Norma Legal Oficial del día 02 de septiembre del año 2001 (02/09/2001)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 17

MORDAZA, MORDAZA 2 de setiembre de 2001

NORMAS LEGALES
VISTOS:

Pag. 209439

MORDAZA de Servicio de Practicaje en el Terminal Portuario de Salaverry; CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 056-2000-MTC (29.DIC.2000), se faculto a la Direccion General de Transporte Acuatico del sector Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, la regulacion, supervision y control de las actividades administrativas empresariales de los servicios de transporte maritimo y conexos realizados en trafico de MORDAZA y areas portuarias; Que, por Resolucion Ministerial Nº 100-2001-MTC/15.15 de fecha 28 de febrero de 2001, se aprobo el Reglamento del referido Decreto Supremo, el cual en su Articulo 11º establece que las Licencias para prestar los referidos servicios, seran otorgadas por Resolucion Directoral de la Direccion General de Transporte Acuatico, previo cumplimiento de los requisitos que exige el mencionado Reglamento; Que, la citada Empresa segun opinion emitida por el Director de Empresas y Actividades Portuarias y el Asesor Legal, mediante los Informes Nos. 245-2001-MTC/15.15.03 y 133-2001-MTC/15.15.al, respectivamente, ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en el Articulo 14º del referido Reglamento, por lo que corresponde al efecto otorgar la Licencia solicitada; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25862, Decreto Supremo Nº 056-2000-MTC y su Reglamento aprobado por Resolucion Ministerial Nº 100-2001MTC/15.15 (28.2.2001) y Resolucion Suprema Nº 0272000-MTC; SE RESUELVE: Articulo 1º.- OTORGAR a la empresa "SERVICIOS PROFESIONALES NAVIEROS S.R.LTDA", la Licencia Nº 016-2001-MTC/15.15-SP, para que preste Servicio de Practicaje en el Terminal Portuario de SALAVERRY, sin perjuicio de cumplir con las disposiciones que sobre la materia corresponda a otros Sectores. Articulo 2º.- La Licencia que se otorga por el articulo precedente, concede a su titular un derecho especifico e intransferible; y tiene vigencia por tres (3) anos calendario, computados a partir de la fecha de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, pudiendo ser renovada por similar periodo a peticion de parte. Articulo 3º.- La Licencia de Servicio de Practicaje que se otorga por el Art. 1º de la presente Resolucion implica la obligacion del titular de someterse a las disposiciones legales vigentes sobre la materia, asi como a las directivas que al respecto emita la Empresa Nacional de Puertos S.A. y las disposiciones y directivas que dicte la Direccion General de Transporte Acuatico. Articulo 4º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del sector Defensa, para los fines pertinentes. Articulo 5º.- La presente Resolucion Directoral entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BUEZA Director General Direccion General de Transporte Acuatico 29625

El Acuerdo de la Asamblea Nacional de Rectores de fecha 10 de agosto del 2001, la Resolucion Nº 1408-2001-ANR, el Oficio Nº 468-2001-CODACUN de la Comision Informante designada por el Consejo de Asuntos Contencioso Universitarios; CONSIDERANDO: Que, la Asamblea Nacional de Rectores en su sesion de fecha 10 de agosto del 2001, ha acordado la aprobacion del informe presentado por la Comision designada por el Consejo de Asuntos Contenciosos Universitarios sobre la situacion de la Universidad Particular de Iquitos; Que, mediante Resolucion Nº 1408-2001-ANR de fecha 13 de agosto del 2001, la Asamblea Nacional de Rectores formaliza la aprobacion del Informe de la Comision del Consejo de Asuntos Contenciosos Universitarios; Que, el informe de la Comision del Consejo de Asuntos Contenciosos Universitarios dictamina que de conformidad al inciso k) del Articulo 92º de la Ley Universitaria Nº 23733 debe determinarse el cese de la Comision Organizadora de la Universidad Particular de Iquitos y la designacion de una Comision Transitoria de Gobierno integrada por tres miembros profesores principales cesantes o en actividad de otras Universidades, que reunan los requisitos para ser Rector o Vicerrectores; Que, este mismo Informe tiene precisado que al no tratarse de una universidad de reciente creacion, dado sus once anos de existencia, no es de aplicacion los porcentajes que esta MORDAZA establece, sobre participacion de la Asociacion Promotora; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27504, la Comision Transitoria de Gobierno debera disponer el inicio de las acciones penales correspondientes en caso de que la Asociacion Cultural Oriente Peruano continue indebidamente usando el nombre de la Universidad Particular de Iquitos, desconociendose por mandato estricto de la Ley la validez de los actos academicos y otros que pudiesen realizar ilegalmente a nombre de la Universidad; En uso de las atribuciones conferidas a la Asamblea Nacional de Rectores de conformidad con la Ley Universitaria Nº 23733, en virtud del Reglamento General de la Coordinacion Interuniversitaria; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar a la Comision Transitoria de Gobierno de la Universidad Particular de Iquitos conformada por los siguientes miembros: 1. Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Presidente Profesor Principal de la Universidad Nacional MORDAZA Villarreal. 2. Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Profesor Principal de la Facultad de Medicina Humana de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Articulo 2º.- La Comision Transitoria de Gobierno ejercera sus funciones hasta establecer la normalidad institucional y proceder a la institucionalizacion de la Universidad Particular de Iquitos. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA B. Rector de la Universidad Nacional Agraria La MORDAZA y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores MORDAZA RONDINEL MORDAZA Secretaria General Asamblea Nacional de Rectores 30179

Modifican la Res. Nº 1406-2001-ANR, meDesignan Comision Transitoria de Go- diante la cual se designo miembros de la bierno de la Universidad Particular de Comision Transitoria de Gobierno de la Universidad Particular de Iquitos Iquitos
COMISION DE COORDINACION INTERUNIVERSITARIA RESOLUCION Nº 1406-2001-ANR MORDAZA, 13 de agosto del 2001 COMISION DE COORDINACION INTERUNIVERSITARIA RESOLUCION Nº 1423-2001-ANR MORDAZA, 21 de agosto del 2001

ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.