japon, en el MORDAZA de ejecucion del "Proyecto para el Mejoramiento de las Instalaciones para el Desarrollo Pesquero", a favor del Ministerio de Pesqueria - Centro de Entrenamiento Pesquero de Paita - CEP-PAITA, consistente en equipos y repuestos para contribuir a la promocion y desarrollo de la pesca costera de la Republica del Peru; Que, el inciso k) del Articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, establece que no estaran gravadas con el Impuesto General a las Ventas, la importacion o transferencia de bienes que se efectue a titulo gratuito a favor de Entidades y Dependencias del Sector Publico; De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del Articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, el Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas modificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar, la donacion efectuada por "Overseas Fishery Cooperation Foundation" - OFCF de Japon, a favor del Ministerio de Pesqueria - Centro de Entrenamiento Pesquero de Paita - CEP-PAITA, consistente en equipos y repuestos para contribuir a la promocion y desarrollo de la pesca costera de la Republica del Peru, conforme consta en la Resolucion Ministerial Nº 048-2001-PE de fecha 27 de enero de 2001, con un valor aproximado de ¥ 32 175 020,00 (Treinta y Dos Millones Ciento Setenta y Cinco Mil Veinte y 00/100 Yenes) equivalentes a US$ 282 484,81 (Doscientos Ochenta y Dos Mil Cuatrocientos Ochenta y Cuatro y 81/ 100 Dolares de Estados Unidos de America), segun Certificado de Donacion de fecha 15 de enero de 2001.

ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan al Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion incrementar monto de los contratos a que se refieren las RR.DD. Nºs. 383, 406, 465, 663 y 692-2001-MTC/ 15.13
DECRETO SUPREMO Nº 211-2001-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que mediante Decreto de Urgencia Nº 088-2001, se establecio que las entidades publicas cuyos trabajadores esten sujetos al regimen laboral establecido en el Decreto Legislativo Nº 276, solo abonaran a sus trabajadores los conceptos remunerativos contenidos en la Planilla Unica de Pagos; Que, el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, cuenta con Proyectos de Inversion con trabajadores contratados bajo la modalidad de Servicios Personales, a los cuales se les ha venido abonando Raciona-

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