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Pág. 211766 NORMAS LEGALES Lima, jueves 25 de octubre de 2001 Isidro Tarazona Tinoco, así como los Informes de la Comi- sión de Indulto, Derecho de Gracia y Conmutación de Penas para casos de Terrorismo y Traición a la Patria, de fechas 13, 17 y 25 de julio del 2001, respectivamente, que reco- miendan la concesión del Indulto; CONSIDERANDO: Que el Artículo 1º de la Constitución Política del Perú consagra la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad como el fin supremo de la sociedad y del Estado; Que mediante Ley Nº 26655 se creó una Comisión Ad Hoc encargada de evaluar, calificar y proponer al Presiden- te de la República en forma excepcional, la concesión de indulto y derecho de gracia, para quienes se encuentren condenados por delito de terrorismo o traición a la patria, en base a elementos probatorios insuficientes que permitan presumir razonablemente que no habrían tenido ningún tipo de vinculación con elementos, actividades u organiza- ciones terroristas; Que mediante Ley Nº 27234, se otorgó al Consejo Nacio- nal de Derechos Humanos cada una de las funciones y atribuciones establecidas en la Ley Nº 26655; Que la Comisión de Indulto, Derecho de Gracia y Con- mutación de Penas para casos de Terrorismo y Traición a la Patria, creada por Decreto Supremo Nº 003-2000-JUS, ha recomendado la concesión del indulto a favor de los citados ciudadanos, por encontrarse sus solicitudes dentro de los alcances del Artículo 1º de la Ley Nº 26655; Que la permanencia de personas inocentes en prisión constituye una situación que debe ser remediada con la restitución de la libertad individual, dejando a salvo el derecho de los solicitantes a recuperar sus demás derechos y, en su oportunidad, a que se les repare adecuadamente el daño sufrido; De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 118º inciso 21) de la Constitución Política del Perú; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Conceder INDULTO a VICTOR CEL- SO HUAJALSAICO BUSTAMANTE, ELEUTERIO JAMES CASTRO TESEN y EFRAIN ISIDRO TARAZONA TINOCO quienes se encuentran en el Establecimiento Penitenciario de Máxima Seguridad "Miguel Castro Castro" - Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del señor RAUL DIEZ CANSECO TERRY Primer Vicepresidente de la República Encargado del Despacho Presidencial FERNANDO OLIVERA VEGA Ministro de Justicia 33352 Aceptan renuncia de Gerente de Planeamiento y Operaciones de la COFOPRI RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 452-2001-JUS Lima, 24 de octubre de 2001 Que mediante Resolución Suprema Nº 140-2001-JUS de fecha 31 de marzo de 2001, se designó al señor José Enrique Santistevan de Noriega en el cargo de Gerente de Planea- miento y Operaciones de la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI; Que el mencionado funcionario ha formulado renuncia a dicho cargo, siendo conveniente aceptarla; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25515, Decreto Supremo Nº 014-98-MTC y el Texto Unico Ordenado de la Ley de Promoción del Acceso a la Propiedad Formal, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-99-MTC; En uso de la facultad del Presidente de la República para dictar Resoluciones, conferida en el inciso 8) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar, a partir de la fecha, la renuncia formulada por el señor JOSE ENRIQUE SANTISTEVANSE RESUELVE: Artículo Unico.- Conceder INDULTO a PABLO PATROCINIO NORIEGA APOLO, ALFREDO VILCHEZ FLORES y PERCY ALBERTO BOYER SALDARRIAGA, quienes se encuentran en el Establecimiento Penitenciario de Máxima Seguridad de Picsi - Chiclayo. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del señor RAUL DIEZ CANSECO TERRY Primer Vicepresidente de la República Encargado del Despacho Presidencial FERNANDO OLIVERA VEGA Ministro de Justicia 33350 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 450-2001-JUS Lima, 24 de octubre de 2001 Vistas las solicitudes presentadas por Vito Modesto Orderes Achata y Víctor Ramos Valdez, así como los Infor- mes de la Comisión de Indulto, Derecho de Gracia y Conmu- tación de Penas para casos de Terrorismo y Traición a la Patria, de fecha 3 de julio del 2001, que recomiendan la concesión del Indulto; CONSIDERANDO: Que el Artículo 1º de la Constitución Política del Perú consagra la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad como el fin supremo de la sociedad y del Estado; Que mediante Ley Nº 26655 se creó una Comisión Ad Hoc encargada de evaluar, calificar y proponer al Presiden- te de la República en forma excepcional, la concesión de indulto y derecho de gracia, para quienes se encuentren condenados por delito de terrorismo o traición a la patria, en base a elementos probatorios insuficientes que permitan presumir razonablemente que no habrían tenido ningún tipo de vinculación con elementos, actividades u organiza- ciones terroristas; Que mediante Ley Nº 27234, se otorgó al Consejo Nacio- nal de Derechos Humanos cada una de las funciones y atribuciones establecidas en la Ley Nº 26655; Que la Comisión de Indulto, Derecho de Gracia y Con- mutación de Penas para casos de Terrorismo y Traición a la Patria, creada por Decreto Supremo Nº 003-2000-JUS, ha recomendado la concesión del indulto a favor de los citados ciudadanos, por encontrarse sus solicitudes dentro de los alcances del Artículo 1º de la Ley Nº 26655; Que la permanencia de personas inocentes en prisión constituye una situación que debe ser remediada con la restitución de la libertad individual, dejando a salvo el derecho de los solicitantes a recuperar sus demás derechos y, en su oportunidad, a que se les repare adecuadamente el daño sufrido; De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 118º inciso 21) de la Constitución Política del Perú; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Conceder INDULTO a VITO MODES- TO ORDERES ACHATA y VICTOR RAMOS VALDEZ, quienes se encuentran en el Establecimiento Penitenciario de Máxima Seguridad de Quencoro - Cusco. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del señor RAUL DIEZ CANSECO TERRY Primer Vicepresidente de la República Encargado del Despacho Presidencial FERNANDO OLIVERA VEGA Ministro de Justicia 33351RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 451-2001-JUS Lima, 24 de octubre de 2001 Vistas las solicitudes presentadas por Víctor Celso Hua- jalsaico Bustamante, Eleuterio James Castro Tesen y Efraín