Norma Legal Oficial del día 02 de septiembre del año 2001 (02/09/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 1

DIARIO OFICIAL

FUNDADO EN 1825

POR EL

LIBERTADOR MORDAZA MORDAZA

Director: MORDAZA MORDAZA Orbegozo

NORMAS LEGALES
ANO XIX - Nº 7742

http://www.editoraperu.com.pe
Pag. 209423

"ANO DE LA CONMEMORACION DE LOS 450 ANOS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS"

MORDAZA, MORDAZA 2 de setiembre de 2001

CONGRESO DE LA REPUBLICA
LEY Nº 27515
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la Republica ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

AGRICULTURA
Autorizan viaje de funcionario del SENASA a Nicaragua, en comision de servicios
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0973-2001-AG MORDAZA, 27 de agosto de 2001 VISTA: La Carta DSA-OGC-0115-01 de la Direccion General de Proteccion y Sanidad Agropecuaria - Nicaragua, de fecha 2 de agosto de 2001, en la cual se solicita la designacion de un funcionario de SENASA - Peru, para la inspeccion sanitaria de los centros de beneficio de ganado ovino; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el documento del visto, se solicita la designacion de un profesional del SENASA - Peru, para la visita de inspeccion sanitaria y calificacion de los centros de beneficio, para la exportacion de productos y subproductos de origen bovino procedente de Nicaragua; Que, es necesario garantizar las condiciones sanitarias minimas de los establecimientos que den origen a productos y subproductos que seran importados al MORDAZA, a fin de no introducir enfermedades infectocontagiosas que puedan crear problemas sanitarios a la poblacion bovina nacional; Que, la visita de inspeccion del profesional sera financiada integramente por la Direccion General de Proteccion y Sanidad Agropecuaria de Nicaragua; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, Decreto Ley Nº 25902, Decreto Supremo Nº 048-2001-PCM y Decreto Supremo Nº 053-2001-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del Med. Vet. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Especialista de la Direccion de Defensa Zoosanitaria de la Direccion General de Sanidad Animal, del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA del Ministerio de Agricultura, a la MORDAZA de Managua - Nicaragua, por el periodo comprendido entre el 26 al 30 de agosto de 2001, para realizar las inspecciones sanitarias y calificacion de los establecimientos de beneficio, a fin de autorizarlos como aptos para la exportacion de productos y subproductos de bovino procedente de Nicaragua. Articulo 2º.- Los gastos que irroguen el cumplimiento de la presente Resolucion seran asumidos en su totalidad por la Direccion General de Proteccion y Sanidad Agropecuaria de Nicaragua y no originara egresos al Estado. Articulo 3º.- La presente Resolucion no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 4º.- El profesional cuyo viaje se autoriza, debera presentar al Titular del Pliego un informe sobre la mision encomendada, dentro de los quince (15) dias posteriores a su retorno al pais. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Agricultura 30126

LEY QUE OTORGA PLAZO ADICIONAL PARA DAR CUMPLIMIENTO A LAS DISPOSICIONES ESTABLECIDAS EN LA LEY Nº 27491
Articulo unico.- Objeto de la ley Otorgase al Ministerio de Educacion un plazo adicional de 60 (sesenta) dias calendario, contado a partir de la vigencia de la presente Ley, para dar pleno cumplimiento a las disposiciones establecidas en la Ley Nº 27491. Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los veintinueve dias del mes de agosto de dos mil uno. MORDAZA FERRERO Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA PEASE MORDAZA Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, el primer dia del mes de setiembre del ano dos mil uno. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA GAMERO Ministro de Educacion 30206

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