NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2001 (02/09/2001)
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TEXTO PAGINA: 17
Pág. 209439 NORMAS LEGALES Lima, domingo 2 de setiembre de 2001 tación de Servicio de Practicaje en el Terminal Portuario de Salaverry; CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 056-2000-MTC (29.DIC.2000), se facultó a la Dirección General de Trans- porte Acuático del sector Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, la regulación, supervisión y control de las actividades administrativas empresariales de los servicios de transporte marítimo y conexos realiza- dos en tráfico de bahía y áreas portuarias; Que, por Resolución Ministerial Nº 100-2001-MTC/15.15 de fecha 28 de febrero de 2001, se aprobó el Reglamento del referido Decreto Supremo, el cual en su Artículo 11º establece que las Licencias para prestar los referidos servicios, serán otorgadas por Resolución Directoral de la Dirección General de Transporte Acuático, previo cumplimiento de los requisi- tos que exige el mencionado Reglamento; Que, la citada Empresa según opinión emitida por el Director de Empresas y Actividades Portuarias y el Asesor Legal, mediante los Informes Nos. 245-2001-MTC/15.15.03 y 133-2001-MTC/15.15.al, respectivamente, ha dado cum- plimiento a los requisitos establecidos en el Artículo 14º del referido Reglamento, por lo que corresponde al efecto otorgar la Licencia solicitada; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25862, Decreto Supremo Nº 056-2000-MTC y su Regla- mento aprobado por Resolución Ministerial Nº 100-2001- MTC/15.15 (28.2.2001) y Resolución Suprema Nº 027- 2000-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1º.- OTORGAR a la empresa "SERVICIOS PROFESIONALES NAVIEROS S.R.LTDA", la Licencia Nº 016-2001-MTC/15.15-SP, para que preste Servicio de Practicaje en el Terminal Portuario de SALAVERRY, sin perjuicio de cumplir con las disposiciones que sobre la materia corresponda a otros Sectores. Artículo 2º.- La Licencia que se otorga por el artículo precedente, concede a su titular un derecho específico e intransferible; y tiene vigencia por tres (3) años calenda- rio, computados a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, pudiendo ser renovada por similar período a petición de parte. Artículo 3º.- La Licencia de Servicio de Practicaje que se otorga por el Art. 1º de la presente Resolución implica la obligación del titular de someterse a las disposiciones legales vigentes sobre la materia, así como a las directivas que al respecto emita la Empresa Nacional de Puertos S.A. y las disposiciones y directivas que dicte la Dirección General de Transporte Acuático. Artículo 4º.- Remitir copia de la presente Resolución a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del sector Defensa, para los fines pertinentes. Artículo 5º.- La presente Resolución Directoral entra- rá en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. EUSEBIO VEGA BUEZA Director General Dirección General de Transporte Acuático 29625 ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES Designan Comisión Transitoria de Go- bierno de la Universidad Particular de Iquitos COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA RESOLUCIÓN Nº 1406-2001-ANR Lima, 13 de agosto del 2001VISTOS: El Acuerdo de la Asamblea Nacional de Rectores de fecha 10 de agosto del 2001, la Resolución Nº 1408-2001-ANR, el Oficio Nº 468-2001-CODACUN de la Comisión Informante designada por el Consejo de Asuntos Contencioso Universitarios; CONSIDERANDO: Que, la Asamblea Nacional de Rectores en su sesión de fecha 10 de agosto del 2001, ha acordado la aprobación del informe presentado por la Comisión designada por el Consejo de Asuntos Contenciosos Universitarios sobre la situación de la Universidad Particular de Iquitos; Que, mediante Resolución Nº 1408-2001-ANR de fecha 13 de agosto del 2001, la Asamblea Nacional de Rectores formaliza la aprobación del Informe de la Comisión del Consejo de Asuntos Contenciosos Universitarios; Que, el informe de la Comisión del Consejo de Asuntos Contenciosos Universitarios dictamina que de conformi- dad al inciso k) del Artículo 92º de la Ley Universitaria Nº 23733 debe determinarse el cese de la Comisión Organiza- dora de la Universidad Particular de Iquitos y la designa- ción de una Comisión Transitoria de Gobierno integrada por tres miembros profesores principales cesantes o en actividad de otras Universidades, que reúnan los requisi- tos para ser Rector o Vicerrectores; Que, este mismo Informe tiene precisado que al no tratarse de una universidad de reciente creación, dado sus once años de existencia, no es de aplicación los porcentajes que esta norma establece, sobre participación de la Asocia- ción Promotora; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27504, la Comisión Transitoria de Gobierno deberá disponer el inicio de las acciones penales correspondientes en caso de que la Aso- ciación Cultural Oriente Peruano continúe indebidamente usando el nombre de la Universidad Particular de Iquitos, desconociéndose por mandato estricto de la Ley la validez de los actos académicos y otros que pudiesen realizar ilegalmente a nombre de la Universidad; En uso de las atribuciones conferidas a la Asamblea Nacional de Rectores de conformidad con la Ley Univer- sitaria Nº 23733, en virtud del Reglamento General de la Coordinación Interuniversitaria; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar a la Comisión Transitoria de Gobierno de la Universidad Particular de Iquitos confor- mada por los siguientes miembros: 1. Dr. Domingo Geldres Florez, Presidente Profesor Principal de la Universidad Nacional Federi- co Villarreal. 2. Dr. Víctor Orihuela Paredes, Profesor Principal de la Facultad de Medicina Humana de la Universidad Nacio- nal Mayor de San Marcos. Artículo 2º.- La Comisión Transitoria de Gobierno ejercerá sus funciones hasta establecer la normalidad institucional y proceder a la institucionalización de la Universidad Particular de Iquitos. Regístrese y comuníquese. FRANCISCO DELGADO DE LA FLOR B. Rector de la Universidad Nacional Agraria La Molina y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores ROCIO RONDINEL SOSA Secretaria General Asamblea Nacional de Rectores 30179 Modifican la Res. Nº 1406-2001-ANR, me- diante la cual se designó miembros de la Comisión Transitoria de Gobierno de la Universidad Particular de Iquitos COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA RESOLUCIÓN Nº 1423-2001-ANR Lima, 21 de agosto del 2001